¿Quienes tienen derecho a una herencia?
Desde el momento del fallecimiento de una persona, automáticamente sus derechos y acciones se transfieren a sus sucesores o herederos, los que serán declarados mediante una sucesión intestada ( antes conocida como declaratoria de herederos ) o en un testamento.
A continuación, algunos ejemplos para ilustrar algunos casos de herencias:
– W fallece soltero y sin hijos: Los herederos son los ascendientes, es decir sus padres.
– X fallece casado y sin hijos: Los herederos son los ascendientes y el/la cónyuge.
– Y fallece casado y con hijo(s): Los herederos son el/la cónyuge junto con el/los hijo(s).
– Z fallece soltero y con hijo(s): La herencia corresponde exclusivamente a el o los hijos
Si el causante fallece sin testamento, se debe tramitar la Sucesión intestada, una declaración que hace el Juez o el Notario nombrando a los herederos.
La página web de la Notaría Espinoza Garreta, contiene información sobre quienes pueden solicitar la Sucesión intestada, sus requisitos y procedimiento notarial.
Los herederos pueden haber sido instituídos por el propio causante (persona fallecida), mediante un testamento. El testamento puede ser otorgado en el Perú o en las oficinas consulares de nuestro país en el extranjero, en cuyo caso el Cónsul actúa bajo las funciones notariales.
En nuestro próximo blog trataremos el tema de los testamentos y el tercio de libre disposición.
¿Tienes algún problema de herencia? ¿ Quieres evitar que tus herederos tengan conflictos en el futuro y deseas otorgar un testamento?
Comunícate con nosotros a lyamamoto@servicioslegales.pe
mi padre falleció en el mes de Febrero del año 2011, ha dejado herencias de terreno en Pilcomayo,Concepción y Lima. somos dos hermanos de padre y madre,pero las herencias se han quedado en poder de mi madrasta y mis hermanos de padre. sé que me corresponde,pero no hago los trámites,para evitar los lios con mis hermanos
Estimado Roonel: Lo felicito por su alturada posición, dándole prioridad a la armonía frente a lo material.
Sólo podría añadir, que tarde o temprano, las firmas de los demás herederos serán necesarias, para vender dichos terrenos.
Quizás sería conveniente averiguar en la Oficina de Registros Públicos del último domicilio de su padre, si existe un testamento otorgado por él o una sucesión intestada; en ambos casos, usted y su hermano deben figurar como herederos.
Atentamente,
Lily Yamamoto
hola tengo una consulta……mi partida de nacimiento es repuesta, porque la original la quemaron…y cuando mi papa fallecio fui a una notaria para hacer mi sucesion intestada y me dijero que yo no podia heredar, por ese motivo porque mi partida era repuesta…es eso cierto? o que solución me pueden dar?…pronta por favor…..gracias por adelantado
Si la reconstrucción de la partida es autorizada por la municipalidad debería tener los mismos efectos que la original.
GRACIAS POR CONTESTARME….TENGO OTRA CONSULTA, COMO HAGO PARA FORULAR MI SOLICITUD EN CASO DE MI HERMANO QUE ES SORDO MUDO Y TIEN UN POCO DE RETARDO , ADEMAS QUE ES MEDIO HERMANO MIO Y NUESTRA HERENCIA ES UN SEGURO PORQUE MI PADRE FALLECIO EN EL TRABAJO, QUE HAGO PORQUE ME DIJERON QUE MI HERMANO NO PODRA COBRAR QUE DEBO HACER….UNA VEZ MAS GRACIAS Y QUE DIOS LA BENDIGA
dentro de un proceso de petioicn de herencia en el que ya se le reconocio el derecho a los herederos, pero el bien se encuentra en actual posesion de uno de ellos al cual se le remato su cuota parte como condena al pago de frutos civilies percibidos dentro de un ejecutivo llevado en el mismo proceso (osea q este ya no propiedad o derecho alguno sobre el inmueble), pueden los herederos y actules duef1os del bien pedir dentro de este mismo proceso al juez q le haga entrega material del inmueble oredenando al actual posedor a su desalojo?.. gracias por la atencion y colaboracion q se me preste!!
Lamentablemente, en este caso no es posible darle una respuesta genérica. Existiendo un proceso judicial en trámite, dependerá de los extremos de las sentencias.
hola en verdad tengo muchas dudas espero que me las pueda aclarar.
1-) hace seis año fallece mi abuelita que es casada con mi abuelo, pero tienen juntos que se compro dentro del matrimonio,pero al morir mi abuelita no dejo un testamento, son tres hermanos y el abuelo que vive en la casa(tiene dos pisos techados) ya mas de 20 años .
lo que sucede es que el abuelo se apropio de la casa dicendo que es suya y hasta que el muera no se puede dividir la casa ni el hacer la reparticion ahora, por el contrario nos amenaza con votarnos, o vender la casa en cualquier momento.
yo se que cuando murio la abuela esta ya debio de dividirse y que cada uno de los le coresponde algo pero el dice que se ha informado y que el es el dueño y el decide como puedo hacer con este inconveniente .
Respuesta:
Al fallecimiento de su abuela, su 50% sobre el inmueble se divide entre el viudo y sus hijos. Todos tienen derecho sobre el inmueble, según sus porcentajes.
Su abuelo puede vender su porcentaje, pero para hacerlo sobre toda la casa, requiere la firma de los demás coherederos
fallece el padre y la madre de 4 hijos y dejaron dos bienes, uno de los hijos era casado pero no tenia descendencia. los 3 hermanos se dividieron los bienes sin considerarla a la esposa del difunto esto correcto en nuestra legislación ecuatoriana. Denos la base legal que sustenta este actuar gracias
Solo ofrecemos orientación en casos bajo la ley peruana. Sugiero contactar a un abogado en su país
Mi abuelo falleció hace más de 25 años y dejó a su mujer sus pertenencias (casa), él tenia un hijo y ambos tuvieron en común a mi madre. Falleció también mi tio lejano y mi madre, somos 6 nietos por lo tanto los supuestos herederos pero solo 3 vemos y cuidamos a mi abuela, de los otros 3 no sabemos nosotros ni mi abuela nada desde hace 20 años al menos; sinceramente si hay 6 euros «a repartir» el dia de máñana, no quisiera darles ni uno a los 3 desaparecidos. ¿Que mecanismos legales hay para defender esta postura si es que algún dia se enteran de que mi abuela fallece (si es que llega el caso) ?
Para excluir a un heredero de la herencia, debe de tramitarse un procedimiento judicial y por causales específicas: una de ellas es la de negarse a prestar alimentos al causante (en su caso, la abuela), lo que requiere de pruebas y un juicio largo. Otras causales, son más extremas como el atentado contra la vida del causante.
Mientras su abuela se encuentre en el pleno uso de sus facultades mentales, puede celebrar actos y contratos sobre sus bienes, por ejemplo vender, hipotecar, etc.
Buenas tardes :
Buenas TArdes:
Mi padre falleció hace casi dos años y hasta el momento no hemos realizado la sucesion intestada, Nosotros somos 6 hijos y mi madre ( la esposa del fallecido)
Queria consultarle, quien es la persona idonea en presentar la solicitud de sucesion intestada, la esposa o cualquiera de los hijos.
Quisiera saber cual es el porcentaje que corresponde a cada hijo y la esposa. Adicionalmente quiero mencionarle que solo es una propiedad ( una casa ).
Quiero decirle ademas que antes que falleciera mi padre, cuando estaba vivo mi padre. Mi padre y mi madre me dieron autorizacion para que construyera en mi 2do piso, pero lamentablemente no hay nada escrito al poco tiempo mi padre fallecio. como podria hacer para poder salvaguardar ese espacio que construi con mi esfuerzo, mi madre aun esta viva, ella quiere firmarme un documento, no se si se podra o si tendrá validez en un futuro, ya que mis hermanos tambien conocen el tema al respecto. Que puedo Hacer.
Gracias
Rosa
Estimada Rosa:
El artículo 830 del Código Procesal Civil, establece que cualquier interesado puede solicitar la Sucesión intestada.
Si la casa es un bien conyugal (puede ver mi blog sobre el tema, enlace abajo), lo que corresponde a su padre es el 50%, el otro 50 % le pertenece a su madre.
El 50% de su padre se divide en partes iguales entre todos los herederos, en su caso entre 7 personas (6 hijos y la esposa). Es decir, a cada hijo le corresponde 7.14% y también para su madre, que sumado a su 50%, reunirá el 57.14%
En cuanto a la construcción del segundo piso, se debe tramitar:
– Sucesión intestada, para declarar quienes son los herederos con derechos sobre el inmueble
– Que los herederos declarados le transfieran/reconozcan los aires del inmueble, en Escritura Pública.
Espero que la información sea de utilidad
http://servicioslegales.pe/blog/2012/06/herencia-sobre-bienes-comunes-conyugales
Buenos días, una consulta mis padres quieren dejarme el primer piso de casa (que es la parte construida) y dejarle los aires a mis dos hermanos, quisiera saber si es posible que ellos me hagan una compra venta del primer piso.
Gracias por su respuesta
Sus padres sé pueden venderle una parte de la propiedad.
Hola, mi tío falleció en Brasil, no dejá testamento y tiene bienes registrados en Arequipa. No tiene mujer, ascendentes ni descendientes, yo tengo el mejor derecho para heredar de él. Sin embargo fui a una notaría y me dijeron que no pueden atenderme. Quien es competente para ver este caso?
