Reparto de utilidades y pensión de alimentos

Con el crecimiento económico en el Perú, cada vez más trabajadores reciben sumas significativas por concepto de utilidades. Las empresas peruanas deben efectuar el reparto de utilidades entre sus trabajadores hasta el 10 de mayo de 2012.

¿El monto de las utilidades es parte de la pensión alimenticia?

Algunos citan normas legales que diferencian el salario de  conceptos como las utilidades, para concluir que éstas no deben considerarse dentro de la pensión alimenticia pues no forma parte de la remuneración. No comparto esta posición.

El artículo 481 del Código Civil Peruano señala que los alimentos se establecen según:

– las necesidades de quien los pide.

– las posibilidades de quien los debe

Si el alimentante (responsable de pagar la pensión) recibe un ingreso adicional , éste debe beneficiar también a los dependientes, por lo que la pensión debe incluir no solo la remuneración sino cualquier concepto que se le añada.

Enrique Varsi Rospigliosi señala en su blog, que la diferencia entre remuneración y otros beneficios: «(…) solo tiene aplicación para (…) los aportes a la seguridad social y otras contribuciones del empleador y trabajador; de ninguna manera deben afectar la prestación de alimentos. Son dos cosas diferentes»

Para evitar problemas de interpretación en la ejecución de una sentencia, la pensión de alimentos debe solicitarse:

1.  En porcentaje y no en un monto fijo.

El monto fijo tiene la desventaja que ante un incremento del ingreso, se debe solicitar judicialmente la modificación de las circunstancias para que se aumente la pensión. Por el contrario el porcentaje obliga al pago de la proporción ordenada, sobre cualquier base de cálculo variable.

2. En porcentaje sobre el í­ntegro de los ingresos que perciba el alimentante, no sólo sobre la remuneración. De esta forma el porcentaje se computará sobre cualquier concepto percibido, ya sea comisión, bonificación, reparto de utilidades, incentivo, etc.

3. En porcentaje sobre el íntegro de los ingresos, por todo concepto. De esta forma se evita cualquier discusión posterior, si un nuevo concepto está incluido o no en la pensión.

¿ Cuál ha sido tu experiencia en relación a la pensión de alimentos? Enví­anos tu comentario

 

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203 Responses to “Reparto de utilidades y pensión de alimentos”

  1. FREDY dice:

    doctora la consulta es el siguiente yo, tengo 2 es mayor de edad y una menor de 17 años esta cursando su 5to de secundaria la pregunta es que si pueden demandarme ono por alimentos para mi hija y mi esposa viendo la situacion de mi trabajo es decir no tengo un ingreso fijo

    • Lily dice:

      Estimado Freddy:
      Sí pueden demandarlo por alimentos, que se fijan considerando:
      – las necesidades económicas de quien los reclama, en el caso de menores de edad se presume el estado de necesidad. En el caso de los hijos mayores, deben probar que cursan con éxito sus estudios. En el caso de la esposa debe probar que no se encuentra capacitada para el trabajo.
      – las posibilidades económicas de quien los debe abonar, el monto puede ser fijado en una cantidad fija o en un porcentaje. Según las características de su actividad laboral, puede solicitarse que se fije la pensión en monto fijo o en porcentaje.
      Esta es una orientación genérica gratuita, para información específica a su caso concreto puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe

  2. RODOLFO dice:

    DOCTORA SABES YO SOY CASADO CON MI ESPOSA DE HACE 4 AÑOS AHORA ELLA ME ABANDONO CON 2 HIJOS MENORES UNO DE 11 Y EL OTRO DE 10 AÑOS..DOCTORA SI PODRIA DEMANDAR O NO NO AMI ESPOSA POR ALIMENTOS YA QUE ELLA VIVE JUNTO ASUS PADRE COMODAMENTE Y AHORA INCLUSO YA TIENE NUEVA PAREJA SIN IMPORTARLE SU MATRIMONIO Y SUS HIJOS. GRACIAS POR LA RESPUESTA

    • Lily dice:

      Para que proceda el pago de alimentos debe probarse:
      – un estado de necesidad en quien los pide, en el caso de los menores de edad se presume esa necesidad para cubrir alimentación, educación, vestido, vivienda, salud.
      – un estado de posibilidad económica en quien debe prestarlos.
      Si su esposa tiene ingresos económicos, debe contribuir con los gastos de sus hijos y podría demandarla por alimentos para ellos.
      Si se trataran de alimentos para usted, debería probar su estado de necesidad e incapacidad para el trabajo

  3. Richard dice:

    Dra. muy util su pagina, tengo un hijo de 3 años, mi separacion fue forzada, quiero darle su pension a mi hijo. mi consulta es si tambien tengo que pagar algo para la madre, si ella decidio la separacion por incompatibilidad de caracteres.

    • Lily dice:

      La pensión de alimentos procede bajo dos condiciones:
      – estado de necesidad de quien los pide, se presume dicho estado para los menores de edad
      – posibilidades económicas de quien debe prestarlos.

      Si su esposa no puede trabajar por tener que atender al menor puede solicitar una pensión, mientras que la corta edad del menor requiera los cuidades de la madre, siempre que sus ingresos se lo permitan

  4. Wilder dice:

    Buenas Tardes, espero me pueda ayudar tengo un hijo de 7 años estoy separado(no casado) hace 4 años los 3 años de separación asumí todos los gastos de mi hijo en su TOTALIDAD desde setiembre del año pasado económicamente no me ha ido tan tambien y esto a generado q mes tras mes no pueda pasar el monto acordado llevo mas de 2 meses sin poder ver a mi hijo, su madre argumenta que solo podre verlo cuando me ponga al dia con el monto acumulado.

    todo comenzó cuando me retrase por primera vez con el monto acordado, no me dejo ver a mi hijo durante 1 mes, en ese transcurso me hizo una demanda por alimentos yo fui sin ningún abogado yo solo queria seguir viendo a mi hijo el conciliador tomo por escrito un monto mayor al que se daba antes, lamentablemente económicamente no me esta yendo tan bien como antes y eso a generado que me retrase con las pensiones. nuevamente no puedo ver a mi hijo, no me dejaron verlo ni en su cumpleaños, es mas se lo llevaron de viaje por 2 meses sin mi permiso.

    Si me retraso con la pension no puedo ver a mi hijo?
    yo debo asumir en su totalidad todos los gastos de mi hijo?
    ella es una mujer sana y no trabaja, ella podría aportar!!!!

    debería fijarse un porcentaje es decir 60:% papa. 40% mama
    es eso posible?…..

    Espero me pueda ayudar y orientar

    Gracias

    • Lily dice:

      La pensión alimenticia se fija en proporción a las posibilidades económicas de los padres y las necesidades de los hijos.
      En ningún caso, el incumplimiento o reducción de la pensión alimenticia afecta el derecho a mantener el contacto con el hijo.
      Si el viaje fue al extranjero, se cometió una ilegalidad porque se requiere el permiso de viaje del padre.
      Le sugiero enviar una carta notarial con los fundamentos legales y las circunstancias de la situación que sirva como evidencia para una futura acción legal.
      Para mayor información sobre su caso concreto puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe

  5. Miguel Alejandro dice:

    Estimados Sres.

    Buenas tardes:

    Mi nombre es Miguel, tengo 22 años, actualmente tengo un pequeño hijo de 1año y 2 meses de edad, la madre del niño (con la cual no me encuentro casado, ni he llegado a convivir por motivos economicos, y de la cual estoy separado) me exige la suma de 700 soles mensuales por alimentos y el 60% de mi pago de utilidades, yo trabajo en una institución la cual me abona por haberes en bruto 1200 soles mensuales, y mi pago de utilidades es casi 3000 soles ¿es posible que sea aceptada su peticion?. Ademas yo quiero voluntariamente darle a mi hijo una pensión, segun mis posibilidades ya que aun soy estudiante y mantengo deudas en instituciones bancarias por 13500 soles aproximadamente, se que lo logico es que mi hijo le de lo mejor posible pero la señora de 22 años, amenaza con renunciar a su trabajo por el simple hecho que yo me estoy separando de ella, alegando que si hace esto y como estaria desempleada y yo tendria que «mantenerla» a ella tambien, es posible que se acepten las peticiones que esta mujer me hace.

    Ante todo muchas gracias.

    • Lily dice:

      Los alimentos se fijan en función de las posibilidades económicas de ambos padres.
      Si ella renuncia voluntariamente, ella debe asumir las consecuencias de sus actos, si está en capacidad de trabajar debe de hacerlo para sostenerse a sí misma y contribuir en la susbsistencia de su hijo.

  6. Themis dice:

    Perdona discrepe con lo vertido en tu opinión respecto al tema de utilidades y otros ingresos que deben considerarse como parte de la pensión de alimentos. Pues eso seria desnaturalizar el concepto de alimentos.Me explilco, no estoy de acuerdo que las pensiones de alimentos sean por un % en tanto no se determine, previamente, el monto total de los ingresos del demandado (si tiene ingresos variados no funciona este modelo); es decir, el modelo propuesto de pension en % de las remuneraciones solo funciona para los trabajadores dependientes con ingresos fijos todo el año. En el caso de los obligados con ingresos variables no nunciona este de los porcentajes. Por lo que lo mas justo es aplicar el criterio del monto FIJO, en función de las NECESIDADES del alimentista y de las posiblidades del obligado. En ningun caso se debe permitir un abuso de las partes, pues en la practica no solo los obligados tratar de sustrarse de su obligación real, sino que la parte demandante INFLA los gastos generando enriquecimiento indebido, y muchas veces PERJUICIO EN EL OTOR. Lo JUSTO es el pago de alimentos que CUBRA LAS NECESIDADES INTEGRAMENTE (entre los obligados en proporcion a sus ingresos). Ejemplo: Si ambos padres (separados) trabajan y el gasto del hijo alimentista es 1,000 mensual, y cada obligado gana a su vez 1,000; c/u debe aportar 500, es decir cada uno debe aportar como pensión el 50% de lo que gana. Igualmente se aplica este porcenteje si si la madre gana 1500 y el padre 500, es decir aplicando el 50% a los ingresos de la madre, a esta le toca pagar 750, y al padre el 50% de sus ingresos 250. Esto es LO JUSTO. De lo contrario, si queremos descontar 500 al que gana 500, en la practica no tendrá para su propia subsistencia. En el otro extremo tampoco se debe otorgar pensiones mas alla de lo que se acredite como GASTOS DE ALIMENTOS, porque se estaría generando un enriquecimient ílicito en favor del tutor de menor y en perjuicio del obligado que la ley no ampara.

    • Lily dice:

      La ley y la doctrina establecen que la pensión alimenticia se fija de acuerdo a las posibilidades económicas del o los alimentante(s) y las necesidades del alimentado.
      Su posición para que la pensión se fije solo en las necesidades no contempla lo previsto por la ley y la doctrina.
      La pensión alimenticia fijada en porcentaje ofrece la ventaja de evitar la continuación de procesos judiciales de aumento de pensión ante el incremento de posibilidades económicas del alimentante.

      Si un padre tiene 1 hijo A cuyas necesidades alcanzan los 700 soles mensuales y tiene un sueldo de 1500 soles, no hay dificultad para otorgarle una pensión equivalente a las necesidades como usted indica.
      Sin embargo la pensión alimenticia será diferente de la que deba otorgar un padre con 3 hijos con el mismo sueldo. Las necesidades del hijo A tendrán que ajustarse, para que concurran con las de los otros 2 hijos y de acuerdo a las posibilidades económicas del alimentante.
      En estos casos es conveniente fijar la pensión de alimentos en porcentajes, por ejemplo 20% para cada uno y conforme se incrementen los ingresos se aumenta la pensión. Del mismo modo si se reducen los ingresos la pensión disminuirá.

  7. Alex dice:

    Buenos Dias, mi consulta es la siguiente. En una sentencia firme, donde se ordena el descuento del 30% del haber mensual, está incluido las bonificaciones, utilidades, etc. Hago la pregunta en cuanto al termino usado de «haber mensual», ya que lo correcto para abarcar la bonificacion, gratificaciones y utilidades es «ingresos». De ser el caso que en el «haber mensual» no este incluido la bonificacion, utilidades, etc., que medidas puedo tomar para que no me sigan descontando, ya que dichos conceptos tienen calidad de ser «no remunerativas», lo cual estaría implicando una vulneración a mis derechos por realizarse los descuentos en la empresa que laboro.

    • Lily dice:

      Considero que el haber mensual incluye el sueldo, comisiones y bonificaciones. No incluirá viáticos, ni utilidades, ni premios. Para que cubran dichos conceptos, la orden judicial deberá decir que el porcentaje se aplica sobre cualquier monto que reciba el alimentante

  8. Maximo dice:

    Mi caso es el siguiente : soy casado hace18 años, tengo tres hijos dentro de mi matrimonio, de 17,11 y 5 años. Tengo una hija mas de 10 años (de una relacion extramatrimonial), cuya madre me esta demandando por alimentos, ella trabaja y su sueldo es mayor que el mio. Actualmente estoy pasandole un porcentaje de mi sueldo, pero quisiera saber cuanto deberia ser lo que corresponde legalmente.

    Gracias.

    • Lily dice:

      Los alimentos se fijan según las posibilidades económicas de quien los debe prestar. Usted tiene 3 hijos matrimoniales por lo que el juez debe considerar su ingreso y prorratear entre lo que necesitan todos sus hijos.
      Las posibilidades economicas de la madre también cuentan, ella debe contribuir en mayor medida por tener mayores posibilidades (mayor sueldo) y menores cargas (sólo un hijo)

  9. JUAN CARLOS dice:

    buenas mi consulta es la sgte es toy x recibir mis utilidades y tuve un juicio x alimentos quedando de al Cuarenta por Ciento 50%, del total de los ingresos mensuales incluido gratificaciones, bonificaciones, horas extras, asignación familiar, vacaciones y demás beneficios que pudiera corresponder , previo los descuentos de ley y siempre que sean de libre disposición
    -quiero saber sobre mis dsctos mensuales el 50% le corresponde del bruto o del neto , despues de los dsctos ? indique la bese legal
    y segundo de mis utilidades tambien le toca el 50% y si es asi indiquemen su base legal
    Espero su pronta respuesta

    • Lily dice:

      En este caso no se aplica una norma sino la doctrina (comentarios de escritores), las resoluciones judiciales y la jurisprudencia.
      El porcentaje que debe pagar como alimentos es sobre el neto, después de impuestos y descuentos, porque el neto es de libre disposición, los rubros descontados son obligatorios.
      Si la resolución judicial ordena el porcentaje sobre cualquier beneficio, sí se aplica sobre las utilidades.