Según el art. 2100 del Código Civil Peruano, la sucesión se rige por la ley del último domicilio del causante, es decir por la de Brasil.
La autoridad competente será la que determinen las normas del Brasil. Esa declaración será ejecutable en el Perú, donde se encuentran los bienes.
Buenos Dias, el dia 11/09/2012 hice una consulta, muchas gracias por su respuesta. Ahora tengo la siguiente interrogante: Para tramitar la sucesion intestada, mi madre tiene que tener su dni como viuda? ya que su DNI aun figura como casada, es necesario ?? ademas los apellidos de mis hermanos estan errados pero de la parte materna, habra algun problema al respecto???… Una vez tramitada la sucesion intestada, mi madre heredará el 50 % + 7.14% del bien inmueble ( esposa y 6 hijos). La parte que le corresponda mi madre lo puede vender o dar como herencia a uno de sus hijos que esta a su cuidado, ya que ella tiene 75 años ( ella cuenta con buena salud), cual seria el tramite para la venta del porcentaje que le corresponde, ante una notaria o judicialmente.
Gracias
El estado civil de su madre como casada, no es problema.
Lo de los apellidos de los herederos debe tramitarse la rectificación de partidas previamente.
Una vez expedida la declaratoria de herederos, se debe hacer una División y Partición para hacer las transferencias de los derechos y acciones, mediante un contrato privado (que redacta un abogado) y Escritura Pública (Notaría), si todos son mayores de edad y en pleno ejercicio de sus facultades mentales, en caso contrario debe ser judicial.
Estimados, En el año 2003 mis suegros nos vendieron a mi esposo y a mi una parte de los aires de su casa (mis suegros son los propietarios), los tramites se hicieron en una notaria y la propiedad está inscrita a mi nombre y de mi esposo en registros públicos. Mis suegros antes de casarse cada uno tuvo un hijo, y ya casados tuvieron 6 hijos (uno de ellos es mi esposo). Mi pregunta es la siguiente, si uno de mis suegros fallece o los dos fallecen, ¿alguno o todos los demás hijos pueden anular el contrato y quitarme mi propiedad? Espero su respuesta.
Saludos
Podrían demandar la nulidad si el contrato adoleciera de alguna causal de nulidad o anulabilidad, por ejemplo si los vendedores estaban privados de discernimiento o en contra de su voluntad, etc.
Atentamente,
Lily Yamamoto
Estimada Lily, en el momento del contrato mis suegros estaban y están en uso de todas sus facultades mentales. ¿Es fácil probar alguna causal de nulidad o anulidad? De ser así, ¿qué puedo hacer para proteger mi propiedad antes de tener problemas?
Gracias por tu atención,
Carmen
Estimada Lily,
Mi estado civil es divorciada, sin hijos, tengo mi madre de 88 años, quien poseÃa una casa de la que hizo una venta ficticia, favoreciendo a mi hermano y su familia. Yo cuento con mi trabajo y producto del mismo he podido comprar un departamento, tengo mi auto y cuento con un seguro vida ley que directamente favorecerá a mi madre, sin embargo, no quiero que suceda lo mismo con cualquier otro bien que pueda poseer, dado que mi madre se deja influenciar mucho por mi hermano y es él quien finalmente resultaría beneficiado. No siempre los hermanos podemos comprendernos, desde hace varios años no cruzamos palabra y a pesar que yo lo he ayudado económicamente, incluso en formar una empresa de la cual finalmente se adueña, sería injusto que suceda lo mismo al momento de mi muerte, cuando realmente me gustaría poder favorecer a cualquier otra persona que no necesariamente tenga que ser un familiar, estoy pensando en una institución por ejemplo.
Estimada Anairda:
Si una persona no tiene descendientes y/o cónyuge, puede disponer por testamento hasta de un tercio de sus bienes a favor de quien no es su heredero (pariente, amigo o institución). Los dos tercios restantes son para los herederos forzosos, mencionados anteriormente.
Si la persona sólo tiene ascendientes, puede disponer de la mitad de sus bienes, la otra mitad es para los ascendientes.
Si una persona no tiene herederos forzosos, es decir ni descendientes, ni cónyuge, ni ascendientes, puede disponer de la totalidad de sus bienes, mediante un testamento, a favor de un tercero o una institución.
Si la persona no otorga testamento, los hermanos heredarán los bienes.
Atentamente,
Lily
Estimada Lily
Mi madre tiene 79 años , me quiere dar los aires de su casa, de la cual lo teche y levante algunas paredes ,somos 5 hermanos, mi mama me quiere dar los aires pero quiere hacerlo con documentos quisiera saber que tramite debo hacer porque quiero levantar el segundo piso ,es conveniente que me de los aires como venta o como donacion ,adonde tengo que ir al notario? quisiera por favor que me oriente sobre que tramite tengo que hacer, y a donde debo ir estare esperando su respuesta.
Gracias
Patricia
Estimada Patricia:
La propiedad de su madre está registrada en la Superintendencia de Registros Públicos? En ese caso se requieren los datos de inscripción registral, para redactar los documentos de la transferencia. La venta o donación deberá ser inscrita en el Registro Público, para que surta efectos frente a terceros.
La construcción debe hacerse con licencia municipal para evitar multas y demoliciones.
Mediante la compra venta se transfiere una propiedad a cambio del pago del precio acordado.
La donación procede si el valor no es mayor al tercio del patrimonio de su madre. En caso el valor fuese mayor al tercio, sus hermanos podrian impugnar la transferencia.
Esta información es proporcionada como orientación de carácter general, en base a los hechos descritos en la consulta, sin tener a la vista los documentos pertinentes.
Necesito saber cual es el porcentaje de la herencia que le corresponde a la viuda con 2 hijos.
Muchas Gracias.
Estimada Myrtha:
Dependerá si se trata de bienes comunes o propios, si el el marido dejá testamento disponiendo del tercio de libre disposicián o no.
En el enlace siguiente tratamos el tema, si se trata de bienes comunes.
http://servicioslegales.pe/blog/2012/06/herencia-sobre-bienes-comunes-conyugales/#more-229
HOLA DESEO HACER LA SUCECION INTESTADA DE MICASA YA QUE MIS PADRES FALLECIERON Y YO SIEMPRE LOS HE APOYADO ECONOMICAMENTE INCLUYENDO A MIS HERMANOS PERO ELLOS NO QUIEREN HACER LA SUCECION POR QUE COMO YO HE CONSTRUIDO TRES PISOS EN LA PARTE QUE ME DIO MI MAMA PERO DE BOCA Y TODOS ESTUVIERON DE ACUERDO Y COMO SABEN QUE MAS ADELANTE VOY A VIAJAR AL EXTRANJERO TIENEN INTERESES DE AGARRARSE LA CASA Y TODA MI INVERSION. SOMOS 7 HERMANOS UNO DE ELLOS ESTA EN ESPAÑA TAMPOCO QUIERE MANDAR UNA CARTA PODER PARA QUE OBTENGA SU PARTE Y YO PODER INICIAR LA SUCECION ESO ES EL PRETEXTO TAMBIEN DE MIS HERMANOS PARA NO HACER LA SUCECION ELLOS NO QUIEREN PAGAR LOS ARBITRIOS NI LOS PREDIOS NI DAR UN SOL PARA LA SUCECION YA LES HE DICHO QUE ESO LO PAGARE YO APESAR QUE TENGO 4 HIJOS PEQUEÑOS QUE MANTENER.NI ASI QUIEREN HACER LA SUCECION NO SE QUE HACER TEMO PERDER TODO LOS AHORROS DE MI VIDA.
Estimada Mónica:
La Sucesión intestada se hace respecto de la persona fallecida, para declarar a sus herederos, no sobre los bienes de la herencia.
Cualquier persona, alegando legítimo interés, puede solicitar a un Juez o a un Notario, que declare a los herederos mediante la Sucesión intestada. Usted la podría solicitar, sin necesidad de poder de sus hermanos, solo tendría que presentar las partidas de nacimiento de los herederos y las de defunción de sus padres.
Una vez que se expide la Sucesión intestada, se sabe quienes tienen derecho a la herencia. Los herederos pueden hacer división y partición de los bienes, por acuerdo privado o en la vía judicial, para esta etapa sé se requiere poder por escritura pública.
¿Tiene documentos en los que conste su contribución sobre la casa? Con pruebas, puede reclamar que se reconozca su derecho sobre el inmueble o lograr que sus hermanos firmen documentos reconociendo su aporte.
Esta información es de carácter general y no constituye una opinión legal para el caso concreto, que sólo podrá hacerse con los documentos del caso.
SOMOS 2 HERMANOS Y TENGO 20 AÑOS VIVIENDO EN LA CASA DONDE VIVIERON MIS PADRES, HOY FALLECIDOS, Y MI HERMANO TIENE SU PROPIA CASA QUE LO ADQUIRIÓ CON SUS RECURSOS PROPIOS Y HOY QUIERE DESALOJARME DE LA CASA EN DONDE YO ASUMO TODOS LOS GASTOS, QUE PUEDO HACER PARA NO DEJARME DESALOJAR.
Si la casa es de copropiedad de usted y su hermano, no pueden desalojarlo. Se sugiere tramitar las sucesiones intestadas para que la propiedad aparezca a nombre de ambos herederos, que tendrán los derechos y obligaciones sobre el inmueble
MI PADRE FALLECIO Y NECESITAMOS HACER LA SUCESION INTESTADA, SOMOS 4
HERMANOS HAY OTROS HIJO DE MI PADRE FUERA DEL MATRIMONIO , EL PODRIA IMPUGNARLA DESPUES DE REALIZADA.
TENGO CONSTRUIDO EN TERCER PISO DE MI CASA COMO HAGO PARA QUE PASARA A MI NOMBRE, MI MADRE PUEDE FIRMAR ALGUN DOCUMENTO ANTES
FALLECER PARA QUE PASE A MI NOMBRE DADO QUE TODA LA CONSTRUCCION DE
ESE PISO LA HICE YO. O TENGO QUE ESPERAR Q FALLEZCA .
Estimada Rossina:
El heredero excluído podrá iniciar las acciones judiciales para reclamar sus derechos.
Mi sugerencia es tramitar la Sucesión intestada reconociendo los derechos de todos los herederos conforme lo establece la ley, se ahorrará tiempo y dinero.
En cuanto al reconocimiento de una parte de un inmueble de su propiedad, si hay acuerdo con los demás copropietarios, se puede hacer el reconocimiento en mediante contrato privado; si no lo hay puede iniciarse una acción judicial debiendo probarse el financiamiento proveniente de su patrimonio.
Esta información es brindada como orientación general, sin tener a la vista los documentos del caso, cuyo análisis es necesario para una asesoría específica y concreta al caso.
Atentamente,
Lily
Hola, gracias por tu respuesta.
Estamos en el trámite de sucesión intestada.
Nos dicen que tomará un tiempo, hay que corregir algunos nombres.
Mientras, hay un bien que se alquila y hay ingresos.
Los herederos, los hijos, podemos distribuir ese efectivo?
Estimada Gladys:
DependerÁ si existen deudas que pagar.
De no existir deudas del causante, deben abonarse los gastos de mantenimiento de la propiead y repartir la diferencia de acuerdo a la participación de cada uno
Esta información es brindada como orientación general, sin tener a la vista los documentos del caso, cuyo análisis es necesario para una asesoría específica y concreta al caso.
Atentamente,
Lily
1.- Mi padre falleció el año 2011 , dejando viuda e hijos , así como bienes adquiridos en el matrimonio , la viuda mi madre puede proceder a vender bienes si haber realizado sucesión intestada
2.- he adquirido un inmueble con mi madre,solo se tiene el contrato de compra venta, este bien se tiene que declara en sucesión intestada o se puede realizar la elevación a escritura y registros por separado
Si se trata de bienes muebles o no registrados, podría hacerlo si hay acuerdo de los herederos y repartir el precio en las proporciones correspondientes.
Si se tratara de un bien registrado como un auto, acciones, inmuebles, etc. se deberá contar con la Sucesión Intestada para establecer quienes tienen derecho sobre los bienes.
Sobre la segunda pregunta, no la entiendo.
Si Ud. y su madre compraron un inmueble, después del fallecimiento de su padre, se trata de una copropiedad entre Ud. y su madre. La Sucesión de su padre es irrelevante en este contrato.
Esta información es brindada como orientación general, sin tener a la vista los documentos del caso, cuyo análisis es necesario para una asesoría específica y concreta al caso.
Atentamente,
Lily
MI SUEGRA LE DEJO A MI ESPOSO UN DOCUMENTO DE COMPRA Y VENTA DE UN TERRENO QUE ELLA LE DIO A SU HIJO DE 81 M2 ESTO FUE EN EL AÑO 1998, EL AUN ERA SOLTERO, ELLA FALLECE EN EL AÑO 2004 Y AUN QUEDABAN DOS HIJAS POR DARLE SU PARTE UNA DE ELLAS ES ENFERMITA MENTAL Y LA OTRA ES CASADA Y DESDE QUE MI SUEGRA MURIO ELLA SE METIO ALA CASA DE MI SUEGRA Y SE HIZO DUEÑA DEL LUGAR E INCLUSO LA SACO A LA HERMANA ENFERMITA A LA CASA DE SU HERMANO MAYOR, YA QUE MI SUEGRA TUVO 5 HIJOS Y LOS DOS MAYORES SON DE OTRA PAREJA Y LOS TRES ULTIMOS (MI ESPOSO Y SUS DOS HERMANAS) DE OTRA PAREJA EL PROBLEMA ES EN ELLOS, LOS ULTIMOS, YA QUE MI CUÑADA HACE UN AÑO DECONOCIENDO POSIBLEMENTE QUE MI ESPOSO YA TENIA UN DOCUMENTO HIZO LA SUCECION INTESTADA PARA REPARTIRSE LA CASA DE SU MAMA QUE EN SU TOTALIDAD ES 135 M2 INCLUIDO LOS 81 M2 QUE YA MI SUEGRA LE DIO A MI ESPOSO, EN ESTA SUCECION INTESTADA SOLO ENTRARON LOS DOS HERMANOS MAS NO LA ENFERMITA, LAMENTABLEMENTE MI ESPOSO FIRMO EL DOCUMENTO CREYENTDO QUE LA HERMANA HABIA RESPETADO EL DOCUMENTO QUE YA SU MAMA LE HABIA DADO Y NO FUE ASI PRACTICAMENTE FUE DEMASIADO CONFIADO POR LO QUE EN ESA SUCECION INTESTADA SE REPARTEN LA CAS DE SU MAMA EN PARTES IGUALES 67,5 M2 CADA UNO Y LA ENFERMITA NO TIENE NADA SE PUEDE HACER ALGO PARA ANULAR DICHA SUCECION INTESTADA? OTRO, PUEDEN SOLO PARTICIPAR LOS DOS HERMANOS EN ESTA REPARTICION Y SIN INCLUIRLA A LA HERMANA QUE ESTA ENFERMITA Y AUN VIVE?
Sé es posible iniciar acciones judiciales para reclamar el derecho sucesoria de la hermana enferma.
Dependiendo de la condición, se deberá iniciar un trámite previo para declararla interdicta, es decir que otra persona debe representarla legalmente.
Esta información es brindada como orientación general, sin tener a la vista los documentos del caso, cuyo análisis es necesario para una asesoría específica y concreta al caso.
Atentamente,
Lily
Estimada Dra, agradezco por anticipado su orientación.
Mi padre falleció hace 6 meses, existe una tienda comercial en Cusco que me dio en anticipo de herencia mi padre, y yo radico hace 20 años en Lima, y a mi hermano le dio otra casa ambiental con anticipo.
Pero mi hermano mayor se ha quedado administrando la tienda comercial y cuando le pedí ser el administrador de la tienda comercial, ahora me sale que el había invertido en la construcción de esa tienda y que dejara la administración cuando mi madre fallezca, lo cierto es que mi hermano nunca invirtió nada, lo que si se es que el si le asesoro. Ya salio la sucesión intestada, que sigue a continuación porque existe un terreno que no hizo ningún testamento, nos llamara el notario? como y quien decide la surte del terreno pendiente?
La sucesión intestada declara a los herederos, quienes son los copropietarios de todos los bienes y derechos que pertenecieron al causante.
Si existe un terreno a nombre de su padre, sobre el que no se otorgé anticipo de legítima, es de propiedad de los herederos.
Si el terreno está inscrito en Registros Públicos, debe inscribirse la Sucesión intestada, para que la propiedad figure a nombre de los herederos como una co-propiedad.
Cualquiera de los herederos puede pedir la división y partición, en virtud de la cual uno o varios de los herederos se adjudican el bien, pagando el precio a los demás o se transfiere a un tercero que paga el precio.
Los herederos pueden también acordar alquilar el inmueble y dividirse la renta.
Esta información es brindada como orientación general, sin tener a la vista los documentos del caso, cuyo análisis es necesario para una asesoría específica y concreta al caso.
Atentamente,
Lily
Buenos dias Dra.
De darse el impuesto a la herencia, qué se gravaría?
el valor del inmueble o cada heredero en lo que recibe.
porque entiendo que habrá escalas.
Gracias por su respuesta profesional.
Cito el blog «Inteligencia Económica»
«El impuesto gravaría, segun Luna Victoria, casi todo el valor de la herencia»
Enlace adjunto http://euaperu.blogspot.com/2012/07/impuesto-la-herencia-de-que-se-esta.html
TENGO UNA CASA QUE NO ESTA INSCRITA EN REGISTROS PUBLICOS, SOLO EL TERRENO ENTONCES SI MIS PADRES FALLECEN Y HAY UNA SUCESION INTESTADA, LA CASA ENTRA DENTRO DE LOS BIENES A REPARTIR A PESAR DE NO ESTAR INSCRITA .
Sí, la casa también forma parte de la masa hereditaria por repartir, aunque no figure inscrita.
mi padre fallecio, y mi madre aun sigue viva, somos dos hijas dentro del matrimonio y 3 fuera de el.. mi pregunta es la siguiente: mi madre se caso civlmente con mi padre, en un pueblo alejado de la ciudad, ya hace unos 50 años, pero su partida de matrimonio se ha extraviadom y en su municipalidad no existe archivo alguno ¿como puede probar que es su esposa para que se reparta la herencia como legalmente le corresponderia como esposa?
y respecto al inmueble , se puede conciliar extrajuducialmente con todos los herederos, de la parte que le corresponderia a cada uno, para ya no acudir a una via civil o notarial?
Si sus padres se casaron por religioso, en algunos casos el documento puede servir como evidencia.