  10. DINA dice:

    DOCTORA MI PERSONA ES CASADA CON 2 HIJOS QUE AUN SON MENORES DE EDAD, ACTUALMENTE MI ESPOSO SE ENCUENTRA EN CHILE SE FUE HACE YA 2 AÑO OLVIDANDO A SUS HIJOS Y HACE UNA SEMANA ME ENTERO X INTERMEDIO DE MIS CUÑADOS DE QUE YA TIENE OTRO COMPROMISO DOCTORA YO QUISIERA QUE ME SUGIERA YA QUE MI ESPOSO SE OLVIDO DE SUS HIJOS SI SERIA POSBLE DEMANDAR PENSION DE ALIMENTOS DESDE AQUI ME ENCUENTRO EN AREQUIPA AGRADESCO POR SU SUGERENCIAS..

    • Lily dice:

      Estimada Dina: Sí cabe demandar a su marido, para que cumpla con su obligación alimentaria.
      En su caso el trámite será un poco mas largo, porque se le debe notificar vía exhorto en Chile, a través del Consulado del Perú en ese país.

  11. carmen del pilar dice:

    Dr. En el 2007 demande al padre de mi hijo por alimentos el juez me admitio la demanda pero por motivos de salud deje el jucio desde julio 2007, y hasta la fecha el mencionado individuo no me pasa ni un sol. mi pregunta es como puedo hacer para seguir con el mismo juicio o ya quedo en el archivo, le agradeceria su orientación que es lo que debo hacer.

  12. carmen dice:

    doctora la sentencia del juez dice : descontar el 30% DEL TOTAL DE SUS HABERES QUE PERCIBE EL DEMANDADO INCLUIDO CUALQUIER BENEFICIO QUE PUEDA TENER A SU FAVOR ,
    MI CONSULTA ES SI EL DESCUENTO ES DEL SUELDO BRUTO O DEL SUELDO NETO , PORQUE ME DIEJRON COMO DICE DEL «TOTAL» , EL DESCUENTO SERA SOBRE EL SUELDO BRUTO .
    TAMBIEN EL PADRE DE MI HIJA ALQUILA UN DEPARTAMENTO A 1200 SOLES , EL CUAL EL JUEZ TIENE CONOCIMIENTO Y EL LO ACEPTO POR ESCRITO Y VERVALMENTE EN AL AUDIENCIA . QUIERO SABER SI TAMBIEN DE ESTE ALQUILER SE LE DESCONTARA EL 30 % .

    Respuesta de Servicios Legales:
    «Haberes» se refiere a la contraprestación por el trabajo en relación de dependencia, debe ser el neto.
    En mi opinión, «haberes» no comprende el ingreso por alquileres; pero sí debería haber sido considerado como ingreso por la sentencia. El fallo tendría que mencionarlo expresamente como ingreso por arrendamiento de inmuebles.
    Para mayor información sobre su caso concreto, puede solicitar una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe

  13. Maria dice:

    Buenas tardes Dra. Lily.
    Mi pregunta es la siguiente, estoy embarazada de 3 meses. Pero estoy separada, nunca he convivido. Me tiene que pasar algo el padre de mi hijo o tengo que esperar a dar a luz todavía. Ambos trabajamos. El tiene un hijo de 8 años de su primer compromiso. A el le pasa 400 mensuales, por descuento judicial. Cuanto le tendría que pasar a mi hijo. El gana 1500. Yo seguiré trabajando después de dar a luz. Pero quisiera saber mas sobre este tema, ya que yo tengo seguro y no gasto nada en salud.

    • Lily dice:

      Para reclamar alimentos, el padre debe reconocer la paternidad del hijo extramatrimonial, firmando la partida respectiva.
      Sólo con la partida de nacimiento firmada por el padre, se puede reclamar alimentos para su hijo.
      De no contar con la partida de nacimiento firmada por el padre, primero debe iniciarse una acción judicial de reconocimiento de la paternidad.

  14. Maria dice:

    Ok. Dra. Lily muchas gracias.
    Saludos

  15. mario dice:

    Dra reciba mis saludos yo tengo una sentencia del 25% por todo concepto quiero saber si esto lmplica mis utilidades. Gracias por su apoyo

  16. Henry dice:

    Soy divorciado y fruto de ello un hijo, ella esta casada y yo también fruto de mi nueva relación tengo 2 hijas. Tengo el problema de que fuera de la pension ella me exige otros gastos, yo por quedar bien con mi hijo le extiendo. Pero constantemente me envia mensaje de texto y correo amenazando ir a mi trabajo (yo se que es pura habla), pero el asunto es que ya estoy cansado de sus amenazas, siento que no reconoce o valora. Quiero la tenencia de mi hijo y el tiene 11 años. Que pasos debo dar. Ella no trabaja pero su esposo si. Pero ella desde que nos divorciamos se valio de que no trabajaba. y por eso no aporta. Que puedo hacer para evitar sus quejas. tengo correos y mensajes de texto de sus amenazas.

  17. Cristina dice:

    Dra. reciba mis saludos, yo inicie un juicio por alimentos, que se extendió un poco, por lo cual recibía anticipos del 15%, la demanda se hizo por porcentaje, pues el tenia un trabajo estable, en planilla. Sucede un mes antes de finalizar el proceso se recibe la comunicación del cese laboral por mutuo acuerdo del padre de mi hijo, la resolución salió en porcentaje, no hubo apelación, se consintió la sentencia y ahora 3 meses despues solicita la nulidad del proceso, por que él no puede pagar porque como no tiene trabajo, no le pueden descontar el porcentaje de la sentencia, sobre un sueldo que no tiene. Aduce que no se puede ejecutar
    Existe en el expediente la información que su empresa lo siguió informando en planilla en los meses siguientes, a la fecha que informó su cese por mutuo acuerdo, pues como pareció raro el repentino cese laboral, se pidió información a la sunat.
    Hay la posibilidad de cambiar este porcentaje a monto fijo.
    Gracias

    • Lily dice:

      Si existen pruebas en el expediente que la renuncia es falsa, solicite al empleador que cumpla con la retención del porcentaje ordenado en la sentencia, bajo apercibimiento de doble pago. Si el empleador burla el mandato judicial para «proteger» a su empleado y le paga la remuneración sin descuentos, el empleador tendrá que pagarle a usted lo que debió retener para entregarselo.

      El cambio a monto fijo no me parece conveniente, si fuera cierto que el alimentante no tiene trabajo tampoco podría ejecutarse esa sentencia. Si es un fraude, debe descubrirse para que se cumpla el mandato por porcentaje.

  18. Claudia dice:

    Hola, tengo una consulta, yo tengo una hija de 12 años, el papá vive en Australia. Lo que pasa es que cuando me avisaron que el viajaba en el 2007 a Australia, presente una demanda de alimentos y como el no trabajaba porque ya estaba listo para irse se quedo en un monto fijo, que eran 360 soles, que era el monto de la pension del colegio de esa fecha. mi hija tenia 6 años… ahora ya esta grande tiene mas gastos, la pension ya subio y el papá, nunca ha hecho aumento a la pension. Quiero yo iniciar un proceso para aumento de pension, puesto el ya tiene años alla… pero no se de que forma, estoy buscando toda la asesoria, porque no tengo los medios y lo ultimo que me dijeron en una asesoria gratuita en lima… es que tengo que tener pruebas de cuanto gana, si es posible su contrato de trabajo…. y el monto exacto para poder iniciar el proceso. Me parece absurdo.. porque el no se comunica, no da datos, no colaboro, solo deposita al banco y nada mas. Por favor necesito un consejo. Porque no me parece justo y encima aca que me digan que no se puede hacer nada.

    • Lily dice:

      Le sugiero hacer una búsqueda por internet y los medios sociales, puede encontrar información que es necesaria para demandar el aumento de la pensión alimenticia:
      – dirección
      – si tiene otras cargas familiares
      – centro de trabajo

      También se pueden hacer gestiones ante el Consulado del Perú en la jurisdicción donde se encuentra el obligado, para tener mayor información

  19. Juan dice:

    Dra. Soy un estudianmte universitario de 22 años, aun vivo con mis padres y tengo un hijo de casi un año. Su madre conviva conmigo en la casa de mis padres desde hace 4 meses y pronto regresara a la casa de su madre por problemas que surgieron durante ese tiempo. Trabajo en un restaurante de comida rapida y solo percibo el sueldo minimo. Actualmente cubro una parte de mi pension en la universidad mientras mis padres me ayudan con la otra. Me podria decir cuanto o que porcentaje de mi sueldo deberia pasar a mi hijo como pension alimenticia?

    • Lily dice:

      Los alimentos se fijan en función de:
      – las necesidades de su hijo
      – las posibilidades económicas de ambos padres.

      Le sugiero que hagan un listado de los gastos de su hijo y calculen lo que ambos padres pueden aportar.

  20. Marco dice:

    Dra. En Sus respuestas menciona que la pensión se fija en función a las necesidades de los hijos. Mi consulta es si el monto mensual de las remuneraciones cubre equitativamente sus requerimientos, ¿es necesario incluir el concepto de utilidades aunque exceda el requerimiento? ¿No se estaría incurriendo en enriquecimiento ilícito?
    Tomando en cuenta también el mismo tema de cubrir las necesidades de la hijos, entiendo por este concepto gastos mensuales regulares o promedios, por lo tanto al ser variable el ingreso por el concepto de utilidades, debido a que dependen de la productividad de la empresa. Este ingreso excederia los requerimientos que se cubren con la mensualidad, ¿acaso esto no es enriquecimiento ilícito de la demandante?
    Para terminar mi última consulta es si la demandante no labora, pero tiene plena facultad personal y profesional, tiene derecho a recibir algún porcentaje de pensión?

    • Lily dice:

      Los alimentos se fijan también en función de las posibilidades economicas de los alimentantes.
      Si mayores son los ingresos, el hijo tendrá derecho a mejores condiciones.
      Si usted tiene otras cargas de familia, como padres mayores, etc. puede hacer valer esa justificación.
      Para mayor información sobre sus circunstancias particulares, puede solicitar una consulta virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe

  21. any dice:

    Buenas tardes Doctoral
    mi consulta es, tengo mi pareja que esta pasando por juicio por alimento él gana 5000 total pero con los descuentos correspondiente, el recibe 3500 mensuales, la madre de su hija gana un 1150 neto y exige un 35% de los 5000 (1700), ella tiene una niña de 8 meses ella a presentado boletas que mensual gasta 500 soles entre pañales, vitaminas y accesorios de limpieza aparte la bebe tiene un eps que lo cubre mi pareja y 600 soles que paga ala niñera que la cuida cuando ELLA TRABAJA y al parecer tb parece que adulterado algunas boleta excediendo gastos a los meses anteriores. ahora bien el tiene una deuda con el banco de 1800 mensuales que le descuentan por planilla. pero nosotros tenemos una bebe de 3 meses. ahora bien lo que nos intera saber es lo siguiente si la deuda se considera, si el gasto de la bb es de 1200 mensuales los dos tendrían que solventar a 50% de ese gasto ya que desde el principio viene dándole 500 soles que ella misma lo propuso. y como seria la repartición a cada uno ya que no trabajo solo estudio por el apoyo de mi familia y por que mi bbe sta pequeña todavía.
    ante mano agradezco su respuesta

    • Lily dice:

      Los alimentos se fijan en función de dos criterios:
      -las posibilidades economicas de los padres
      -las necesidades del hijo

      Si la pensión alimenticia fue fijada cuando su pareja no tenía su segunda hija, puede solicitar la disminución de la pensión, pues ahora tiene otra carga de familia

  22. Martin dice:

    yo tengo un hijo de 9 al que le paso S/. 600 mensual, y una hija de 4 a la que le paso lo mismo. la mama de mi hija de 4 me está demandando por alimentos porque quiere que le pase más, el porcentaje que le paso a cada uno es el 20% de mi sueldo neto y ella quiere que el monto sea de S/. 1000 mensuales, y enzima que asuma los gastos de su abogado. es esto posible, ella gana más que yo y no tiene carga familiar, a diferencia mía que paso a mis dos hijos y ayudo económicamente a mi madre, pues mi papa falleció y ella no tiene pensión.

    • Lily dice:

      La pensión para los hijos se fija en función de dos criterios:
      – las posibilidades económicas de ambos padres, incluyendo sus ingresos y también sus cargas de familia
      – las necesidades de los hijos

      Si la demandante gana más que usted y además solo tiene un hijo, debe contribuir más en la pensión de alimentos que usted que gana menos y tiene otras cargas de familia. Usted debe probar todos estos extremos para que el juez se pronuncie

  23. Anthony dice:

    Doctora buenas, yo soy estudiante universitario, viendo que mis padres tienen la posibilidad de apoyar economicamente para poder realizar mis estudios, pero ultimamente reducieron esa pension dandose que en algunas ocasiones no solventan todos mis gastos, ahora yo para evitar problemas y cualquier tipo de altercados, quiero retirarme a alquilar un cuarto con el apoyo de mis dos padres, ellos se reusan; pero me informe un poco del tema y me entere que por ley me corresponde que ellos solventen mis gastos basicos (vivienda, comida, estudios,etc) mientras yo sea un estudiante universitario, ahora mi pregunta es yo puedo exigir eso por derecho, que proceso se debe seguir en estos casos? & cuanto seria el monto si se diera el caso que corresponderia?

    • Lily dice:

      Los alimentos se fija en función de dos criterios:
      – las posibilidades económicas de los padres, si tienen otras cargas de familia, ingresos suficientes para su propia subsistencia, deudas, etc.
      – las necesidades económicas de quien los pide, en caso de mayores de edad si cursan con éxito estudios superiores. Debe acreditarse el resultado de los estudios. En caso de la habitación, los padres podrían alegar que puede vivir con ellos.

  24. Lucy dice:

    Doctora, queria consultarle si un padre gana aprox (liquido) entre 1200 y 5000 debe dar un porcentaje o un monto variable? Considerando que por acuerdo mutuo habian fijado una pensión mutua de 800 soles, pero todos los meses sale con gastos nuevos considerando que al niño lo tiene en un colegio con una pensión de 350 soles mensuales. Deberia pasarle más? Si las gratificaciones el padre lo usa para paseos familiares (con su nueva familia) incluyendo a su pequeño. Ambos trabajan. Agradeceré absuelva mi duda…

    Que proceso se debe seguir para no llegar al juicio pero acordar una suma y no estar con el inconveniente del dinero todos los meses, lo cual genera un malestar entre ambas familias (ambos ya tienen sus familias y el pequeño es lo único que los une)

    • Lily dice:

      La pensión de alimentos puede fijarse como monto fijo o como porcentaje.
      El monto fijo tiene la desventaja que ante un incremento del ingreso, se debe solicitar judicialmente la modificación de las circunstancias para que se aumente la pensión. Por el contrario el porcentaje obliga al pago de la proporción ordenada, sobre cualquier base de cálculo variable.

      También puede pactarse la forma en prestar los alimentos, puede ser mediante entrega del dinero o pago directo. Si se el alimentante paga las vacaciones del menor hijo, también es una forma de prestar alimentos, que comprenden no solo la educación, vestido, vivienda y alimentos, sino también la recreación.

      El artículo 481 del Código Civil Peruano señala que los alimentos se establecen según:

      – las necesidades de quien los pide.

      – las posibilidades de quien los debe

      Ambos padres deben contribuir con la pensión de alimentos y pueden acordar el monto o porcentaje de la pensión de alimentos y la forma en que se prestan.
      Pueden firmar un acta de conciliación o transacción con firmas legalizadas.
      Para mayor información sobre su caso particular puede solicitar una consulta a lyamamoto@servicioslegales.pe

  25. James dice:

    buenas quisiera hacer una pregunta bueno este mi caso tengo relacion con mi pareja y tenemos una hija lo cual cumplo todo y vivo con ella pero por cosas de inmadurez tuve otra relacion y tuve una hija de 7 meses y ahora me ha demandado..que puedo hacer yo gano el minimo que es 750 soles y en su demanda me exije 60 % .. y no se como puedo contrarestar eso si a las justa me alcanza con mi otra familia …que puedo hacer .. a lo mucho daria como esta en la ley 40 % pero ahora que puedo hacer ..

    • Lily dice:

      La pensión de alimentos se fija en función de las necesidades de los hijos y las posibilidades económicas de ambos padres.
      Si usted tiene dos hijas, su ingreso tiene que cubrir las necesidades de ambas.
      En la contestación de la demanda, usted debe señalar y probar:
      – cuál es su ingreso
      – que tiene otra obligación alimentaria con la partida de nacimiento de su hija mayor

      El Juez fijará una pensión para que su ingreso sea repartido para cubrir las necesidades de sus dos hijas

  26. carolina dice:

    buenas tardes: que porcentaje le tocaria si el juez ordena el prorrateo de alimentos a las siguientes personas?
    mi hijo, un hijo fuera del matrimonio, la madre de mi esposo que esta enferma y le esta iniciando un juicio de alimentos y yo por ser esposa?
    gracias

  27. fabiola dice:

    Mi novio tuvo una relación durante menos de dos anos fruto de esa relación tuvieron dos hijos, se separaron cuando ella tenia dos meses de embarazo, el se ha hecho respondable de sus hijos, cuando se separaron ella recien terminaba su carrera de medicina y el si tenia un trabajo estable, por lo que acordaron que el le pasaría una pension que ha estado cumpliendo de forma responsable, ademas de hacerse cargo de ellos los fines de semana. Ella ahora trabaja en su consultorio, ha constituido una empresa de atencion medica incluso tiene publicidad en la web, aun asi el padre siempre ha estado cumpliendo con lo ofrecido cuando recien se separaron (compromiso verbal) los depositos lo hace en una cuenta a nombre de ella. Bueno todo iba en paz incluso ambos con nuevas relaciones, pero ahora que ella se ha enterado que nos hemos comprometido, le ha presentado una demanda de alimentos, la verdad no entendemos como ha sido aceptada esta demanda donde ella reclama que ella no tiene trabajo estable y ademas asumiendo mucho mas de lo que mi novio gana ,ella dice que no tiene ni para la comida pero nosotros sabemos que aparte de lo que le da mi novio ella produce bastante bien, incluso en menos de seis meses que va del año ella ya tiene dos salidas del pais y parece mas bien tener una vida holgada, mi novio esta presentando sus boletas y todos los depositos que acreditan que nunca incumplio con ellos, pero hay manera de demostrar sus ganancias? Sabiendo que ella no reporta todo lo que gana? Se puede demostrar que su estilo de vida no esta acorde con lo que ella dice que gana? Algunos nos han dicho que las madres siempre ganan
    Respuesta: Los alimentos se fijan en función de dos criterios:
    – Las necesidades económicas de quien los pide
    – Las posibilidades económicas del alimentante
    El demandado puede ofrecer como pruebas todo aquello que pruebe los ingresos y el estilo de vida de la madre, por ejemplo el movimiento migratorio que acredite las salidas del país, hacia dónde y por cuánto tiempo. También las empresas que anuncia en internet, aunque no los reporte a la SUNAT.
    Para mayor información sobre su caso particular, puede solicitar una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe

  28. fredy dice:

    DOCTORA SOY PADRE DE DOS NIÑAS LAS CUALES ESTAN BAJO EL CUIDADO DE SU MADRE… PERO SUCEDE QUE, MI EX CONVIVIENTA ME NIEGA ROTUNDAMENTE A QUE YO LE APOYE ECONÓMICAMENTE AMIS 2 HIJAS CON EL UNICO ARGUMENTE DE QUE ELLA ES SOLVENTE ECONOMICAMENTE Y NO HAY NECESIDAD DE QUE YO, LES APOYE AMI HIJA… DOCTR LA PREGUNTA ES QUE TRAMITE DEBO SEGUIR PARA YO, PODER APOYARLA AMIS HIJAS ECONOMICAMENTE CUANDO ME LO IMPIDEN A QUE ME RECIBAN MIS HIJAS UN SOLO CENTAVO… GRACIAS POR LA RESPUESTA
    Respuesta: Usted como padre tiene derechos y obligaciones cuyo cumplimiento puede intentar en la vía extrajudicial, dejando constancia del ofrecimiento y de su rechazo por la madre de sus hijos.
    Con dicha evidencia usted puede dejar constancia ante el Juez del cumplimiento de sus obliaciones, así como también reclamar sus derechos, por ejemplo tener un régimen de visitas, etc.
    Para mayor información sobre su caso, puede solicitar una consulta virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe

  29. carmen dice:

    yo tengo una conciliacion conel padre de mis hijas desde el 2008 q conciliamos con el 50% de sus ingresos ya que las dos tienen un problema oncologico de salud pero recien me he dado cuenta q la empresa donde él trabaja me descuentan en el cheque el 50% de sus faltas 5* categoria essalud afp etc cuando fui ha hablar del tema solo me respondieron q ellos perjudicaran los intereses de su trabajador y k lo presente x escrito por favor quisiera saber q debo hacer y q debo presentar y si de los años anteriores se puede recuperar ya q mi hija mayor necesita con urgencia unos audifonos especiales por favor suplico a ud.
    Respuesta:
    Bajo la ley peruana, los aportes mencionados por impuestos, essalud, afp, etc. son obligatorios y se descuentan del total de los ingresos, sobre la diferencia se aplica el 50% para la pensión alimenticia
    Cabe solicitar el aumento de la pensión alimenticia por los motivos de salud de sus hijas.

  30. NARDY dice:

    doctorita yo, soy una madre de dos hijos sucede que el padre de mis hijos nos abandono olvidandose sus deberes de sus hijos quiero demandarlo alimentos pero el problema es que yo vivo en un distrito muy alejado de la provincia de sandia puno… dodne tengo mas posibilidades de tener acceso es a la ciudad de juliaca … pero el problema es que EL PADRE DE MIS HIJAS TRABAJA EN SANDIA en una mina de oro en uno de sus distritos de sandia, y su DNI. ESTA CON ESAS DIRECCION Y DE MIO TAMBIEN mis hijos estudian aqui donde vivo actualmeente la pregunta es que si seria competente o no para ver mi caso el juzgado de la ciudad de juliaca o me rechazan por competencia q me hablo el jeuz de paz no letrado en este distrito. sera cierto?? por que quiero demandarlño en la ciudad de juliaca ya que es el lugar donde mas posibilidades tengo de viajar..gracias por la respuesta
    Respuesta:
    Según el Código Procesal Civil, el Juez competente para el juicio de alimentos es el del domicilio del demandante.
    Para mayor información, puede solicitar una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe

  31. lia dice:

    Doctora una consulta mi pareja tiene 2 hijos uno de 5 años con un anterior compromiso al cual le pasa su pension sin problema y otra de 1 año de una relacion q tubo de 1 mes la señorita salio embarazada, bueno ese es otro tema la cuestion es que esta ultima le inicio un juicio por alimento a lo cual el juez acordo que deberia pasarle el 35% de sus ingresos queria saber si se puede hacer rebajar ese porcentaje envista que el tambien pasa pension a su otro compromiso y aparte q vive en una departamento alquilado por q fue cambiado del lugar de trabajo y veo que con las justas le alcanza a el su sueldo, por mi parte yo trabajo y no me hago problemas pero me preocupa la situacion de el si bien yo le digo q al final el se lo busco por q tambien es responsable, y ademas q la ultima de sus relaciones no lo deja vivir en paz le llama por gusto lo amenaza cuando quiere va a su trabajo y le hace escandalo y todo porq sabe q tiene otra relacion, pero bueno mi inquietud es mas por el porcentaje q se le da, ademas q ella tambien trabaja al final sacando cuentas ella recibe mas de lo q a el le queda por sus descuentos.
    Respuesta:
    Bajo la ley peruana, los alimentos se fijan en función de dos criterios:
    – las posibilidades económicas de los padres
    – las necesidades del hijo.
    Cabe pedir la reducción de la pensión alimenticia.
    Para mayor información puede solicitar una cita virtual a lyamamoto@servicioslegales.pe

  32. BRYAN dice:

    doctora disculpe tengo 17 años que recién cumplo dentro de dos meses…por falta de madurez lo cual no justifico tuve una hija, yo no tengo ningún tipo de relación con la mama de la bebe, ella es mayor que yo por 3 años y tiene una tía abogada la cual me dice que me demandara para quitarme la mitad o mas de la mitad de mi sueldo yo no tengo esas posibilidades tengo trabajos ocasionales y al mes llego con 450 soles aparte que vivo y me hago cargo de mi manutención y alquilo un cuarto y estudio.
    ¿ es verdad esa amenaza me puede quitar mas de la mitad de mi sueldo?
    *pero yo hasta ahora de lo poco que tengo le mando 100 o 150, pero aveces ni a mi mismo me alcanza.
    Respuesta:
    Los mayores de 14 años pueden reconocer la paternidad de un hijo. Si usted lo ha reconocido, pueden demandarlo por alimentos, los que se fijarán en función de:
    – las posibilidades económicas de ambos padres
    – las necesidades del hijo.

  33. carlos dice:

    Dra. gracias por su respuesta de antemano, quisiera consultarle lo siguiente tengo una demanda por alimentos del año 2003 tengo 4 hijos y me descuentan el 60% de mis haberes , percibo una remuneración de s/719 nuevos soles en el subtotal trabajo en el sector educación en la parte administrativa y percibo un monto total a pagar de S/156.85 nuevos soles, y nos pagan un incentivo laboral de 450 nuevos soles que es un concepto no remunerativo y según la sentencia judicial en la parte resolutiva dice que se me descuente el 60% de de mi haber mensual incluyendo bonificaciones, gratificaciones y demás conceptos remunerativos la pregunta es si me corresponde que me descuenten del incentivo laboral teniendo en cuenta que no es un concepto remunerativo y el monto que percibo es solo de S/156 nuevos soles y es con el incentivo que me puedo mantener y seguir mis estudios, pago de alquiler de cuarto. gracias por su respuesta doctora. ella trabaja es docente y percibe una remuneración mensual de S/ 982 nuevos soles liquidos en su haber mensual ella debe aportar también.
    1-¿ me corresponde que me descuenten del incentivo laboral?
    2.-¿ella debe aportar tambien si trabaja y gana mas que yo?
    Respuesta:
    Si la sentencia es sobre todos los conceptos, debe incluir todos sus ingresos.El carácter no remunerativo es para efectos pensionables, sí es remuneración para alimentos.
    La madre también debe contribuir al sostén del hijo.

  34. maria dice:

    Doctora m pregunta es la siguiente a mi esposo le descuentan el 20% de su sueldo ,ella tambien trabaja pero los gantos en casa no alcansan tengo dos hijas, y mi esposo esta estudiando una maestria, pagamos alquiler de casa y mi bebe usa pañales y leche, por esta razon hemos pensado que renuncie para tener mejores posibilidades economicas,quiero saber si en el momento que renuncie ella tendra derecho al 20% de su liquidacion . Gracias
    Respuesta:
    La renuncia a un trabajo, no exime de la obligación alimenticia.
    Si la retención por alimentos es sobre todo concepto, también se aplicará sobre la liquidación.
    Lo recomendable es solicitar la reducción de la pensión alimenticia, considerando las posibilidades económicas de la madre y las cargas de familia adicionales del padre.