La institución de herederos no se puede hacer en forma privada por éstos, solo cabe hacerlo por el causante mediante testamento o vía Sucesión Intestada (por un Juez o Notario)
buenas tardes doctora! cuales son los requisitos para que mi padre me haga una herenca anticipada . el casasado con otra mujer
Se la puede otorgar por Escritura Pública, siempre que no supere el porcentaje que como heredera le corresponde.
Hola, mi padre falleció en USA.
Todas sus propiedades están en Perú.
Tengo entendido que predomina la ley de USA por ser su último domicilio, pero después de esto que de realiza en USA q se tiene que hacer en Perú?
Gracias
Efectivamente las reglas sobre la sucesión serán las del último domicilio, cuya autoridad declarará a los herederos. Esa resolución se ejecutará en el Perú mediante un procedimiento judicial de Ejecución de sentencia extranjera, para transferir la propiedad de los bienes a los herederos
Para mayores detalles, nos puede contactar a lyamamoto@servicioslegales.pe
SI mi madre fallecio en USA , Quien hace la sucesion, lo debe hacer en USA, el juez, el consul o un notario de alla, luego de ello ese documento que emitan , lo puedo trabajar con usted?
La sucesión se rige por las normas del lugar del último domicilio, si su madre falleció en Estados Unidos, los trámites deben hacerse ante la autoridad americana competente del Estado donde vivió su madre. Si su madre tiene bienes en el Perú, se ejecuta la resolución de la autoridad americana en nuestro país, para ello puede escribirnos a consultas@servicioslegales.pe
Saludos Doctora:
Mi abuela paterna era propietaria de una casa, pero mi prima que es su nieta le hizo firmar un contrato de compra y venta sin que nadie de la familia se entere del asunto.
El tema es que mi abuela en ese entonces tenía 79 años, luego mi prima fallece y es ahi donde la familia se entera del asunto, pues ya lo había registrado en SUNARP a su nombre.
también fallece mi abuela, y ahora el hijo de mi prima se apoderó de la casa y puede dejar desamparados a mi padre y mis tíos.
¿Pueden hacer algo al respecto dentro de la legalidad mi padre y mis tíos?, puesto que es indignante que le hayan hecho hacer un contrato a mi abuela estando muy avanzada su edad, sola sin la presencia de ninguno de sus hijos y no habiendo ninguna operación bancaria como prueba de dicha transacción.
Le agradezco de antemano por su orientación.
Si se puede probar que su abuela no estaba en condiciones físicas ni mentales para expresar su voluntad, se puede invalidar la venta ficticia. Si a la firma del documento su abuela tenía más de 75 años, debía presentarse un certificado médico.
En este caso, es necesario ver los documentos para darle una opinión legal específica.
Puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Existen cuatro herederos de un bien inmueble (tres hijos y la esposa), ya se realizo el tramite de sucesion intestada, incluso ya se encuentra inscrita en los Registros Publicos. Para el arrendamiento de este bien, puede uno de los sucesores, en este caso la viuda firmar el contrato de arrendamiento o necesariamente tienen que participar todos los herederos, firmando el contrato, para disponer de todo el bien. Se debe entregar algun poder especial para que ella pueda arrendarlo o no es necesario. Todos los sucesores estan de acuerdo con el arrendamiento. Es valido el contrato de arrendamiento si solo lo firma la viuda?
Legalmente, todos los herederos deben firmar el contrato de arrendamiento personalmente o a través de apoderado.
El poder para ceder la posesión, requiere poder general.
La acción judicial debe ser interpuesta por todos los copropietarios, ya sea personalmente o a traves de apoderado. Para interponer acciones judiciales se requiere de poder especial
Estimada Lily, adicionando a la pregunta anterior, quien interpondria la demanda de desalojo del inmueble, de presentarse el caso. Todos los herederos o la viuda puede hacerlo sola?
Le respondí en la pregunta anterior
Buenas tardes,soy huerfana de madre y vivo con mi padre, el cual quiere dejarme una parte de su casa de la parte de adelante hacia la calle, somos 6 hermanas que quieren reclamar la parte de mi madre, mi pregunta es puede mi padre dar la parte delantera o necesariamente se debe hacer a un sorteo para la reparticion del terreno. gracias por la respuesta.
Si el bien fue de la sociedad conyugal, a su padre le corresponde el 57.14% de la propiedad y a cada una de las hijas el 7.14%.
Esos porcentajes son cuotas abstractas sobre el total, para que su padre le entrega una parte de la casa se debe:
1. Tramitar la sucesión intestada de su madre e inscribirla en la partida registral del inmueble, para que conste que su padre, sus hermanas y usted son los herederos en los porcentajes indicados.
2. Independizar el inmueble, «partirlo» catastral y registralmente como dos unidades inmobiliarias.
3. Realizar una división y partición, extrajudicial si hay acuerdo de todos o judicial si alguien está en desacuerdo, mediante la cual su padre se puede adjudicar la parte delantera, si esa sección corresponde a los porcentajes que le corresponden.
4. Su padre podrá transferirle la parte delantera que se le adjudicó.
Esta es una orientación genérica ofrecida en forma gratuita, para información específica para el caso concreto, nos puede contactar a lyamamoto@servicioslegales.pe
HOLA,MIS PADRES ACABAN DE FALLECER Y YA MI HERMANO PIENSA EN HACER UNA SUCESION INTESTADA.YO QUISIERA SABER DSI DENTRO DE LA SUCESIÓN INTESTADA ENTRA EL ANTICIPODE LEGITIMA DE UN DEPARTAMENTO QUE PAPÁ Y MAMÁ ME DEJARON EN VIDA CON TODOS LOS PAPELES EN REGLA,QUE ESTA EN LOS REGISTROS PÚBLICOS A MI NOMBRE DESDE HACE14 AÑOS.PUEDEN MIS DOS HERMANOS INCLUIR MI DEPARTAMENTO DENTRO DE LA SUCESIÓN INTESTADA Y PODER PERDER MI CASITA EN LA CUAL HE INVERTIDO Y MEJORADO DURANTE TODOS ESTOS AÑOS(24 AÑOS).ORIENTEME POR FAVOR PUES AMBOS SABEN DE LEYES Y YO SOY UNA PERSONA QUE NO DESEA PROBLEMAS LEGALES CON ELLOS.ESPERANDO SU RESPUESTA,LE AGRADEZCO SU TIEMPO.
La Sucesión intestada se limita a declarar quienes son los herederos, no se refiere a los bienes que forman parte de la herencia.
Una vez que usted y sus hermanos sean declarados herederos, corresponde hacer un inventario de los bienes de la sucesión, que deberán dividirse entre ustedes mediante una División y Partición (extrajudicial si hay acuerdo entre las partes y judicial si no lo hay)
El anticipo de legítima será válido si no afecta el porcentaje que le toca a cada heredero. Mediante el anticipo no se puede despojar a otro co-heredero de participación en la herencia.
Si son 3 coherederos, a cada uno le corresponde un tercio de la herencia. El departamento que se le otorgó como anticipo, debe tener esa proporción sobre la herencia.
Esta es una orientación general y gratuita, para una consulta para el caso concreto puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Buenos dias mi consulta es la siguiente , mi padre murio años antes que mi abuelo , me dicen que por ese motivo no me corresponde la herencia de mi abuelo.
No es verdad, en su caso se produce lo que se llama Herencia por representación.
Los herederos de su padre (no se menciona si es solo usted o otras personas más), tienen derecho a lo que le hubiese correspondido a su padre.
Si usted es el único heredero de su padre, usted recibe todo lo que le correspondería a su padre.
Si fuesen mas herederos, la herencia de su padre se dividirán entre ellos
En este caso, se requiere dos sucesiones intestadas, la de su abuelo y la de su padre, sie es que ninguno de ellos dejó testamento
Esta es una orientación genérica ofrecida gratuitamente, si requiere información específica para el caso concreto, nos puede contactar en lyamamoto@servicioslegales.pe
Estimada Lily
Mi papá falleció hace 2 años y no se ha hecho la sucesión intestada aún. Mi mamá está viva y somos 3 hermanos, tengo 2 consultas:
Mi papá tiene terrenos de cultivo en provincia y una casa en Lima, esta casa de Lima no está registrada, contamos con los títulos de los terrenos de cultivo que están a nombre de mi papá
1 .- ¿Mi mamá puede registrar la casa ahora sin haber hecho la sucesión intestada? ¿los terrenos de cultivos tienen que estar registrados? ¿la sucesión de intestados tiene que ser en provincia o en Lima?
2.- Sabemos que a mi mamá le toca de todo el 50%+una parte del otro 50% pero como ella ya tiene 74 años tiene temor que le suceda algo, y quiere de una vez repartir, de su parte que le toca, a sus hijos ¿para eso tiene que hacer 1ero la sucesión intestada?
Desde ya gracias por su respuesta
1. Depende a nombre de quien están los documentos de la casa, si están a nombre de sus padres, es conveniente hacer la sucesión intestada para que el registro salga a nombre de los herederos.
Los terrenos no necesariamente deben estar registrados, pero es conveniente hacerlo para defender la propiedad y posesión frente a terceros.
La sucesión intestada debe tramitarse ante el Notario o Juez del último domicilio de la persona fallecida.