  35. any dice:

    doctora mi consulta es la siguiente hice una demanda por alimentos al padre de mi hija de 8 mese de nacida y en la conciliacion quedamos en el 40% de sueldo, lo cual lo presente ante el paz letrado el me pido que no haga el descuento directo de su planllia por lo verian mal en su trabajo y acordamos que el me depositaria mensualmente a una cuenta, lo cual eso que do estipulado ante un documento en el paz letrado . ahora el tiene otro demanda por alimentos el cual dieron una sentencia de 30% para cada una de sus hija afectando mi 40% esto es posible o que podria hacer para que no me disminuyan ya que por el momento yo puedo trabajar por estudio solo estudio y no tengo con kien dejar ami hija por mucho tiempo pero sin embargo otra señora si trabaja y gana una remuneracion considerable
    Respuesta:
    Usted podría pedir el prorrateo, para que las pensiones de alimentos sean asignadas proporcionalmente entre todos los alimentistas

  36. carmen rosa dice:

    Dra. he convivido con mi esposo durante 6 años nos hemos casado hace 1 mes ,,, y me entero que el me fue infiel y que va a tener un hijo y que la mujer con quien me engaño ya tiene 5 meses de gestación ,,,ya me he separado y me quiero divorciar quisiera que me ayude ,,,
    como puedo hacer para que me pase una pension tengo un niño de 5 años y una niña de 3 años,,, tengo que divorciarme dado que como casada solo estuve 1 mes pero de convivencia fueron 6 años.
    mi esposo gana 1600 y de utilidades recibe al año unos 7000 me corresponde también las utilidades
    Respuesta:
    Si los niños han sido reconocidos, usted puede demandar una pensión de alimentos, en un porcentaje sobre el íntegro de los ingresos que reciba el padre, incluyendo utilidades, comisiones, bonificaciones y cualquier otro ingreso.

  37. susana dice:

    Doctora una consulta demande al padre de mi hijo por el 60 % de las remuneraciones, bonificaciones, gratificaciones, escolaridad, utilidades y otros beneficios; sin embargo en la sentencia que acaba de salir dice: "se ordena que cumpla con pasar una pensión alimenticia mensual y adelantada de la suma equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO de la remuneración que percibe el demandado menos los descuentos de ley". Mi abogado me dice que debemos apelar para que se incluya los demas conceptos, yo me pregunto porque la sentencia no ha salido segun los terminos que indicaba en la demanda, es posible que esto ocurra , es a criterio del juez o es una falta del juez tal vez por olvido o no se, que debo hacer realmente apelar o dirigirme a otra institucion. Muchas Gracias de antemano por la respuesta, muy buena la pagina.
    Respuesta:
    Debe de apelar solo en el extremo referido a la aplicación del porcentaje concedido, para que se aplique no solo sobre la remuneración, sino sobre todos los demás conceptos.

  38. Gilberto Lezama dice:

    Doctora, tengo una duda, tengo una demanda por alimentos porcentual que empieza a partir de julio 2013, pero en este mes de octubre vamos a tener un incremento de sueldo por mes, que sera afecto desde el mes de enero 2013 a la fecha y adelante, mi consulta es, si el incremento correspondiente a los meses de enero a junio 2013 esta afecto al descuento judicial, ya que empieza el descuento en el mes de julio. Gracias
    Respuesta:
    Debe pedirle a su empleador que la liquidación discrimine los ingresos de cada mes y los reintegros de meses anteriores. La retención debe hacerse sobre los ingresos que corresponden a partir de la notificación de la sentencia, no por los reintegros de períodos anteriores.

  39. Gilberto Lezama dice:

    Doctora, disculpa la molestia en forma constante. estoy separado de la madre de mis hijos, aporto la demanda por alimentos, mi problema va en la visita que tengo a mis 2 hijos menores siempre delante de mis hijos me hace reclamos y escandalos la mamá de mis hijos, no se que hacer ante esta situacion, a veces para que no vean mis hijos estas cosas ya no deseo ir por el bien de mis hijos, recurro a usted para que me de un consejo. gracias
    Respuesta:
    Dependiendo de la edad de sus hijos, puede acordar que las visitas sean fuera del hogar materno para que no se produzcan los incidentes.
    También puede poner los hechos en conocimiento del juez para que se varíe el lugar o forma de las visitas

  40. lala dice:

    Mi esposo tiene un hijo fuera del matrimonio y tres hijos de nuestro matrimonio. la consulta es cual es el porcentaje que le debemos pasar a su hijo?. la madre trabaja, nosotros le pagamos el colegio y compramos todos los útiles y también le pasamos una cantidad de 350 mensual. la pension de su colegio esta 450 soles. la pension del colegio de mis hijos es 230 y no les puedo poner en otro colegio porque ya no nos alcanza. Digame cómo podría hacer??
    Respuesta:
    La pensión de alimentos se fija en función de las posibilidades económicas de ambos padres.
    Si el padre tiene otras cargas de familia, la pensión debe prorratearse entre todos, sin beneficiar a uno sobre otros, salvo que tenga mayores necesidades

  41. Miguel Sanchez dice:

    Doctora mi consulta es la siguiente tengo 4 hijos ,,, 2 son hijos de mi primer compromiso ellas son gemelas y tienen 10 años y les paso una pension mensual ..

    Con mi segundo compromiso tengo 2 hijos uno de 5 y otra de 3 años
    .
    Por mi mala cabeza engañe a mi segundo compromiso con una chica que sabia que tenia una mujer e hijos a la que decidi terminar ,,,, después de un mes de no verla viene y me dice que estaba embarazada y que tenia 4 semanas se embarazo ,,, semanas en que no la vi y en las que no tuve ningún contacto con ella. Ahora viene a mi trabajo a pedir que le de plata , a amenazar si no me va a pasar algo malo y que tiene familiares en la cárcel actualmente tiene 5 meses de embarazo. Como puedo saber si realmente ese hijo es mio ,,, a los cuantos meses de gestación se puede hacer la prueba de adn o tengo que esperar a que el bebe nazca .
    Que porcentaje le tocaria a mi 4 hijos (todos reconocidos)dado que mi segundo compromiso se quiere separar de mi y me correspondería darle una pension .

    Y si fuera el caso de que este ultimo hijo no fuera mio después de hacer el adn puedo demandar a la madre??? si fuera el otro resultado que si fuera hijo mio cuanto le corresponderia a cada uno dado que ya serian 5 .
    De ante mano agradezco su respuesta.
    Respuesta:
    Sobre la prueba de ADN, consulte con un médico para que le indique si la prueba puede hacerse antes del nacimiento del niño sin riesgo para él.
    El porcentaje de la pensión alimenticia para los hijos debe ser en proporción a los ingresos de ambos padres.
    Si tiene pruebas de las amenazas y reclamos, cuando se acredite que el hijo no es suyo, podría demandar por los daños y perjuicios.

  42. marialopez dice:

    En mi jucio dealimentos sepidio un porcentaje de todos los haberes mensuales , despues de dos años se me notiica , que el demando a apelado pidiendo se me corte las utilidades por no corresponderme , temgo una hija de 17 q esta en la universidad y una de 16 años que termina el colegio este año porfavor orientarme gracias
    Respuesta:
    No cabe una apelación después de dos años. Corresponde la reducción de la pensión para que no se aplique el porcentaje a las utilidades. Usted puede alegar que sus hijas estudian exitosamente en la universidad.

  43. Tania Marcelo dice:

    Dra. mi consulta es: tengo 4 hijos varones de 22,20,17,10 años, todos estan estudiando, mi esposo tiene un hijo de 26 años que estudia en la universidad pero tiene una hija de 4 años pero no viven juntos estan separados, pero mi esposo le ayuda en todo a su hijo, cuando mis hijos le piden dinero para sus trabajos u otros les niega diciendo que no tiene, ya le he dicho que le voy a denunciar por alimentacion , argumentando que solo me pasara 20 soles. tengo entendido que a su hijo ya no le corresponderia alimentacion por tener familia. quiisiera Dra. saber cuanto me corresponderia a mi como esposa porque soy casada con el, y a mis tambien. Mi esposo trabaja en el hospital de huacho y yo en el hospital de supe. Le agradezco de antemano.
    Respuesta:
    Los alimentos se otorgan según:
    – las posibilidades económicas del alimentante: sus ingresos, sus cargas de familia, si son varios los hijos debe prorratearse entre todos según las necesidades de cada uno.
    – las necesidades económicas del alimentista: si usted tiene ingresos suficientes no tiene derecho a pedir alimentos, usted y sus esposo tienen la obligación de sostener a los hijos que estudian. En el caso de su esposo tiene una carga más, pero si los hijos matrimoniales son menores de edad, tienen preferencia sobre los mayores.

  44. Gilberto Lezama dice:

    doctora, en mi boleta de pago me descuentan el 15% del impuesto a la renta quinta categoria, mi pregunta va, el impuesto a la renta de quinta categoria que me descuentan es considerada un DESCUENTO DE LEY?, DEBERIA ESTAR AFECTO EN EL CALCULO DEL DESCUENTO JUDICIAL POR ALIMENTOS?
    Respuesta:
    La pensión alimenticia fijada en porcentaje se aplica sobre el ingreso neto, después de los descuentos de ley

  45. Luz dice:

    Estimada Doctora
    Quisiera saber si la pensión alimenticia fijada sobre un porcentaje de la remuneración mensual se calcula sobre la remuneración bruta o sobre la neta luego de los descuentos de Ley.
    Gracias
    Respuesta:
    Sobre la neta, después de los descuentos de ley.

  46. Gilberto Lezama dice:

    tengo un descuento judicial de alimentos en porcentaje en mi boleta, pero mi empleador no considera el impuesto a la renta quinta categoria porque adula que no es un descuento de ley, eso es correcto?, por eso mi pregunta va, si el impuesto a la renta es considerado como un descuento de ley y en que ley se ampara. Gracias
    Respuesta:
    Los alimentos se deducen del ingreso neto. De su ingreso bruto se restan los descuentos de ley como AFP, Essalud, EPS e impuestos; sobre la suma resultante se aplica el descuento por alimentos.

  47. Betty dice:

    Doctora, he interpuesto una demanda de alimentos contra el padre de mi hija, el trabaja en una compañía minera, pero se ha declarado inadmisible mi demanda, debido a que anteriormente habíamos conciliado en la demuna que me iba a pasar la suma de 150 soles mensuales, el juzgado fundamenta su resolución diciendo que se aclare, puesto que ya se había fijado una pensión primigenia en monto fijo y ahora se está demandando en forma porcentual, podría aclararme esta duda?.
    Respuesta:
    Lo acordado en un acta de conciliación tiene el valor de una sentencia.
    Si usted quiere demandar el aumento de la pensión o cambio en la forma de prestar los alimentos, debe solicitar una nueva conciliación.

  48. nicole sanchez dice:

    Dra. quisiera saber, sobre el prorrateo ya tengo una sentencia a favor de mi menor hija que es el 30 % que fijo la juez , pero la cautelar era del 20 % desde que se inicio el juicio de alimentos hace 2 años, sucede que desde ese entonces solo cobro el 5% por que el demandado valiendoce de artimañas tiene otro descuento del 55% , el abogado que me asesora me dijo que no se puede hacer el prorrateo hasta que no salga la sentencia final hace poco ya salio,, mi pregunta es se pudo hacer antes el prorrateo ya habia una cautelar del 20%.. y como hago repetar lo que una juez determino..
    gracias
    Respuesta:
    Por el carácter específico de su pregunta, es necesaria la revisión de los documentos y fechas del caso.

  49. juan dice:

    BUENAS TARDES MI ESPOSA ME DEMANDO POR ALIMENTOS Y ME HAN ESTADO DESCONTANDO POR ALIMENTOS INCLUIDO UTILIDADES PESE A QUE ESTAS NO ESTABAN INCLUIDAS, (YA EL JUZGADO ACLARO QUE NO ESTABA INCLUIDAS). QUE PUEDO HACER CONTRA LA EMPRESA, PUEDO PEDIR INDEMNIZACIÓN O QUÉ, POR QUE SE TRATA DE UNA SUMA ALTA DE UTILIDADES DESCONTADAS Y MI ESPOSA NO ME LO DEVOLVERÁ, YA QUE A LA FECHA YA NO TIENE ESE DINERO. NO QUIERO HACER NADA CONTRA ELLA SERIA EN VANO.
    Respuesta:
    Su empleador como agente retenedor tiene la obligación de cumplir con el mandato judicial, no puede retener menos, ni más de lo ordenado. Si retiene más de lo debido, usted puede:
    – comunicarle la resolución del juez que ha aclarado que las utilidades no deben ser incluidas en el descuento, para que no lo continúe haciendo.
    – requerir el pago de lo indebidamente retenido.

  50. miguel castañeda dice:

    BUENAS TARDES. TENGO 1 HIJO DE 11 AÑOS. HACE 10 AÑOS QUE LE PASO A MI HIJO 460 SOLES. YO GANO EL MINIMO LIQUIDO 720 SOLES. PERO ALKILO MI CASITA POR 280 SOLES. MI CONSULTA ES KE ELLA KIERE MUCHO MAS Y KE PORCENTAJE DE MI GRATIFICACION LE TOKARIA?? PARA KE LE AUMENTE.

    GRACIAS
    Respuesta:
    Los alimentos se fijan según dos criterios:
    – Las posibilidades economicas de ambos padres. Dependerá si usted tiene más cargas de familia y su la madre tiene ingresos y otras cargas para contribuir a los gastos del hijo.
    – Las necesidades del hijo.
    El porcentaje sobre la gratificación dependerá de los criterios antes mencionados.

  51. Ana Cecilia dice:

    Estimada doctora, Buen día, mi consulta es la siguiente: Soy soltera y sin hijos actualmente no trabajo soy estudiante, conocí a un hombre que tiene 4 hijos de las cuales, a su 1era hija de 16 años no le da nada ya que por acuerdo mutuo decidieron q la madre se haría cargo de ella. Además tienen todas las comodidades porque la mujer es casada y tiene un trabajo estable muy bien pagado.
    La 2da conviviente tiene 2 menores hijos de 10 y 3 años y ella trabaja es nombrada sueldo de 2700 soles.
    La 3era mujer fue su amante también nombrada y tiene 1 menor hijo de 4 años, ella gana cerca de 5000 soles.

    El es medico, soltero y gana 5000 soles.
    La 2da y 3era mujer lo han demandado por alimentos.

    Mi pregunta es: cuánto de porcentaje debe darle mi pareja a sus 3 menores hijos, y si me casara con él cuánto le daría a ellos??

    Gracias por la atención prestada.
    Respuesta:
    Los alimentos deben prestarse según las posibilidades económicas de ambos padres.
    Si el padre de los cuatro hijos se casara con usted, y usted está capacitada para el trabajo, eso no afectaría las posibilidades de mantener a los hijos de los compromisos anteriores.
    Si usted tuviera un hijo, su esposo y usted deberán pagar los alimentos. Existiendo un quinto hijo, podría reducirse la pensión alimenticia de los otros hijos mayores.