2. Sí lo primero que se debe hacer es hacer la Sucesión intestada.
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Buenos dias quisiera un comentario acerca de mi caso que es el siguiente : mi madre fallecio hace 8 años desde entonces mi padre tiene el poder de las propiedades, mi caso es que yo soy hijo unico que al momento he formado mi familia. Mi padre ha realizado la sucesion intestada de 2 de las propiedades inmuebles la cual una de ellas fue una herencia que mi madre recibio en vida y la otra propiedad la hicieron ya casados. Hasta el momento mi padre no me otorga la herencia que me corresponderia. quisiera saber que es lo que realmente me tocaria segun ley ya que mi padre a formado un nuevo hogar producto del cual tiene una hija . A la espera de sus comentarios
Entiendo que la sucesión intestada está registrada en 2 de las propiedades, en las que aparecen como herederos su padre y usted, en diferentes proporciones para el bien común y el bien propio.
En tal situación, existe una copropiedad en la que ambos herederos son propietarios de un porcentaje abstracto sobre el inmueble.
Ud. puede solicitar la división y partición, extrajudicial si hay acuerdo y judicialmente en caso de negativa.
Mediante dicho acuerdo las partes se adjudican un bien pagando al coheredero por su parte o lo venden a un tercero recibiendo el precio.
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Buenas tardes, mi abuela ya fallecida solo tenía una propiedad que no está inscrita en la SUNARP (de ENACE) , mi papa y sus hermanos pueden hacer la sucesion intestada?
Es necesario que una propiedad tenga que estar inscrita en la SUNARP para hacer la sucesion intestada? si esa propiedad solo tiene hijuela que se debe hacer para registrarla a la SUNARP?
Sí la sucesión intestada puede tramitarse sin que el inmueble esté inscrito.
La propiedad debe contar con los documentos municipales como certificado de numeración, independización, declaración de fábrica. Con dichos documentos se podrá iniciar el trámite de inscripción registral.
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Hola una consulta, tengo un problema con AFP, el titular falleció se hizo una sucesión intestada notarial y se declaro herederos a los hijos de este que son dos (mayores de edad).
Como el titular falleció en un accidente la AFP solicito que adjunte el parte policial, en el contenido del parte, esta la declaración de la ex conviviente que declara que el causante tiene 4 hijos.
Ahora la AFP no quiere entregar el dinero a los herederos hasta que los otros 2 hijos se apersonen a la AFP. Que podemos hacer?
Debe incluirse a los herederos excluidos.
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Mi madre, viuda hace 20 años, hizo la sucesion intestada declarandose unica heredera de una casa que era de los dos. Nosotros somos 8 hermanos, hijos de ambos, y ahora ha fallecido mi madre. Los 8 estamos peleando por derechos. Es posible vender acciones y derechos antes de hacer la sucesion intestada?
agradecere su respuesta.
No estoy segura si los herederos de su padre eran su madre y 8 hijos.
Si fuera así, debe tramitarse la declaración a favor de los herederos excluidos, una vez así declarados e inscritos sus derechos en el inmueble, recién podrán registrar la transferencia de sus derechos.
Si no tienen los derechos inscritos, pueden vender, pero el comprador puede exigir prueba de su título de propiedad inscrito.
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Buenos días, mi padre falleció ya hace mucho tiempo y somos 7 hermanos, y entre todas sus propiedades dejó establecido a quien le tocaría que parte, el problema es ahora que la propiedad que me tocó a mi, la dividió en 4 partes y mis otros 3 hermanos lo presionaron para que les de todo por escrito pero yo no porque no creí necesitarlo ya que somos familia. Ahora, mi padre le heredó la tercera parte de la primera planta a cada uno de mis 3 hermanos a los que les tocó en esta casa, y a mi me dejó el segundo piso y sus aires (no por escrito como ya mencioné) pero ahora ellos dicen que los aires del primer piso le pertenecen a ellos, osea el segundo piso y eso me dejaría sin hogar, yo les digo que no es así, que si mi padre les hubiera heredado LOS AIRES lo hubiera dejado bien especificado y ellos dicen SE SUPONE que es así, hay algo que pueda hacer para demostrarles legalmente que no se tienes que SUPONER sino estar por escrito, o estoy equivocado? Muchas gracias por su ayuda.
El documento que establece la voluntad de su padre debe reunir los requisitos legales del testamento establecidas por el Artículo 707 del Código Civil:
«(…) que sea totalmente escrito, fechado y firmado por el propio testador.
Para que produzca efectos debe ser protocolizado, previa comprobación judicial, dentro del plazo máximo de un año contado desde la muerte del testador.»
En caso contrario, no surte efectos y debe tramitarse la Sucesión intestada, debiendo dividirse los bienes por acuerdo o según lo que disponga el juez en caso de desacuerdo.
Dra, mi consulta radica en que mi esposo y su hermano son herederos de su madre, quien falleció, su esposo (padrastro) con quien no tuvo hijos no ha hecho testamento y vive en un departamento que compraron con mi suegra, la duda es que si los hijos de mi suegra son los únicos herederos de ellos o si la familia de su esposo tienen derecho a heredar la parte que a el le corresponde, ya que actualmente se ha hecho presente una sobrina que nunca lo visitó y ahra que esta enfermo incluso lo quiere llevar a su casa para cuidarlo….
Si el departamento es un bien común, cada uno de los hijos y el padrastro, heredan el 16.66% de los derechos y acciones.
Al momento del fallecimiento del padrastro, sus parientes heredarán el 56.66 % que le corresponde (50% por copropiedad y 16.66% por herencia)
buenos dias. mi consulta es la siguiente. mi abuelo paterno ha fallecido en 1997, ha tenido seis hijos en dos matrimonios legales. mi padre es el primero de los dos hijos del primer matrimonio. han quedado varias propiedades, pero mi padre que ya fallecio vivia en argentina y nunca estuvo al tanto del las propiedades. una propiedad se dividio 50% para la viuda y el 50% restante de esa propiedad en los seis hijos, mas una parte para la viuda. es decir, se dividio en 7 partes. es eso legal? la segunda familiade mi abuelo ha estado en posecion y quisiera saber que tramite debo iniciar para tener lo que nos corresponde. desde ya muchas gracias.
Si el bien tiene la calidad de bien conyugal, la proporción que indica es correcta.
Las acciones varían desde la petición de herencia, para acceder al bien; la rendición de cuentas para conocer el resultado económico si es un negocio o se alquila; la división y partición para vender su proporción en la propiedad.
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a continuacion de mi pregunta anteriuor, no deberiamos como herederos estar al tanto de todos los bienes documentados para despues realizar la division de bienes??? de haber existido una cuenta bancaria a nombre de mi abuelo, como se puede averiguar??? del 7 % que lle han dado a mi padre junto al 7% de su hemano de madre y padre le ha correspondido una pequeña tienda de la que si han tomado posesion pero nada inscripto ya que el juicio de susecion de mi abuelo aun esta en tramite. podemos reclamar lo que realmente mos corresponde??
Favor ver respuesta anterior.
mi consulta es la siguiente mi madre murio el año pasado y mi padre este año en septiembre con 58 años de edad, el trabajaba en pesqueras , nosotros los hijos que somos 4 recibimos una herencia , esa herencia es la plata de jubilacion que el iba juntando hasta cuando terminara de trabajar a sus 65 años de edad , nosotros fuimos hacer los tramites a su AFP y ahi nos dijeron que todos nosotros teniamos que tener arriba de 23 años de edad , aqui va mi inquietud mis 2 hermanos tienen 33 y 34 la menor tiene 21 años de edad y yo 23
tambien dijeron que mi hermana menor tenia que haber terminado sus estudios en la universidad la cual ya esta hecho por que ella se titulo el año pasado , mi pregunta es por que la AFP exije eso acaso es legal lo que dicen ellos, nosotros hemos averiguado poco pero todas las opiniones que hemos recibido nos han dicho que es ilegal que simplemente la AFP lo hace para mantener la plata por mas tiempo y asi poder trabajarla, me gustaria que me diera un consejo una respuesta , que hacer cual es el primer paso a seguir nosotros necesitamos esa herencia por favor cualquier respuesta que nos de se lo agradecere mucho desde ya muchas gracias somos una familia que ha quedado sin padre y sin madre y mas encima sin casa ya que fue terremoteada y maremoteada
Me parecen excesivos los requisitos de edad y de conclusión de estudios universitarios.
Presente una carta notarial a la AFP con la Sucesión intestada y partidas de nacimiento de los herederos, reclamando el pago.
Si le indican por escrito el sustento legal de los requisitos, se podrá evaluar la situación
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buenas tardes: Soy casada con dos hijos y deseo construir el segundo piso de la casa de mis padres, ya que no cuento con casa propia, me lo quieren dar como anticipo de herencia, luego de preguntar en la notaria de mi distrito me dicen que mis padres deben independizar los aires de la casa , mi pregunta es cuales son los requisitos para independizar los aires de la casa, ya que deseo inscribir el segundo piso a mi nombre en registros como anticipo de herencia ,donde acudo a la municipalidad o a registros, le agradecere mucho su respuesta.
Se debe hacer el trámite a nivel municipal, notarial y registral.
Se inicia con una independización de los aires, de modo que una unidad inmobiliaria sea la vivienda y otra los aires, sobre los que se puede construir.
Los aires independizados a nivel municipal generan una partida registral independiente en Registros Públicos.
Sus padres pueden transferirle los aires como anticipo de legítima bajo ciertos requisitos, para registrar la partida que corresponde a los aires a su nombre. Ud. podrá construir sobre dicha área de su propiedad.