    Saludos.

  52. RICARDO dice:

    Tengo 4 hijos con 3 mujeres diferentes a la cual le estoy pasando mensualmente una pensión, deseo saber cuanto es el porcentaje real de mi sueldo para poder pasarles a todos por igual y asi no tener problemas
    Respuesta:
    Los alimentos se fijan en función de:
    -las posibilidades económicas de ambos padres
    -las necesidades de cada hijo.
    La pensión dependerá se los ingresos de cada una de las madres, si sus hijos tienen necesidades adicionales, y si usted tiene otras cargas de familia.

  53. MERY dice:

    DOCTORA QUIERO HACER UNA CONSULATA TUVE UNA RELACION CON MI EX PAREJA TUVE UNHIJO EL LO ABANDONO CUANDO MI HIJO TENIA 4MECES SE FUE SE CASO CON OTRA MUJER Y TIENE UNA NIÑA LO HE DENUNCIADO Y QUISIERA SABER CUANTO ES EL PORCENTAJE DE SU SUELDO PARA MI HIJO POR KE YA ESTA EN PLANILLA Y TIENE UN SUELDO SU PAPA DEL BEBE
    Respuesta:
    Dependerá si el padre tiene otras cargas de familia, padres por ejemplo, así como si usted tiene ingresos o está capacitada para el trabajo.
    Podría ser alrededor del 30%

  54. Ivan dice:

    Estimada doctora,
    Quiero conciliar el porcentaje con mi esposa para el divorcio rápido pero para iniciar las conversaciones ella me indica que el minimo admisible de acuerdo a ley es el 25% del SUELDO BRUTO y que a ella le correspondería adicionalmente un porcentaje a pesar que ella también trabaja ya que tiene un negocio (no está en planilla).
    Que tan ciertas son estas afirmaciones? ya que veo que la medida cautelar se da habitualmente entre rangos de 20 a 25% del sueldo neto. Gracias
    Respuesta:
    En principio, los alimentos son para quien no puede atender su subsistencia.
    En caso de corresponder una pensión de alimentos, se recomienda fijarla sobre el sueldo neto.
    Para mayor información es necesaria la revisión de los antecedentes del caso, puede solicitar una consulta virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe

  55. Gigi dice:

    Buenas tardes doctora
    Tengo una hija de 14 años, desde que nació hasta los 12 años la mantuve yo sola y su papá solo ha aportado con ella desde que tenia 12 años el monto que él queria; la verdad mientras mas va creciendo es mas costosa su manutención y quisiera saber que monto le correponderia dar si yo no estoy informada de cuanto gana exactamente, y si le corresponde pagar algo por los 12 años que se desatendió de su hija. Él es soltero y no tiene otros hijos.
    Respuesta:
    Usted puede demandar el pago de alimentos ahora, bajo el argumento que pudo hacerlo hasta el momento pero el incremento de las necesidades de su hija obliga a que el padre contribuya también en los gastos.
    No cabe el reintegro de los gastos anteriores. El reintegro se entiende desde la citación con la demanda

  56. NELLY dice:

    Dra buenas noches
    Tengo un hermano que por sentencia judicial le descuentan el 32 % de su sueldo,esto es desde el año 2006, 4% para la esposa y 28 % para el hijo, en el 2007 se divorcia y en la sentencia del divorcio el juez ordena que se le deposite al niño la cantidad de 80 nuevos soles, apesar de eso la ex esposa el 2009 le presenta una propuesta de liquidacion de pensiones devengadas a razon del 32 % del sueldo y hasta el dia de hoy cobra el 32 %, mi pregunta es MI HERMANO PUEDE DENUNCIARLA POR COBRO INDEBIDO Y PEDIR QUE SE LE DEVUELVA TODO EL DINERO COBRADO DE MAS ? Agradezco la respuesta
    Respuesta:
    Si la sentencia de divorcio modifica la sentencia que ordena el pago de 32%, es indebido el cobro. Si los 80 soles son adicionales al 32%, no hay devolución

  57. sara dice:

    Buenas noches una pregunta a mi hija le depositan x sentencia una pensión alimenticia mensual y adelantada 270 yo no pedi x % sino monto fijo y su sueldo es de 750 a ella le corresponde ahora la gratificacion de diciembre y cts o no le corresponde y que debo hacer ah posterior para q si goze mi hija en el año proximo de las gratificaciones y cts
    Respuesta:
    Debe solicitarse el aumento de la pensión alimenticia y pedir que se fije en porcentaje sobre la remuneración neta, utilidades, gratificaciones, bonificación y cualquier otro monto que perciba el demandado de su empleador.

  58. EDITH dice:

    Buenas noches: Una consulta mi esposo tiene un hijo fuera del matrimonio y le pasa pensión alimentaria del 20% el cual esta sujeto a su gratificación es descuento de planilla, tomar en cuenta que tenemos dos hijos.
    Consulta.
    – ahora en enero va a renunciar porque la empresa se esta yendo ala quiebra y buscara otro, en ese caso mi esposo le descontaran su liquidación.
    – el mes de enero que no trabaje o febrero que no encuentre trabajo que monto y debe aportar sera el mismo….o tendría ir al juzgado a solicitar la reducción, pero su pago de pensión es por porcentaje.
    – otra consulta si encuentra otro trabajo como hace con su descuento la madre de su hijo tendría que presentar en su nuevo trabajo la resolución o es automático su reducción de planillas.
    muchas gracias por su respuesta
    Respuesta:
    El descuento sobre la liquidación dependerá de la sentencia, si el porcentaje es sobre la remuneración, se aplicará solo sobre eso.
    Si no hay remuneración para aplicar el porcentaje, deberá abonar algo similar o pedir la reducción.
    Si consigue trabajo el porcentaje se aplica al nuevo trabajo, la madre deberá notificar al nuevo empleador, pero para evitar acusaciones de mala fé, el padre puede pedir la retención.

  59. Patricio dice:

    Si una sentencia de alimentos, establece un porcentaje en base a las "remuneraciones mensuales", sin precisar si el calculo se debe hacer sobre las remuneracion neta o bruta, solo indica "sobre la remuneracion mensual" como debe entenderse?
    Respuesta:
    Debe ser la remuneración neta, que es el monto que recibe el trabajador

  60. fredy dice:

    doctora.. entre mi ex convivienta y yo, procreamos dos hijos.. luego tuvimos que separarnos pero bajo una acta de separacion ante el Juez de Paz no Letrado en un distrito..donde conciliamos de que la tenencia de mi hija lo tendria ella, y de mi hijo varoncito yo, ademas nos repartimos los biens todo.. nos separamos de buena forma… El problema es que ahora me demando pension de alimentos para mi hija q actualemnte tiene 10 años y que se supone que debe estar ella pendiente de todo, pero yo estoy acargo de mi otro hijo la educo doy su aliemnto la cuido..tal como prometimos mediante ese docuemnto de separacion…doctora quisiera de su ayuda..si realmente tambien debo pasar aliemntos necesariamente a los dos..ademas mi ex convivienta goza economicamente creo lo hace por perjudicarme….que debo hacer doctora GRACIAS POR LA RESPUESTA.
    Respuesta:
    Los alimentos se fijan en función de las posibilidades de ambos padres. Si ya llegaron a un acuerdo, este prevalece, salvo que hayan cambiado las circunstancias que ameriten un cambio en la pensión.
    Para mayor información es necesaria la revisión de los antecedentes del caso.

  61. Gerardo dice:

    Estimada Doctora:
    Gano neto 4000 soles. hace 5 años me divorcie y concilie con la mamá de mi menor hijo una pension de 30% sobre la remuneración que percibia. actualmente convivo con mi poreja y tengo una hija con ella.. antes ganaba 2200 netos pero igual le pasaba una mensualidad de 850 soles mensuales. dentro de mis gastos es que pago mensualemnte 400 soles por una maestria que estoy haciendo, no tengo casa propia. mi actual pareja no trabaja. la mama de mi primer hijo ya tienen 02 hijos de su nueva relacion.. adicional a la pension que le paso también cubro el 50% de los gastos de matricula escolar, lista de útiles, cursos adicionales de mi hijo, gastos dentales.

    1) puedo solicitar la reducción del 30% que concilie inicialmente?
    2) que tan viable es que esta solicitud de reducción sea aceptada?
    3) que argmentos son los que considera el juez para reducir el % que inicialmente pacte?
    4) la gratificación , cts están afectas a este descuento de 30%?
    5) los gastos adicionales que menciono también se consideran como alimentos?
    Respuesta:
    La pensión de alimentos puede aumentarse o reducirse según se incrementen o disminuyan los ingresos de los padres.
    El porcentaje se aplica sobre los conceptos establecidos en el acta de conciliación.

  62. arturo dice:

    doctora nadie me da informacion sobre esto , pero solo quiero saber cuanto esactamente tengo que pasarle a mi hija de 4 años del sueldo minimo que gano . porke leo que dice el 60 % de noc que , y un amigo me dijo algo del 13 0 15 % de tu sueldo . es verdad?
    Respuesta:
    Lamentamos no haber podido responder su pregunta con anterioridad, debido al abrumador número de consultas.
    La pensión alimenticia dependerá si usted tiene otras cargas de familia y si la madre puede trabajar.

  63. laura dice:

    necesito ayuda por favor. que tramites tengo que hacer para que la pensión de mi papá ya fallecido pase a mi mamá.no tengo ni idea de lo que tengo que hacer y no me gustaría que me engañen muchas gracias por su ayuda .
    Respuesta:
    Lamentamos no haber podido responder su pregunta con anterioridad, debido al abrumador número de consultas.
    Debe averiguar en qué institución debe tramitar la pensión.
    Por lo general solicitan la Sucesión intestada que nombre heredera a la esposa.

  64. Dante dice:

    Me ha llegado este mes de diciembre una retención por alimentos de 300 soles por una hija q tuve hace 3 años, yo percibo 1300soles, pero aparte de la menor en mención tengo 3 hijos más con mi conviviente actual. Aparte recién me entero de la existencia de la menor y desean me ponga al día en los años que "no aporté" nada para la niña; es eso posible?…pues como comento recién me entero de la existencia de la menor, nunca me llegó una notificación sobre filiación (salvo que halla llegado a mi antigua dirección, la cual aún figura en mi DNI). Deseo saber si la cantidad que le corresponde a la menor de 300 soles es la correcta y si de todas maneras tendré que pagar por los 3años que no pasé nada, teniendo en cuenta lo que menciono líneas antes.
    Respuesta:
    Lamentamos no haber podido responder su pregunta con anterioridad, debido al abrumador número de consultas.
    Bajo la ley peruana, solo los hijos extramatrimoniales reconocidos, tienen derecho a una pensión alimenticia.
    Si el hijo ha sido reconocido o judicialmente declarada la filiación, procede la pensión, pero en cuanto al monto, teniendo otras cargas de familia, puede pedir el prorrateo de la pensión, para que se distribuya entre todos los hijos.
    Para las demás consultas, se requiere la revisión de los antecendentes del caso.

  65. ROBER dice:

    DRA. BUENAS; QUISIERA QUE ME AYUDE A ENTER YO TENGO UN DESCUENTO POR ALIMENTOS EN EL CUAL EL JUEZ A SENTENCIADO LO SIGUIENTE "ASISTIR CON UNA PENSION ALIMENTICIA MENSUAL DE 50% DE INGRESO QUE PERCIBE EL DEMANDADO INCLUYENDO TODOS LOS BENEFICIOS DE LEY" … ESTO QUE COMPRENDE ¿HABER MENSUAL, ESCOLRARIDAD, VACACIONES, NAVIDAD, RACIONAMIENTO, VIATICOS , COMSIONES? O SÓLO ALGUNOS DE ESTOS CONCEPTOS; YA QUE YO SOY MILITAR Y EL DESCUENTO DE ALGUNOS DE ESTOS CONCEPTOS AFECTARIAN MI FORMA DE VIDA YA QUE POR MODALIDAD VIAJO AL INTERIOR EN COMISIONES Y TODO GASTO TENGO QUE RENDIR CUENTA SUSTENTADA Y SI EL DESCUENTO JUDICIAL AFECTA NO TENDRIA COMO RENDIR CUENTAS YA Q NO RECIBIRIA EL INTEGRO DE LAS COMISIONES O VIATICOS. ESPERO QUE ME HAYA EXPRESADO CORRECTAMENTE. ESPERO PORFAVOR SU PRONTA RESPUESTA PARA ESTAR BIEN ASESORADO.. GRACIAS
    Respuesta:
    Entiendo que los beneficios son gratificaciones, escolaridad, utilidades. Considero que no debe afectar los viaticos por comisión que responden para reintegrar los gastos de traslado y subsistencia fuera del lugar de trabajo.

  66. alvaro dice:

    Dra. Un gran favor tengo un hijo de 12 años al cual le paso un monto acordado mensualmente, aparte pago colegio y vestimenta, actualmente tengo mas de 3 años de casado y una hija de 2 años. La consulta es en cuanto a los porcentajes, si me hace un jucio por alimentos cual es el porcentaje que le tocaria a mi hijo?

  67. Lesly dice:

    Dra. buenas yo tengo una de 3 meses
    De edad, su padre es australiano , quisiera saber el
    Monto de el cual me debe mandar como pensión para mi hija, sólo estamos
    Conciliando como padres no llegamos
    A nada legal, pero quisiera saber un monto aproximado de cuanto pedir por favor

    • Lily dice:

      Estimada Lesly:
      El artículo 481 del Código Civil Peruano señala que los alimentos se establecen según:

      – las necesidades de quien los pide.

      – las posibilidades de quien los debe
      El monto de la pensión de alimentos dependerá de los ingresos y cargas de familia que tenga el padre; así como de los suyos.

  68. marco dice:

    mi consulta es la siguiente . quisiera saber si al renunciar a mi trabajo también me descuentan el 50% de mi liquidación. GRACIAS.