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hola soy casado dentro de mi matrimonio con mi esposa aduirimos una casa un auto y 2 totes de terreno tengo mas 70 años y como hago para para repartir mis bienes por favor
Puede otorgar un testamento, más información en nuestro blog:http://www.servicioslegales.pe/2012/05/cuales-son-las-ventajas-de-otorgar-testamento/
hace menos de un mes compre una casa donde en el titulo de propiedad de la casa figuraba como dueña una sra. llamada mirtha chavez se hizo todos los tramaites donde actualmente figuro como propietaria de la casa en el distrito de carmen de la legua , pero tengo un problema a penas eh tomado posecion de la casa un hombre q dice ser hijo de la sra mirtha me dice q quiere la disolucion de la compra y venta porq la sr mirtha esta en un proceso por bigamia donde los hijos estan reclamando la casa segun dice la señora se caso en el año 1969 pero se volvio a casar el el año 92 , yo le deposite a la señora el monto q pidio por la casa a nombre solo de ella ya q len el titulo de propiedad solo estaba a nombre de ella ademas figura como soltera este titulo es del año 1993 ahora nose q hacer ya q para la comprar d esa casa e sacado prestamo del banco , nose como puedo actuar en este caso
¿Cuando usted compró había alguna anotación preventiva de alguna demanda?
Si los registros públicos acreditaban a la Señora como única propietaria, sin ningún procedimiento judicial inscrito, usted ha comprado bajo la buena fé registral. Una vez inscrito su derecho en el registro público, éste surte todos sus efectos.
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DRA. Lily:
Tengo abuelos paternos del cual tienen 5 propiedades (casas) y mi padre hijo unico seria el heredero universal de ambos, pero ÉL (mi padre) tiene 2 hijos extramatrimoniales del cual mis abuelos nunca aprobaron y por ello quieren dejarnos sus propiedades a sus nietos de padre y madre q somos 4 hermanos….y una sola propiedad a mi padre para no dejarlo desamparado….mi pregunta es… puede mi padre anular cualquier tipo de contrato o testamento para poder asi hacer uso de todas las propiedades de mis abuelos para darles a sus otros hijos extramatrimoniales?… le agradece mucho cualkier comentario que nos pueda ayudar.
Gracias
Sus abuelos pueden donar a sus nietos hasta un tercio de su patrimonio. Cualquier donación que supere esa proporción puede ser impugnada.
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Saludos. antes de fallecer mi Madre hace 15 años mi padre hizo el traspaso de la casa donde el vive actualmente, con la unica condicion que el saldria de ahi fallecido.
Actualmente la casa esta a nombre mio y de mi hermano, los dos unicos herederos.
Años despues mi padre consiguio una señora que le ayudara con el aseo de la casa, esta señora ahora convive con el y ha exigido pago por los años de servicio y no nos deja entrar a la casa
Tiene algun derecho en caso de que el fallezca y como podremos sacarla de ahi.
P.D. al parecer ella no esta en sus cabales y continuamente tiene problemas con los vecinos.
Gracias.
Por la naturaleza del caso, no nos es posible darle una orientación genérica, sólo corresponde una consulta específica para el caso concreto. Puede solicitar una cita a lyamamoto@servicioslegales.pe
Buenas tardes, mi caso es el siguiente: Mi padre fallecio y mi madrastra quiere hacer la Sucesión Intestada, yo soy hija del Primer Matrimonio de la persona fallecida, el se caso con mi madre ella murio y el quedo viudo, luego realizó segundas nupcias con mi madrastra con la cual tiene 2 hijos, como seriá el percentaje para la división de sus bienes (una casa y los pagos de su jubilición).
Otro consutla ustedes tambien ven casos de Juicios por Alimentos.
Muchas gracias.
Manuela Gutierrez
El porcentaje sobre la casa dependerá de:
– la fecha de adquisición, si fue durante el primer matrimonio o el segundo
– si la casa se adquirió como bien conyugal o propio de su padre o madre.
Si el inmueble fue comprado durante el segundo matrimonio y tiene la calidad de bien conyugal, correspondería 62.5% para la esposa y 12.5% para cada uno de los hijos. En el caso de la jubilación se repartiría a razón de 25% para cada heredero.
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Mi tio fallecio en Lima hace un mes, soltero y sin hijos y sin testamento mi padre es el unico hermano vivo q’ tiene ya q’ hermanos y hermas fallecieron hace muchas decadas.
Mis primos y sobrinos van hacer el intestado , ellos tiene los mismos derechos q’ mi papa’, q’ porcentaje va a recibir mi padre por ser el unico hermano vivo?
No se menciona cuantos hermanos tuvo su padre.
Supongamos que fueron 5 hermanos, la herencia debe repartirse en 4 partes iguales.
Su padre, el unico hermano vivo, recibirá un 25%
Cada «grupo de descendientes» de cada uno de los hermanos fallecidos con anterioridad, heredarán lo que le hubiese correspondido si vivieran dichos hermanos. Es decir que cada grupo de descendientes recibirá un 25%
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Respecto a cuantos hermanos tuvo mi padre esta es la relacion:
Por favor digame como va hacer la repartición después de hacer el intestado y si tienen oficinas en Lima necesito la direccion y telefono.
1- Renato (fallecido) y sin hijos.
2- Eduardo ( fallecido) con una hija viva.
3- Ana (fallecido) con una hija tambien fallecida y dejo 3 hijas vivas
4- Camen (fallecida) dejo 2 hijos
5- Tomas vivo y 2 hijos (mi padre viudo)
6- Bruno ( fallecido) sin hijos y no hizo testamento
7- Hugo( fallecido) y dejo 6 hijos.
En este caso son de aplicación los siguientes artículos del Código Civil:
Sucesión de parientes colaterales
Artículo 828.- Si no hay descendientes, ni ascendientes, ni cónyuge con derecho a heredar, la herencia corresponde a los parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad inclusive, excluyendo los más próximos a los más remotos, salvo el derecho de los sobrinos para concurrir con sus tíos en representación de sus padres, de conformidad con el artículo 683.
Representación en línea colateral
Artículo 683.- En la línea colateral sólo hay representación para que al heredar a un hermano, concurran con los sobrevivientes los hijos de los hermanos premuertos que tengan derecho a representarlo en los casos previstos en el artículo 681.
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Por favor q’ documentos mi padre tiene q’ presentar para el intestado y yo tambien necesito presentar documemtos o son suficientes los de mi padre.
Estimado Leonidas:
Los requisitos para solicitar la Sucesión intestada son los que establece el artículo 831 del TUO del Código Procesal Civil:
1. Copia certificada de la partida de defunción del causante o la declaración judicial de muerte presunta;
2. Copia certificada de la partida de nacimiento del presunto heredero, o documento público que contenga el reconocimiento o la declaración judicial, si se trata de hijo extra-matrimonial;
3. Relación de los bienes conocidos;
4. Certificación registral de que no hay inscrito testamento en el lugar del último domicilio del causante y en donde tuvo bienes inscritos; y
5. Certificación registral de los mismos lugares citados en el inciso anterior de que no hay anotación de otro proceso de sucesión intestada.
También debe presentarse la partida de matrimonio del cónyuge sobreviviente.
Ud. o su padre podrán presentar la solicitud, con los documentos mencionados.
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Tenemos una sucesion intestada donde figuramos mi padre y sus 6 hijos, sabemos que a mi padre le corresponde la mitad del inmueble mas un septimo, si el quisiera disponer de su parte a favor de un hijo, de que porcentaje estariamos hablando. del un tercio o de la mitad mas un septimo, esa es mi inquietud?
Y para disponer de esta parte se veria obligado a realizar división e impartición ante de disponer e inscribirlo en Sunarp.
Y si el dispuso otra cantidad que no es la correcta que podriamos hacer los demas hermanos. Espero su respuesta Dr. Lily
El padre podría donarle a uno de sus hijos el tercio del 57% que le corresponde, que es el 19%
Pero podría venderle el íntegro del 57% a uno de sus hijos o a cualquier otra persona.
Se pueden celebrar contratos sobre los derechos y acciones, pero para conseguir la inscripción en el Registro Público, debe estar inscrita la Sucesión intestada (o testamento). Lo de la división y partición dependerá si es necesaria, pues los copropietarios pueden disponer de sus porcentajes sin necesidad de la division.
Si se donó más de lo permitido, se puede impugnar la donación.
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una cosulta doctores si una de mis padres fallece, y tienen un bien los hijos heredan acciones y derechos de ese bien y pueden vender sus acciones es posible eso , gracias
Sí es posible, vender el porcentaje de derechos y acciones sobre una copropiedad.
Me olvide de decirle que mi padre tiene 87 años, hay algun impedimento por la edad que tiene
Debe acreditarse que se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales con un certificado médico; además el notario lo entrevistará para confirmar su lucidez mental.
buenos dias
mi problema es un poco complicada, mi papa fallecio hace 6 años, la casa aun sigue a nombre de mi papa, mi mama fallecio hace 34 años, pero mi papa se caso despues de 10 años, pero este matrimonio duro solo 3 años se separaron de cuerpo por infidelidad, hemos tramitado el divorcio tres veces, pero ella no ha querido firmar nada, ahora quiero hacer los tramites de la sucecion intestada pero ella tambien quiere su parte, para mi es un absurdo, la casa tiene deuda de autovaluo y arbitrios que por su puestos mis hermanos no quieren colaborar, lo pero de todo yo he estado fuera de lima por 10 años, ahora que he regresado no tengo los documentos para demostrar lo del divorcio de mi papa, mis hermanos no se que habran hecho con todos los documentos, ahora el problema es que mis hermanos no tienen dinero no se que hacer por favor porque no seria justo que esa señora pida su parte, por otro lado el titulo de propiedad de mi casa esta solo a nombre de mi papa. bgracias
El divorcio por mutuo acuerdo debió tramitarse cuando su padre estaba vivo.