  69. elva dice:

    puedo seguir proceso de alimentos judicialmente…? luego de la entra en vigencia de la obligatoriedad de conciliar en puno… quisiera saber si es opcional en alimentos o es que es obligatorio conciliar antes ….

    tengo esa duda… ya que prefiero seguirlo judicialmente
    GRACIAS PORLA RESPUESTA.

    • Lily dice:

      "Artículo 7.- Materias conciliables

      Son materia de conciliación las pretensiones determinadas o determinables que versen sobre derechos disponibles de las partes.

      Estimada Elva:
      La Ley establece que la conciliación es facultativa para los casos de alimentos.

  70. Monica dice:

    Buenos días, tengo dos hijos de 7 y 11 años, el papa de mis hijos después de convivir 13 años hizo abandono de casa hace 04 meses nos separamos y el me esta dando solo 600.00 soles q no me alcanza para nada, ya que pago alquiler de casa, colegio, comida etc. yo quisiera saber cuanto le corresponde para mis hijos ya que el trabaja y gana algo de 1500.00 soles…, yo he preguntado y me dicen que lo que me da esta bien, favor ayúdenme quisiera saber cuanto es lo que realmente debe darme.

    Quedaré muy agradecida por su respuesta.

    • Lily dice:

      Estimada Mónica:
      El artículo 481 del Código Civil Peruano señala que los alimentos se establecen según:

      – las necesidades de quien los pide.

      – las posibilidades de quien los debe
      El monto de la pensión de alimentos dependerá de los ingresos y cargas de familia que tenga el padre; así como de los suyos.

  71. Adrian dice:

    Buenos días Dra. Lily,
    Tengo una princesa de 2años 3meses 16 días, de la cual tuve que separarme a solicitud de la madre y para evitar que mi hija se crie en un hogar conflictivo. Desde su nacimiento vele por ella con todos sus gastos y cuando me separe le seguí depositando a la madre para los gastos de mi hija pues yo sabía cuanto gasta mensualmente. Presente un ofrecimiento de pago ante el JPL y aun así ella presentó una demanda de alimentos logrando así obtener el 40% de mis ingresos lo que equivale a S/. 2,700.00. Ella también labora y tiene un hijo de 13 años, que no recibió nunca un sol del padre, ganando S/2,100 soles para ella y su hijo. Esto considero que es un exceso pues mi niña tan solo gasta al mes S/. 700 la tengo asegurada y construí la casa donde vive y que aun sigo pagando. Doctora Lily, como puedo bajar el porcentaje de mi retención considerando que nunca evadí mi responsabilidad de padre y tuve que hacer juicio para que me deje ver a mi menor hija pues en los casi 9 meses que duro el proceso no la pude ver negándomela todo el tiempo.

  72. Lorena dice:

    Dra tngo un hijo d 3 meses con un hombre q esta en proceso d divorcio, exist un acta d conciliacion dnd el le pasa a sus dos hijos el 60% d su sueldo es decir 30% x c/u. Gana 10, 000, solo le correspond a mi bb q le pase una pension d lo q a el le sobra o puedo pelear para q les pase eqitativament el mismo monto a los tres, yo no trabajo y tngo estudios univ. Truncos. Gracias

    • Lily dice:

      El padre puede demandar la reducción de la pensión alimenticia de los dos hijos mayores, porque ha cambiado su situación con el nacimiento de un tercer hijo, para que se prorrateen los ingresos entre todos los hijos

  73. Milagros Quintana dice:

    Buenas tardes
    Tengo un hijo de 24 años por el que estuve recibiendo su pensión de alimentos hasta hace un año todavía se encuentra estudiando a punto de terminar su carrera, vive en mi casa y tiene una hijita -mi nieta- de 1 año 10 meses, nosotros le brindamos todo a fin de que no le falte nada mientras mi hijo termine y pueda trabajar.

    Cuando El padre dejo de trabajar en un canal del medio alegó que no le correspondía darle alimentos señalando que el tenia buena posición económica y que al haber concebido una hija la necesidad de prestar los alimentos se perdía.

    Quisiera saber si en la nueva situación de mi hijo puede interponer una demanda de alimentos, porque aún se encuentra estudiando.

    • Lily dice:

      El artículo 483 del Código Civil peruano establece:
      Causales de exoneración de alimentos
      "Artículo 483.- El obligado a prestar alimentos puede pedir que se le exonere si disminuyen sus ingresos, de modo que no pueda atenderla sin poner en peligro su propia subsistencia, o si ha desaparecido en el alimentista el estado de necesidad.
      Tratándose de hijos menores, a quienes el padre o la madre estuviese pasando una pensión alimenticia por resolución judicial, esta deja de regir al llegar aquéllos a la mayoría de edad.
      Sin embargo, si subsiste el estado de necesidad por causas de incapacidad física o mental debidamente comprobadas o el alimentista está siguiendo una profesión u oficio exitosamente, puede pedir que la obligación continúe vigente.”

      Para responder a su pregunta se requiere la revisión de los antecedentes del caso particular

  74. Daniela dice:

    Yo tengo un niño de 1 y 5 meses el papa empezó a darme un monto hace 4 meses que yo me vine a vivir a la casa de mi papa , y ese monto no me alcanza porque yo pagó alquiler tamb .Desde mi embarazo yo asumo los gastos de todo ,yo deje de trabajar porque el me dice que no puede pagar ya niñera ni guardería y no tenía quién cuide a mi bebe pero yo no tengo para mi dinero con lo que me da el alcanza sólo para comer , yo quiero volver a trabajar pero el no quiere pagar ningún servicio para yo poder trabajar ,en ese caso que haría yo ? Lo demando para que pague ? Porfavor a la espera de su respuesta .gracias

  75. Blanca dice:

    Buenas noches doctora quisiera saber si puedo demandar a mi conviviente para pedir que se me aumente la pensión de mi hijo el me deposita 900 soles mensuales y el gana 5500 soles y también con comisiones viáticos y alojamiento aparte ya q trabaja en otra departamento. Yo ganó 1000 pero no me alcanza ya q tengo una persona de la tercera edad q es mi madre y tengo q ayudar en los gastos de la casa y en medicina mi padre murió y no tengo hnos q me ayuden con sus gastos y le pido más para pagar una empleada q vea el bb y no quiere pretende q mi mamá lo vea. Por favor ayudeme cuanto puedo pedir con su sueldo q gana.muchas gracias

    • Lily dice:

      El monto de los alimentos de las posibilidades del padre.
      Usted podría pedir un porcentaje sobre el íntegro de los ingresos para que incluyan las comisiones.
      Si el padre no tuviera otras cargas de familia, puede pedir un 50%

  76. yas dice:

    Dra. buenos dias, mi pregunta es con respecto a la liquidacion; el caso es el siguiente resulta dra. que mi persona inste un proceso de alimentos en el año 2007 dicho proceso termino con una sentencia en el que le manda al obligado a pagar por pension de alimento con el 60 % de sus haberes, toda vez que en esa fecha el obligado trabajaba en una empresa minera; pero se da el caso que el obligado dejo de trabajar en dicha empresa y que la misma empresa nunca realizó un descuento y peor aun recien este año se le notifico al obligado con la sentencia ( por cuanto se le declaro rebelde) razon por la cual este proceso hasta la fecha no se PUDO EJECUTAR, AHORA A CONSECUEncIA DE ELLO MI PERSONA COMO QUIERA QUE EL OBLIGADO NO CUMPLIO CON LA PRESTACION DE ALIMENTOS MANDE UN ESCRITO SOLICITANDO LA LIQUIDACION DESDE LA FECHA DE LA EMISIoN DE LA SENTENCIA HASTA LA FECHA , SIN EMBARGO EL JUZGADO ME RESPONDIO SEÑALANDO NO Ha LUGAR A LO SOLICITADO , NO SIENDO PROCEDENTE REALIZAR UN CALCULO DEL PROCENTAJE ASIGNADO , EN La SENTENCIA NI LA LIQUIDACION… la pregunta es frente a ello que hago?

    • Lily dice:

      El empleador debe haber sido notificado con un mandato de retención del porcentaje ordenado por el Juez. Si el empleador incumplió con la retención, debe hacerse efectivo el apercibimiento de doble pago, es decir, el empleador pago al empleado y ahora debe pagar al demandante que tiene derecho a los alimentos

  77. Wilder dice:

    Buenas noches, gracias ante todo por su respuesta, yo quisiera saber, La compensación de tiempo de servicio o CTS es tambien afecta al descuento judicial por alimentos?, mi caso es me encuentro separado y mi empresa me va a liquidar,pero me dicen que me entregaran la carta de disposición del 100% , o existe una retención automatica atravez del banco.

  78. Mary dice:

    Dra. Mi esposo nos abandono en 2012 y en 2013 hace una demanda de ofrecimiento de pago por alimentos que incumplio, solo hizo un pago de consignacion para que le acepten esa demanda apesar de que no cubria ni la pension del colegio y ni fue a la audiencia. Le hice una demanda de alimentos y fraudulentamente presento como medio de prueba la aceptacion de la demanda de ofrecimiento de pago y no los vouchers de depositos porque no habian.
    puedo usar esa fecha de inicio de demanda de ofrecimiento de pago incumplida para la liquidacion de devengados cuando salga la sentencia de alimentos porque fue por mas de un año que se demuestra que no paso nada. En el acta dice q yo no estoy de acuerdo con el monto y no hizo contradiccion la abogada ni contestacion, mi abogada me engaño y mo presento nada apesar que me cobro.
    Le agradezco mucho su respuesta.
    le agradezco

  79. Pablo Perez dice:

    Saludos DRA.
    Mi consulta es la siguiente, en la orden judicial dice 40% de mi "HABER MENSUAL",
    mi empresa a estado calculando y descontando de mi boleta este porcentaje como descuento judicial.
    el problema es que lo calculan con un monto antes de los descuentos de tardanzas y permisos.
    ejemplo si mi sueldo es de 2,500 descontando afp y 5ta da 2,000, en base a ese monto le calculan el 40%, pero tengo descuentos por tardanzas y permisos por 400 soles, a mi parecer deben calcularle el 40% en base a 1600 que es lo que en realidad gane en el mes.
    Le agradeceré su pronta respuesta
    Gracias

  80. milagros dice:

    Buenos días Dra. Lily, de antemano agradecerle por su respuesta.
    Mi consulta es:
    Tengo un hijo de 4 años y soy separada. El padre tienes dos hijas, 1 de 11 y otra de 1 año, su esposa trabaja.
    El gana el suedo básico 750.00 soles pero con comisiones y bonos gana 2000,00 aprox.
    El me pasa 200,00 soles mensuales que me deposita en el banco, fui a una conciliación extrajudicial pero igual cumple solo cuando despues de los días acordados. puedo pedir un amento de pension por porcentaje y que le descuenten por planilla.

    • Lily dice:

      El aumento de pensión alimenticia puede solicitarse, si han aumentado las posibilidades económicas del padre y/o las necesidades del menor.

  81. Luisa dice:

    Doctora

    Tengo una consulta, el padre de mi hija (1 y medio de nacida y cabe mencionar que no estamos casados y mucho menos convivimos) tiene un sueldo de 1900 neto(considerando que le descuentan AFP, EPS) aprox. el tiene deudas con los bancos y adicionalmente paga un seguro de vida, Universidad,pago de celular, es decir gastos personales.El monto o porcentaje que yo demande será aplicado sobre el ingreso neto luego de todos los gastos???

  82. Karen dice:

    Doctoravmi consulata es ; tengo una hija de 2 años 'y soy casada no trabajó me dedico a mi hogar por que mi hija aún a pequeña; resulta que mi esposo tiene un hijo ya de 11 años y le descuentan el 30% de su sueldo Y la mamá de su hijo es profesional. .. quisiera saber si se puede reducir .. por mi hija y por mi???

    • Lily dice:

      Los alimentos se fijan en función de las necesidades económicas de los hijos y las posibilidades de los padres.
      Si el 30% fue fijado antes que nazca su hija, puede prorratearse la pensión alimenticia del hijo de 11 años con la niña de 2 años.
      El juez también podrá considerar que usted se encuentra en aptitud de trabajar.

  83. Anita Obeso dice:

    Dra. Muy buenas tardes soy estudiante de derecho de primer ciclo y ahora estoy estudiando en una universidad privada, pero mi papa no me quiere dar algún apoyo económico, aparte de los 160 que recibo al mes por alimentos y ahora que ya tengo la mayoria de edad quisiera que aumente la pension cabe resaltar que el deposita 320 ( mi hermano que tiene 22 años y yo que tengo 19) este hermano no desea demandarlo pero yo si ya que esta carrera que elegi necesita mucho sacrificio y usted como Abogada me entenderá, en su sabia opinion debo de pedir el aumento de pension en porcentaje, ya que mi padre se encuentra trabajando en una empresa de construccion como operario y recibe mas de 2000 soles al mes y no tiene ninguna carga familiar. Necesito su ayuda, muchas gracias

    • Lily dice:

      La determinación de la pensión alimenticia en porcentaje sobre los ingresos, permite que la pensión se incremente automáticamente con el aumento de los ingresos.

  84. ROY dice:

    DRA BUNOS DIAS YO PASO 400 SOLES MENSUALES SE DIO POR SENTENCIA JUDICIAL A MI IJA DE 16 AÑOS PERO AHORA ESTOY A PUNTO DE QUEDAR CIEGO Y YA NO TRABAJO Y MI CEGUERA SERA TOTAL AUN ASI TENGO Q SEGUIR PASANDO LA PENSIÓN A MI HIJA? GRACIAS

  85. eliza dice:

    buenos dias,

    estoy separada hace varios años,.
    yo no trabajo desde q me casè porq he tenido mis 2 hijos con discapacidad. me dedique a sus cuidados. Ahora solo tengo uno y el esta a mi cuidado, tengo q llevarlo a sus terapias. En esta situaciòn tambien me corresponde q se me incluya en la pensiòn de alimentos. Tambien quisiera saber si de las gratificaciones que percibe tambien me corresponderia 2 pensiones adicionales. El padre me da de acuerdo verbal 12 pensiones. De las gratificaciones nunca he recibido. en mi caso quisiera saber si podria obtener el max. porcentaje para la pensiòn, ya que los gastos en terapias es bastante y los recibe desde antes de separarnos

    • Lily dice:

      Es posible solicitar el aumento de pensión alimenticia si las necesidades han aumentado, así como también las posibilidades del padre.
      En una acuerdo, se establece lo que voluntariamente aceptan las partes. Judicialmente podría solicitar que la pensión incluya también las gratificaciones.

  86. Juanca dice:

    Buenas tardes,

    En 3 meses de relación con una chica la embarazé y la lleve hace una semana a mi casa, donde vivo actualmente con mi hijo de 6 años el cual lo tengo hace 2 años a mi cargo………..mi consulta es que porcentaje de mi sueldo puede dictaminar el juez si me denunciara por alimentos, teniendo en cuenta que pagó un minidepartamento, movilidad e incluso a una persona que cuide a mi niño cuando yo trabajo……espero pueda absolver mis dudas y si cometi un error llevandola a mi casa, en la cual vivo recien hace seis mese y de la cual me voy a retirar en 15 dìas, le ofreci darle 400 soles como ayuda al pago del depa mientras este embarazada, porque su familia quiere que le pague casa, alimentacion y todo; cuando ella tambien trabaja de administradora en 2 tiendas de Galerias ya ademas tiene su tienda, no evadire mi responsabilidad solo deseo saber cual es lo mas justo, espero su asesoria

  87. Ernesto dice:

    Buenas noches doctora tengo una hija de 4 años a la cual le paso una pensión del 40% d mi sueldo pretendo pedir una rebaja en un juicio sobre la pensión ya que m case tengo un bb y otro que esta en camino ,muy aparte hice una conciliacion con mi mamá y le paso una pension mis dudas son :

    *como se dividiría la pensión para todos a los q debo asistir y si mi esposa y mi hijo que esta gestando también s benefician y reciben algún porcentaje ???

    Gracias por la respuesta doctora

    • Lily dice:

      La pensión se determinará en función de sus posibilidades económicas y las necesidades de los hijos, teniendo en cuenta también las posibilidades económicas de las madres de los hijos

  88. Carlos dice:

    Buenas noches, si yo tengo un proceso judicial con mi empleador del que voy a recibir devengados; estos son materia de retención por alimentos????? ya que en mi sentencia de alimentos indica todo ingreso percibido por el empleador.
    Agradeceré su opinión
    Gracias

  89. LUCY dice:

    ESTIMADO YO TENGO DOS HIJAS Y EL PADRE DE MIS HIJAS RECIBE ANUAL UTILADES MI PREGUNTA ES MIS HIJAS TIENES DERECHO A UN ORCENTAJE?

    • Lily dice:

      Dependerá si existe sentencia que incluya las utilidades. Si no hay sentencia, ni acta de conciliación, puede alegarse que al aumentar los ingresos, debe también aumentarse la pensión

  90. Guisse dice:

    Hola tengo 2 hijos, separada hace años del padre de mis hijos.
    Nunca me pasa pensión, lo hace cuando desea.

    Pero ahora de la noche a la mañana me está pidiendo las constancias de studios de mis hijos que están e colegio particular, el cual yo asumo dichos gastos.

    Me causa desconfianza el que me pida dichas constanxias me podrían indicar para que podría necesitar verdaderamente dichos documentos.

    Saludos.

    • Lily dice:

      Algunos centros de trabajo piden las constancias de estudios para otorgar un bono de escolaridad a sus trabajadores que tienen hijos en edad escolar.

  91. Janeth dice:

    Buenos días, quería hacerle la consulta, tengo un hijo de 7 años aproximadamente hace 6 años el padre de mi hijo me pasa una pensión de 500 soles, el abogado no pidió porcentaje sino en monto fijo que fueron 800 y beneficios, las cuales el juez ordenó 500 soles nada más y sin beneficios, ahora el padre de mi hijo le paga el colegio por su propia voluntad y la pensión paga 1600 ya hace 4 años y me deposita en el banco de la nación los 500, ahora quiero hacerle otro juicio para aumentar la pensión ya que en cualquier momento puede sacar a mi hijo del colegio total como el dice no es su obligación porque el juez sólo ordenó 500 y quería ver si puedo pedir porcentaje con beneficios porque el debe estar ganando por encima de los 7000 , gracias

    • Lily dice:

      Si en la práctica usted obtiene 2,100 soles (1,600 más 500), pese a que la sentencia dispone el pago de 500 soles, no le recomendaría solicitar el cambio en la forma de prestar los alimentos de monto fijo a porcentaje, podría resultar que el juez disponga el pago de una suma menor.

  92. Celso Vega dice:

    Buenas tardes doctora: Estoy pasando de separacion y tengo dos hijos de por medio, yo por mi parte estoy dispuesto pagar respecto a la pension de laimentos y como no llevo una buena relacion con la madre quiero depositar a su cuenta de ella pero , ella no quiere abrir una cuenta y quiere utilizar la cuenta de su madre caso contrario no quiere nada d edinero y amenaza que solo espere el juicio ademas de no dejar de ver a mis hijos. Yo pago la educacion y los servicios de la casa ademas de la comida..la mama de mis hijos por el momento no trabaja y me prohibe ver a mis hijos. Que puedo hacer doctora..

    • Lily dice:

      Nuestra recomendación es que guarde todas las evidencias del cumplimiento de sus obligaciones, que los recibos estén a su nombre.
      En caso de negativa de recibir la pensión alimenticia y permitir las visitas, recomendamos solicitarlas mediante carta notarial y/o solicitud de conciliación. Para mayor información, puede solicitarnos una consulta a consultas@servicioslegales.pe

  93. Maribel dice:

    Buenas tardes, tengo una hija de año y medio. El papá de mi hija me pasa 600 soles al mes por acuerdo verbal cuando ella nació, ya que me indicó que tenía muchos gastos, incluyendo la maestría, que ya está por concluir. Yo he cubierto la diferencia de los gastos, medicinas, ropa, recreación, vivienda, vacunas, viajes, etc.
    Actualmente me quedé sin trabajo y por ende mi hija se quedó sin seguro EPS, solicité al padre que la incluya en su seguro y se negó, entonces le solicité que asuma los gastos médicos y le contrate un seguro privado.
    A raíz de eso me ha cortado toda comunicación y por ende no ve a mi hija (el monto acordado aún lo deposita).
    Al iniciar una demanda, puedo solicitar que la incluya en su EPS? y qué porcentaje debería pasarme considerando que el debe estra ganando 8,000 aproximadamente y tiene 2 hijas más (menores de edad)

    • Lily dice:

      Sí podría exigir que sea registrada en el EPS. Sobre el monto, dependerá de los ingresos del padre, sus gastos y si usted se encuentra en posibilidad de trabajar, aunque momentáneamente se encuentre si trabajo.

  94. JOSE LUIS dice:

    HOLA QUERIA HACER LA SIGUIENTE CONSULTA:
    TENGO UN DESCUENTO POR ALIMENTOS EN MI TRABAJO, SI LA EMPRESA QUISIERA"COMPRAR MI RENUNCIA", EL DESCUENTO AFECTARIA TAMBIEN A ESE BONO ADICIONAL O SOLO A LA LIQUIDACION.?

    GRACIAS POR SUS RESPUESTA

  95. enzo dice:

    hola tengo una consulta:
    ya tuve una conciliación con la madre de mi hijo, en la cual se quedo que debía de darle la suma de 650.00, al cabo de unos meses cambio de trabajo, y sin mediar ningun documento le asigne 150 soles mas osea en total 800, pero al cabo de dos años me quede sin trabajo, y deje de pasar la mensualidad estuve 5 meses sin mandar la pension,pero desde marzo desde este año retome la pension pero el monto bajo a 400 ya que mi sueldo se reducio notablemente, aparte de esa pension como para pagar esos meses que no le deposite asumi el gasto del colegio, pero quisiera saber si puede reducir la pension, ya que ella ya tiene nueva pareja y esta esperando otro hijo.

  96. Victor dice:

    Gracias de antemano por la respuesta.
    Yo paso a mi hija 25% de mi sueldo mensualmente. Esto me lo retiene directamente mi empleador, pero en junio decidieron no renovarme el contrato.
    Mi pregunta es ¿me retendran 25% de mi liquidación?
    Mi carta de cts sale al 100% y ¿ estoy obligado a dar el 25% mi CTS?
    De aquí para adelante mientras encuentre otro empleo ¿cuanto debo pasar? ¿puedo usar lo retenido de mi liquidacion y/o cts como colchon para los meses que no tenga empleo?

  97. Raúl dice:

    Buenas, tengo dos consultas
    1ero.
    Tengo una conciliación con la madre, pero ella siempre me amenaza que me va a proceder con el juicio, es posible?
    Así mismo, yo le deposito más de lo acordado, y yo asumo además seguros médicos y otros gastos.
    2do.
    En caso de que la empresa me liquide, pues por política no mantiene personal con estos problemas, también. Le corresponden un descuento sobre la liquidación??
    Muchas gracias

    • Lily dice:

      El acta de conciliación tiene el efecto de una sentencia, lo que se pacta allí es lo que se cumple.
      Posteriormente, puede pedirse otra conciliación para modificar la anterior, ya sea para aumentar la pensión o para reducirla.
      Le recomendamos tener evidencia de los adicionales que usted entrega.
      Sobre la liquidación, dependerá si el acta de conciliación lo incluye

  98. Lesly dice:

    Buenas noches , quisiera que me ayuden en este tema , tengo una hija de un año y un mes , es padre de un ciudadano australiano , desde los 3 meses de edad me envía 500 nuevos soles como pensión para mi hija, pero fue un acuerdo mutuo pero ahora mi hija ya esta un poco mas grande y no tiene los mismo gastos que antes y el padre se niega a enviar más dinero , quisiera saber cuanto es lo normal que se recibe por pensión alimentaria en australia o que debo de hacer para que mi hija reciba lo justo, gracias de ante mano.

  99. jonel dice:

    Dra. buenos días, soy un padre que fui demandado por pensión de alimentos, sin embargo la demanda fue notificada en el domicilio de mi madre quien a su vez ya ésta no vive en ese domicilio por tener otro domicilio, ahora, el demandado vivo en otra ciudad, por lo que no tuve conocimiento sobre la notificación, el caso es que cuando llego a enterarme sobre la notificación de la demanda fui al juzgado y me doy con la sorpresa que me declararon rebelde y se llevo la audiencia sin mi participación, ya pasó como un mes desde esa audiencia y hasta la fecha no se cuanto es que voy a pasar por alimentos pero en la demanda se pedía la suma de 1000 (mil soles), y yo apenas gano 1300. ¿que puedo hacer al respecto Dra.?

  100. jose dice:

    Doctora buenos días, tengo 23 años y mi mamá demando a mi papa por alimentos en un distrito de arequipa porque mi mama es de alli, ahora yo curso estudios superiores en la ciudad de cusco de manera satisfactoria y quiero demandar a mi papa por aumento de alimentos, ¿puedo demandar en la ciudad de cusco o siempre tengo que demandar en el lugar donde se dicto la sentencia de alimentos? cabe aclarar que mi papa vive en una provincia de cusco.

    • Lily dice:

      Si usted ya tiene una sentencia que le otorga alimentos, el aumento de la pensión debe pedirlo en el mismo expediente.
      Si se trata de una demanda diferente, usted puede demandar ante el juez de su domicilio o el del demandado

  101. jose dice:

    Hola doctora Lily, dos consultas, mi ex pareja me ha demandado , la sentencia le ha salido el 20% por todo concepto de mis haberes, yo gano 3000 mil soles pero en su boleta solo aparece que le dan 1300 soles neto, porque interbank me descuenta por un prestamo…quiero saber si ese 20% es sobre el total es decir 3000 mil soles o solamente sobre los 1300 soles que es lo que me queda neto cada mes, gracias de antemano

    • Lily dice:

      Dependerá de lo que diga la sentencia, si es sobre el total de los haberes, sobre el neto, etc.
      Entendería que es sobre el monto después de los descuentos de ley (impuestos, Afp, Essalud, EPS, etc.) y antes del descuento del préstamos.

  102. Kathia dice:

    Hola!
    Me gustaría saber si con los cambios que ha tenido el juicio de alimentos, en el caso de que la persona demandada y aún siendo mayor de edad no responda a pago; es posible que terceros, como en el caso de los padres se hagan responsable de estos pagos?

    • Lily dice:

      Bajo la ley peruana, sería posible en caso de pobreza del obligado principal, pero debe seguir un proceso contra los abuelos, según el artículo 479 del Código Civil que señala:

      Obligación de alimentos entre ascendientes y descendientes

      Artículo 479.- Entre los ascendientes y los descendientes, la obligación de darse alimentos pasa por causa de pobreza del que debe prestarlos al obligado que le sigue.

  103. Nilda dice:

    El padre de mi menor hija de 8 años renuncio a su trabajo el estaba en planilla y le hacían la retención que ordeno el juez y me depositaba mensualmente igualmente las gratificaciones y el cts; pero un dia me dice que renuncio a estar en planilla y paso en el mismo centro de trabajo a recibos por honorario 4ta categoria, en beneficio suyo y o en beneficio de mi menor hija desde ahí empezaron los problemas me deposita cuando quiera mi hija no tiene seguro sabiendo que es una niña asmática, el trabajo durante 8 años y solo recibí de liquidación S/.120.00 soles.
    Que puedo hacer la empresa también se presto para hacer esta jugada.

    • Lily dice:

      Debe revisarse la sentencia, si el mandato es sobre cualquier ingreso que reciba el demandado, puede solicitar que la empresa retenga el pago y se lo abone a usted directamente.

  104. Monica dice:

    Doctora dígame las personas que trabajan en cuarta categoría en una empresa si se les puede embargar por pensión de alimentos previa resolucion del juez.

    Gracias por su respuesta

  105. Beatriz dice:

    Buenas tarde y gracias de antemano. ..
    Mi consulta es la siguiente el papa de mi hija renuncio hace unos días a su trabajo. .. conversando con una amiga me comenta que si yo no envié ninguna medida cautelar para que se le descuenten también de la liquidacion mi hija no recibe nada. Eso eso cierto? .. que puedo hacer en este caso?