Si existen pruebas del adulterio, los herederos del cónyuge podrían demandar el divorcio por causal.
De no tramitarse el divorcio, la segunda esposa tiene derecho a la herencia.
Si se obtiene el divorcio, la segunda esposa pierde el derecho a la herencia, pero no su derecho al 50% de los bienes adquiridos durante el matrimonio dentro del régimen de sociedad de gananciales.
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Estimada Lily:
Mi padre falleció en 1995. estuvo casado dos veces, su primera esposa falleció en 1966 y se volvió a casar en 1970.
En el primer matrimonio tuvo 4 hijos todos vivos
en el segundo matrimonio tuvo 3 hijos todos vivos y su esposa tambien está viva
En su primer matrimonio con su primera esposa y el recibieron herencias de sus respectivos padres y tambien adquirieron bienes con cada una de sus esposas.
como es la reparticion de la herencia ya que no dejó declaratoria de herederos ni testamento. tampoco cuando murio su primera esposa.
yo soy hijo del primer matrimonio cuando murio mi madre tenia 7 años y mis hermanos todos eran menores de 10 años.
Los bienes recibidos como herencia de sus padres por parte de mi madre tambien heredan los hijos del segundo matrimonio o sea mis medio hermanos
Como nos podriamos rerpartir la herencia.
Si su madre, ni su padre otorgaron testamentos, deben tramitarse sus Sucesiones intestadas, primero de su madre y luego de su padre.
La proporción de derechos y acciones que corresponde a cada heredero, dependerá de la calidad de cada bien, si es bien propio o conyugal.
Los bienes recibidos como herencia por su madre, se dividen entre sus 5 herederos (viudo y 4 hijos). El 20% que recibió su padre, a su vez se divide entre sus herederos a su fallecimiento (7 hijos y su segunda esposa)
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Hola, muy buenos dias, tardes o noches. Soy de mexico y mi caso es el siguiente: M i padre que aun vive se caso con otra persona, el(mi padre) solo tiene un bien raiz(una casa) si en algun momento mi padre fallece y deja testamento a su actual pareja, yo como su hijo legitimo me corresponde parte de esa casa?, y otra pregunta seria si mi padre vende esa casa, tambien me corresponde parte de esa venta de casa?
Lamento no poder ayudarlo, soy abogada registrada en el Perú, no conozco la legislación mexicana para orientarlo.
hola mi consulta es, si me pueden realizar un desalojo yo vivo en la casa de mi madre fallecida y mi padrastro dejo la casa hace un año y ahora esta iniciada la sucecion el me pide la exclusion de la casa puede hacerlo?
Si su padrastro es coheredero tiene un porcentaje de los derechos y acciones sobre el inmueble como usted.
Cualquier coheredero puede solicitar la División y Partición, para que la propiedad se venda a un tercero y se reparta el dinero o uno de los coherederos se adjudique el bien pagando a los demás su proporción.
También podría pedir el acceso a la posesión sobre el inmueble
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Buen día, mi consulta se refiere a que mi padre hizo su testamento considerando la repartición de su inmueble para su esposa (no tuvo hijos con ella) y para sus 2 hijos del matrimonio anterior. En el caso que ella falleciera, pues está muy grave, que tendría que hacer mi padre en relación a la parte que testó a favor de ella?. Gracias
El testamento puede modificarse en su contenido, pero si su padre no lo modifica, la cláusula que se refiere a la institución de heredero de su esposa queda sin efecto.
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Bue dia ,Mi abuelo fallecio hace 8 años y recientemente se ha solicitado la sucesion intestada ,mi abuelo tuvo 3 hijos es decir mi madre y sus 2 hermanos,lamentablemente mi madre y uno de sus hermanos fallecieron,ahora por la avaricia mi tia (la hermana de mi madre) y de mi abuela (esposa del fallecido) dicen quedar como herederas unicas queriendo asi disponer solo ellas del terreno en litigio. Que puedo hacer para que la parte que le corresponde a mi madre y a mi tio nos sean otorgadas a sus hijos. Agradezco anticipadamente su respuesta.
En aplicación de lo dispuesto por el Artículo 681 del Código Civil que establece la herencia por representación, tanto usted como sus hermanos y primos, tienen derecho a la herencia de su abuelo.
Debe tramitarse la sucesión intestada si no existe testamento, que debe declararlos como herederos en representación su madre y su tía.
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hola necesito saber. somos 3 hermanos de padre y madre y aparte tengo 2 hermanas de parte de padre, mi papa tiene una casa de 5 pisos, hasta el cuarto piso lo hiso cuando estava soltero, hace 8 años se caso y hiso el 5 piso,el hiso un papel q le bendia el 5 piso a su mujer una venta ficticia pero me parece q ya lo registro, qiero saber si ella tiene derecho a los otros pisos q mi padre hiso hasta el año 1975 gracias. mi padre es una persona q tiene 89 años les agradeceria q me contesten gracias.
Los 4 primeros pisos son bien propio de su padre, en caso de fallecimiento del propietario, el bien se divide entre 6 (5 hijos y esposa) correspondiendole a cada uno el 16.66%
El quinto piso es un bien común sobre el que cada esposo tiene el 50%, en caso de fallecimiento del esposo, la viuda mantiene su 50% mas una sexta parte de la mitad de su marido, es decir 8.33%.
Sobre la venta ficticia, dependiendo de las circunstancias, podría impugnarse la transferencia entre otras causales si su padre no estaba en pleno uso de sus facultades mentales.
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hace 6 años fallecio mi abuelo que tuvo mucho bienes y dinero, yo tenia en ese entone 15 años y el siempre me decia que cuando muera me iba a dejar muchas cosas, pero ya fallecido hasta ahora no se si el me dejo alguna herencia ya que a mi nadie me dijo si me dejo algo mi abuelito, de repente por que era menor de edad. y pues yo no mantengo contacto con su esposa ya que no me llevo bien con ella.. mi pregunta es? que puedo hacer para averiguarme si el me dejo alguna herencia?cuales son los procedimientos?ojo ya pasaron 6 años ahora yo tengo 24 años y quiero sacarme de duda de repente tengo algo que el me dejo y nadie me dice o dijo nada??
Se puede hacer una búsqueda en los Registros Públicos para saber si dejó testamento.
Si no dejó testamento, la herencia corresponde a sus herederos, que son sus hijos y la esposa.
En caso que uno de los hijos haya fallecido con anterioridad, heredan los nietos.
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Agradeceré está consulta:
Hace muchos años años falleció mi abuelita quien tuvo 4 hijos y una de ellas es mi mamá, dejo su casa sin título. Yo viví en esa casa 21 años de mi vida, trabaje y logré vivir en otro lugar, dandole a mi mamá cierta comodidad. En la casa de mi abuelita quedaron 2 hijos vivos y 2 fallecieron. Una prima mía se fue a vivir a la casa de mi abuelita deciendo que no tenia donde vivir, ella es hija de mi tio fallecido, ella es hija de primer compromiso de mi tío, quien se caso despues y dejo 2 hijos más. Resulta que mi prima dice que ella tiene 10 años viviendo ahí y que hará por posesión porque le pertenece la casa. Actualmente también vive mi tía, hermana de mi mamá con sus hijos. Nosotros nos parece incorrecto esto, pues queremos proceder que se haga la sucesión intestada para todos y los justo para todos, Ahora también nos hemos enterado que ha alquilado un cuarto a un tercero porque alude que tiene necesidades económicas, no parece correcto. Que es posible hacer. Nosotros pensamos el resto de mis primos y tios que debemos hacer la Sucesión intestada y luego la prescripción adquisitiva del dominio. Ud que opina, muchas gracias.
En cuanto al registro de la propiedad, debe verificarse:
– si el inmueble está inscrito o no
– si su abuela tiene un contrato en virtud del cual adquirió la propiedad, que no llegó a registrar. También puede ser comprobantes de pago del precio.
Lo correcto es hacer la sucesión intestada y regularizar la inscripción primero a nombre de su abuela y luego de los herederos.
Si no hay documentos que acreditan que su abuela compró el inmueble, se puede iniciar el juicio de prescripción adquisitiva de dominio.
En el caso de su prima, no debería prosperar la prescripción porque su posesión no fue como propietaria, tuvo la posesión con permiso de su abuela.
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saludos, y agradesco su ayuda :mi mama tiene tres hijas , la mayor es hija del su primer compromiso,luego se caso con mi papa, mi papa tiene un hijo desuprimer compromiso.Mis abuelos por parte de mi mama , fallecieron y dejaron la casa ( 3 hijos una de ella mi madre.)solo existe un documento firmado de reparticion de la casa entre mis tios y mi madre.hasta ahi esta todo claro , la pregunta es: mi padre que porcentaje tiene de la casa, ya que esa casa fue un bien de mis abuelos, y si mi hermana la mayor tiene mas porcentaje de la casa , al ser hija de mi madre de su primer compromiso.Mi madre no dejo un testamento.Tambien habria algun problema si el apellido de unos de mis tios no es igual ala de mis abuelos , por que no es igual por dos letras, (hasta los nietos tienen el apellido cambiado y ser5ia dificil realizar la rectificacion). por que mi padre quiere haser el tramite de reparticion de herencia.me gustaria saber cuales serian lso porcentajes para las hijas y para mi padre.