    • Lily dice:

      Dependerá de lo que diga la resolución del juez y si se ha notificado al empleador para que retenga el porcentaje de lo que reciba el padre

  106. Beatriz dice:

    La demanda de alimentos el ya la tiene siempre me depositaron en una cuenta del banco de la nacion pero ahora quiero saber si a su liquidacion también. Le corresponde descuento. En la sentencia dice 30% mensual por todo concepto incluyendo gratificaciones, utilidades, incentivos y demás beneficios.

    • Lily dice:

      Si la sentencia dice por todo concepto, incluye cualquier pago.
      Si se ha notificado al empleador para que retenga el 30%, está obligado a descontar ese porcentaje para entregárselo a usted

  107. PAMELA dice:

    DRA. AMI ME DEBEN CASI 800 SOLES POR UN MONTO DE CERVEZA QUE SE LE DIO A CONSECION PERO HICIMOS UN ACTA DE COCILIACION DONDE NO CANCELA HASTA LA ACTUALIADA 2016

  108. Carlos dice:

    Buenas, mi consulta es la siguiente, actualmente no tengo trabajo, tengo que pasar una pension elevada puesto que cuando concilie quedamos en ese monto porque tenia un buen trabajo, ahora ya no, tuve problemas con los pagos y se me llegaron liquidaciones, las cuales pague, ahora ya se me viene otra y no tengo de donde pagarla, mi consulta es si esa liquidación se puede reducir y si se puede reducir la pension desde ya, porque se sigue acumulando con ese monto y es demasiado…
    Gracias!

  109. Laura dice:

    Buenas tardes, soy gestante y quisiera saber si puedo hacer una conciliacion de alimentos antes de que el bebe nazca, cuento con un reconocimiento de paternidad sellado por un notario. Además que ambos (padre y madre) estamos de acuerdo en hacer una conciliacion.

    • Lily dice:

      El requisito para demandar y por lo tanto para solicitar una conciliación por alimentos, será contar con la partida de nacimiento del menor, pues los alimentos son para el hijo a partir de su nacimiento.

      Sugiero firmar una transacción extrajudicial con firmas legalizadas notarialmente, en la que consten los acuerdos para evitar un procedimiento judicial en el futuro. En caso de incumplimiento, la transacción se ejecuta en la misma forma que un acta de conciliación.
      Para mayor información sobre los requisitos, puede solicitarnos una consulta a consultas@servicioslegales.pe

  110. Luis dice:

    Doctora, de que depende que las utilidades entren o no en un juicio de alimentos?

  111. Miriam dice:

    Doctora, una consulta el padre de mi hija gana 12, 000 soles en su institución por tener un cargo, sin embargo a mi menor hija se le pasa una pensión por alimentos de un 15% por su remuneración dice docente que son 800 soles, porque así lo dice la sentencia y no por el cargo que ocupa en la misma institución en este caso en una universidad, para eso dicta clases solo unas horas aparte del cargo que tiene. ¿Cuál sería el procedimiento más viable para reclamar el derecho de mi hija ? Y el cargo es por 5 años.

    • Lily dice:

      En un juicio de alimentos, usted puede ofrecer como prueba el informe del Centro de Trabajo sobre la situación laboral del padre, para que el porcentaje sea sobre el íntegro de los ingresos.

  112. david ruiz dice:

    Dra. buenos días ,sabe llevo casado 16 años , no cuento con un salario exorbitante pero aun así e podido darle a mis hijos lo que necesitan se encuentran en un colegio particular pero la relación con mi esposa se ha vuelto desastrosa por ambos bandos así que optamos por separarnos , mi Sra. solo es de casa digo así porque es eso solo de casa , si atiende a mis hijos es realmente porque le exijo hasta para llevarlos a seguro debo ser yo quien saque cita porque según ella no le da tiempo , mi consulta es : la ley da a las madres todo el derecho a tener a sus hijos así no estén pendientes de ellos comenzando con la forma de vivir y como vivir , no solo es darles de comer y enviarlos al colegio , que puedo hacer para no dejar que eso siga ocurriendo ahora que no estaré con ellos, mis hijos son jóvenes Y se que también la educación viene de casa he optado por darle el 60% de mi sueldo esa cantidad esta bien? y leyendo las consultas anteriores ambos padres no deben aportar para el beneficio de sus hijos ? estando ambos sin ningún impedimento físico ni mental? o solo decir que esta con los hijos es suficiente para estar impedida a aportar en su bienestar?

    • Lily dice:

      La custodia de los hijos se otorga, considerando el interés del menor. Para que la madre no continúe con la custodia, deberá contar con pruebas que pongan en evidencia el descuido o peligro en el que se encuentran los menores. En el caso de los dos mayores, el Juez les consultará su opinión.
      La pensión de alimentos se fija en función de las posibilidades económicas de ambos padres, usted podrá alegar que la madre se encuentra en aptitud de trabajar pero el Juez considerará si los hijos son pequeños, etc.

  113. merly dice:

    Dra buenas, quería hacerle la siguiente pregunta cuales son los requisitos para que dejen de descontar a una persona la pensión alimenticia, ya que por mutuo acuerdo quedaron q le pasara el papa directamente a la mama a su numero de cuenta, lo que me dijo el abogado es que la única solución es demostrar que ellos volvieron y solo así se podrá anular la el descuento por planilla, y cuales son las desventajas de este proceso si yo llegue a una acuerdo con mi ex pareja para que ya no le descuente por planilla pero tampoco quiero volver con el solo que ahora nos llevamos bien y de alguna manera ya no quiero hacerle daño porque se que el es responsable y le pasara a mi hija su pensión como lo promete pero no hay otra forma de hacer que ya no le descuentes por planilla doctorcita por favor espero su respuesta

    • Lily dice:

      Debe establecerse cual es el origen de la retención.
      Si fue un acta de conciliación, debe convocarse a otra conciliación y acordar dejar sin efecto la retención.
      Si fue una orden judicial, debe solicitarse al juez que ordenen dejarla sin efecto.
      Para mayor información, puede solicitarnos una consulta para su caso particular a consultas@servicioslegales.pe

  114. Jenny rodriguez dice:

    Buenas noches esta consulta es para mi hermano…el tiene una hija de cuatro años la cual no conoce pero la madre le ha puesto una denuncia por pension de alimentos la cual quiere el 20 por ciento de su sueldo ,gratificaciones etc. Y el 50 porciento de sus beneficios sociales y CTS…. pero a la vez el tiene una hija de3 años la cual el mantiene porque esta a cargo y separado de su actual pareja….quisiera saber que tanto es verdad en cuanto a la pension k recibiria la madre de su primera hija….que por cierto no sabemos si es su hija porque nunca se llevo acabo la prueba de ADN cuando fue a pedirlo le negaron eso y dieron como sentencia k es su hija….bueno eso no lo importante pero es parte de la historia… porque el aceptado darle la pension pero kiere saber que es lo k le corresponde…graciad espero su ayuda.

  115. Rosa maria dice:

    Buenas noches tengo un hijo de 3 años la relación con el padre siempre fue complicada sólo convivi con el padre y la familia de el 3 meses luego de esto me separe por completo el gana 3 mil soles y solo me pasa 850 que es para mitad del colegio ropa y comida. El paga seguro pero citas y medicina yo lo tengo que cubrirán aunque yo no trabajo por problemas de salud aún así lo cubro. El amenaza que tengo que enseñarle lo que compro si no me quitara plata y para las vacaciones de colegio el se quedará con la plata del colegio porque como son vacaciones y el bebe no estudiará. Mi pregunta es es necesario hacerle conciliación o juvcio ya que cada que le pido algo para el bebé dice no tener plata sabiendo que si la tiene.

  116. Alexander dice:

    Buenas noches, mi caso es el siguiente. Vivo en otro pais y tengo tres hijos en peru, dos con mi primera pareja y uno con la segunda pareja la cual es mi actual esposa. siempre respondo por mis hijos y les envio dinero para sus gastos y en ocasiones les envio dinero extra que me piden, tengo todos los recibo de deposito guardados, paso 842,125 a mis hijos mayores mensualmente como ya lo dije, ademas de lo que le paso a mi esposa e hijo menor. el asunto es que quieren demandarme por que segun la madre de mis hijos no le doy nada para ellos. Ella me demandara en el consulado peruano para iniciarme un juicio por alimentacion, pero yo tengo los recibos de deposito que realizo fielmente mes a mes. que puedo hacer en este caso? procede la demanda? puedo salir del pais estando demandado? la puedo demandar a ella por daño al buen nombre o algo similar? gracias por su respuesta.

    • Lily dice:

      La demanda se interpone ante un juez; el Consulado solo tramita la notificación mediante un exhorto.
      Si se interpone la demanda usted puede contestarla acreditando que viene cumpliendo con la pensión alimenticia.
      Usted puede salir del país extranjero mientras se tramita el juicio.
      Si la demanda es maliciosa, una vez que concluya el juicio, usted podría ejercitar alguna acción.
      Para mayor información puede solicitar una cita particular vía Skype o teléfono o correo a consultas@servicioslegales.pe

  117. karen dice:

    Buenos días Dra. hice una conciliación con el padre de mi hijo menor de 7 años, puedo volver a solicitar un juicio de alimentos?

  118. Miguel dice:

    Muy buenas noches Dra. mi consulta es la siguiente, Yo estoy casado con la madre de mi hijo quien tiene la patria potestad y le paso 400 soles de pensión pero me dice que no le alcanza (muy aparte pago su colegio y vestimenta) y que debo pagarle a su madre por cuidar a mi hijo..
    Ella trabaja ocasionalmente y estudia ..
    Mi pregunta es la siguiente, estoy obligado a pagarle a ella o a su madre el cuidado de mi hijo muy aparte de su pension?

    • Lily dice:

      La pensión alimenticia se establece según las posibilidades económicas del padre y la madre. así como de las necesidades del hijo
      Si el niño está en edad escolar, la madre pueda contribuir económicamente

  119. Ruben Cuadros dice:

    Buenas tardes, mi hija ya cumplió 18 años y lo que quisiera es que ella reciba la pensión por alimentos que me descuentan judicialmente y no su madre. Como debo proceder.
    De antemano gracias por su rpta.

    • Lily dice:

      Lamento la demora en contestar.
      Si la pensión la abona por mandato judicial, debe solicitar al Juez que su hija sea la beneficiaria en lugar de la madre
      Para mayor información puede solicitarnos una cita al 965775681

  120. Maria dice:

    Buenas tardes, tengo 2 hijas menores de 12 años y de 16(niña con sindrome de Down), le interpuse una demanda de alimentos al padre de mis hijas y obtuve un 30%. mi consulta es que yo solo puedo trabajar x horas ya q mi niña de 16 años regresa del colegio temprano y tengo que atenderla. yo aparte me dedico a las labores de la casa. En 4 años mi niña de 16 años termina el colegio especial y sera dificil trabajar. Puedo solicitar alguna pension para mi ya que no podre sustentar todos los gastos por dedicarme a ella, ya q mi otra hija cursara normalmente estudios en su colegio. gracias

    • Lily dice:

      La pensión sería para su hija, ya que es incapaz de sostenerse. El juez determinará la pensión según las posibilidades de ambos padres; ud. podrá acreditar las limitaciones por la obligación de cuidar a su hija con Síndrome de Down.

  121. Meily dice:

    Tengo 3 niños y estoy gestando otro el padre de ellos es el mismo trabaja estable cuanto le correspondería a mis niños.

    • Lily dice:

      Bajo la ley peruana, los alimentos se fijan en función de las posibilidades económicas de ambos padres y las necesidades de los hijos.
      El monto dependerá si el padre tiene otras obligaciones alimentarias , de los ingresos y obligaciones alimentarias de la madre, así como las necesidades de los hijos

  122. Zaidi dice:

    Buenas noches , doctora mi consulta es; tengo una hija de 3 años me separe de mi conviviente cuando ella tenia 6 meses de nacida hicimos una conciliacion que solo tenia valides hasta cuando ella cumpliera un año , ahora que ya tiene tres años tengo que hare otra conciliacion como haria para que mi niña acceda a los beneficiones 1ue recibe su papá como las utilidades gratificaciones entre otros porque el solo le pasaba la pension .gracias.

    • Lily dice:

      Puede solicitar una nueva conciliación para el aumento de pensión alimenticia, que esta vez sea un porcentaje del íntegro de ingresos que perciba el padre, incluyendo utilidades, gratificaciones, bonos, etc.
      De no haber acuerdo, podría solicitarlo judicialmente.

  123. Robert dice:

    Buenas doctora una consulta si la mama de mi hijo me pide el 60% de mi sueldo eso quiere decir que cubre su alimentacion, tambien el pago mensual del colegio, su ropa que le compraba, si se enferma tambien subre todo.
    y mi otra pregunta es si percibo gratificacion y CTS tambien tengo que pagarle el 60% si percibo eso para mi hijo o eso no
    espero su respuesta. gracias.

    • Lily dice:

      Estimado Robert
      Se entiende que los alimentos incluyen todos los gastos necesarios para la subsistencia, educación y recreación de un menor.
      La resolución, conciliación, transacción y cualquier otra forma de conclusión de una disputa o acuerdo, debe precisar el monto de la pensión y los conceptos que incluye.
      El 60% que usted indica fue fijado por acuerdo o resolución? Debe remitirse a lo establecido para determinar si el porcentaje se aplica a los beneficios mencionados.

      Para mayor información para su caso concreto, podemos atenderlo en una consulta particular por videollamada

  124. Lilian dice:

    Una consulta si mi hija es la mayor de 3 hnos. Ella entra a la universidad. Su padre gana 3000 soles segun dice. Le deposita 500 mensuales. Quiero que me aumente a 700 porque los gastos en estudio superior es mayor, pero el no quiere aumentar. Es viable mi peticion de aumento???

    • Lily dice:

      Los alimentos se determinan en función de dos criterios:
      – la necesidad del menor de edad
      – la posibilidad del padre, que dependerá de cuantas otras cargas de familia tiene.
      Si no hay acuerdo, puede solicitar una conciliación ante una DEMUNA para facilitar un acuerdo entre las partes.
      Si tampoco hay acuerdo, puede iniciar una demanda judicial sobre un porcentaje de los ingresos del padre.
      Los alimentos se extinguen con la mayoría de edad, pero puede solicitarse que continúen si la hija sigue con éxito estudios

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