La propiedad de sus abuelos maternos corresponde a sus 3 herederos: su madre y dos tíos, cada uno de ellos heredó el 33.33% de los derechos sobre el inmueble.
Esa proporción sobre la casa, constituye un bien propio de su madre, por lo que ese 33.33% se divide entre los 4 herederos de su madre: esposo y 3 hijos, cada uno hereda 8.33%
La discrepancia en los nombres entre herederos y causantes (quienes fallecen y dejan una herencia) es uno de los problemas más frecuentes que debe uniformarse con una Rectificación de Partida.
Para cualquier consulta adicional puede comunicarse a lyamamoto@servicioslegales.pe
El caso es que tengo 4 hermanos de padre y madre y dos de madre,mi padre ya falleció y ha dejado 2 inmuebles, uno de ellos lo ha vendido a uno de mis hermanastros mi padre/madre con un documento notarial, sin avizar a los demás hijos, el otro, despues de fallecido mi padre lo havendido a mis dos hermanos dejando de lado tanto los derechos de sucesión a mi persona y a mi hermana y media hermana.Es esto pocible si las herencias son irrenunciables? y sin haber un documento de parte nuestra de haber renunciado a nuestros derechos de herencia.Gracias por su respuesta.Ah, la respuesta la mandan al correo requerido o debo estar pendiente de esta página.
Los propietarios pueden vender los bienes mientras tengan la libre disposición.
Si se trata de ventas ficticias, puede demandarse judicialmente su nulidad para reclamar la exclusión en la herencia. Para cualquier consulta adicional puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Otra consulta mi padre y mi tio el difunto juntos heredaron un departamento de uno de los hermanos ya fallecidos, la propiedad esta en nombre de los dos,esta propiedad esta registrada en sus nombres, mis primos dicen q’ les toca esa propiedad a ellos, me puede decir q’ porcentaje le tocara a mi padre? Los impuestos q’ se pagaran mi padre tiene q’ pagar el 100% por la propiedad ?
Mi madre compro una propiedad más de 40 años mi padre falleció en 1985 , somos 9 hijos mi madre quiere vender la casa y repartirla en partes iguales y uno de ellos se opone a que se venda la casa mi pregunta es Este hermano puede hacer eso mientras mi mama este viva o ella tiene todo el derecho a vender la casa yo se que le corresponde el 50% del valor de la casa a mi mama . Gracias por su respuesta .
Si la propiedad se compró durante el matrimonio y bajo el régimen de sociedad de gananciales, cada esposo tiene un 50% de la propiedad. Al fallecimiento de su padre, su 50% se divide entre los 10 herederos ( viuda y 9 hijos), por lo que su madre reúne 55%, mientras que cada hijo tiene un 5%.
Cualquier co-propietario puede solicitar la división y partición del inmueble, para que:
– se venda a un tercero y se reparta el precio
– uno de los co-propietarios compre la parte de los otros, pagando el precio
Si el hermano se niega a realizar la división y partición, se puede pedir al Juez que la ordene.
Para cualquier consulta adicional puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
vivo con mi marido ya un año hace cinco meses nos cambiamos a una casa q termino de construirse yo colabore con ciertos gastos, mi pregunta es si un hijo q tiene de su anterior compromiso tiene derecho a este inmueble
Sí, los hijos extramatrimoniales tienen derecho a la herencia en caso de fallecimiento de el o los padre
somos 10 hermanos de los cuales 4 hemos hecho la sucecion intestada para poder reclamar
la herencia que dejaron nuestros padres al fallecer pero los otros 6 no quieren hacerlo para no poder vender la casa. es posible esto
La Sucesión intestada puede ser solicitada por cualquier persona con interés, no necesariamente un heredero.
Si 4 herederos tramitan la Sucesión intestada, ésta debe declarar a los 10 herederos sin excluye a alguno, será susceptible de impugnación judicial para reconocer el derecho del excluido.
Si 4 de los coherederos quieren vender una propiedad de la herencia, pero 6 no desean hacerlo, cabe solicitar la División y Partición de los bienes; en este caso el juez ordenará que la propiedad se venda y se divida el precio o que uno(s) de lo(s) heredero(s) se adjudique(n) la propiedad, debiendo pagar a los demás la cuota parte.
Estimada Lily, feliz año 2013.
Vivo en parte de un lote que esta a nombre de mi abuelo(fallecido) mi tia vive en la otra parte y no quiere arreglar la Sucesión I con mi madre. El predio esta inscrito en RRPP. Entonces estoy pensando junto a mi madre iniciar judicialmente el tramite de SI y forzarla a que se presente cuando los partes judiciales estén a la vista. No esta demás decir que hay otros 3 herederos 1 esta en el extranjero hace mas de 20 años y otras 2 finadas. Pero mi pregunta va mas alla: 1000% demostrado que mi tia quiere el 100% del lote por lo que no se va a poner de acuerdo a un tramite extrajudicial sobre la partición. Pregunto: Mi madre tiene su lote en otro Dist. otorgado por el Estado y el predio de Interes (terreno de mi abuelo)fue entregado por ENACE y se cancelo en 25 años. Corresponde o no corresponde heredar a mi madre parte del lote en discusión ya que los 2 lotes pertenecieron al Estado. Gracias
El trámite de Sucesión Intestada concluye con la declaración de quienes son los herederos, independientemente si ellos no se apersonan o presentan los documentos. Quien solicita la Sucesión intestada debe acreditar a todos los herederos, de lo contrario la declaración es impugnable.
Aunque su tía no acepte el derecho de su madre, una vez expedida la Sucesión intestada que reconoce a todos los herederos, esta se inscribe en la partida registral del inmueble, convirtiendo a los herederos en copropietarios.
Con ese título, su madre puede solicitar la división y partición, judicial en el caso de negativa de hacerlo en forma privada.
Respecto de la pregunta sobre la herencia sobre dos lotes que pertenecieron al Estado: si ambos fueron adquiridos por su abuelo, todos los herederos tienen derechos, incluso el que vive en el extranjero, así como los descendientes de los herederos fallecidos
soy hija no reconocida y mi padre tiene vienes quiero saber si tengo derecho a herncia. y que debo hacer.
En primer lugar debe obtener el reconocimiento de la paternidad, ya sea por declaración personal de su padre o al final de un procedimiento judicial. Una vez conseguido ese reconocimiento como hija, tendrá derecho a la herencia
Mi padre esta vivo, mi madre falllecio, no encontramos su partida de nacimiento, ademas, en sus documentos tiene sus nombres , que no coincide con mi partida de nacimiento, como puedo hacer, mis padres me iban a dar herencia anticipada.Gracias por su respuesta.
Sobre la partida de nacimiento que no se encuentra, puede ser sustituída por la partida de bautizo, dependiendo del año de nacimiento.
Sobre las discrepancias en los nombres, debe tramitarse la Rectificación de Partidas para todos los datos coincidan, el trámite puede hacerse ante Notario o ante el Juez
Buenas tardes:
Mi padre falleció hace casi 7 años, no dejo testamento, tiene varias casas. tengo 4 hermanastros, soy la menor. a cada uno dejo una casa, por cosas de la vida cuando tocaba dejarme una propiedad falleció. ellos se declararon como únicos herederos en la susecion intestada. ¿quisiera saber si hay forma de anular ese documento? y poder incluirme a dicha declaración de herederos. ¿cuales son los tramites a seguir?. gracias
Sí cabe solicitar que se le reconozca como heredera en un procedimiento judicial, en el que se puede solicitar como medida cautelar que se inscriba preventivamente la demanda en el registro de los bienes de los herederos declarados, para que no se burlen sus derechos.
SOMOS 13 HERMANOS EN TOTAL DE PADRE Y MADRE POR IGUAL EL CUAL SOLO 4 HEMOS TRAMITADO LA SUCESION INTESTADA JUDICIALMENTE ,NOMBRANDO AL RESTO DE LOS HERMANOS CON SU RESPECTIVAS DIRECCIONES.ELLOS VIVEN EN LA CASA ,HAN CONSTRUIDO SIN PERMISO NUESTRO Y HAN HAN RECIBIDO UNA CARTA DEL JUEZ CON UN TERMINO DE 30 DIAS PARA QUE SE INCLUYAN EN LA SUCESION .PERO POR QUE VIVEN Y SE ESTAN BENEFICIANDO NO QUIEREN INCLUIRSE EN LA SUCESION .MI PREGUNTA ES:: QUE PASARIA SI SE CUMPLE LOS 30 DIAS Y NO RESPONDEN NI SE INCLUYEN EN LA SUCESION?….EL TRAMITE NUESTRO CONTINUA SU CURZO??….DE SER NOMBRADOS SOLO NOSOTROS PODRIAMOS RECLAMAR NUESTRA PARTE AHUN ELLOS NO HABERSE INCLUIDO EN LA SUCESION? GRACIAS POR SU AYUDA
El trámite de Sucesión Intestada concluye con la declaración de quienes son los herederos, independientemente si ellos se apersonan o presentan los documentos. Quien solicita la Sucesión intestada debe acreditar a todos los herederos, de lo contrario la declaración es impugnable.
Estimada Dra antes que nada muchas gracias por atender a mi pregunta..tengo una abuelita de 82 años y ella esta siendo manipulada por una de mis tias,y ella esta haciendo los tramites de cobro de pension de viudez y ahora concretamente uno de cobro de un terreno vendido ,mi abuela por cosas de «magia» es la dueña total de un terreno que le correspondia a mi abuelito conjuntamente con ella por bienes gananciales pero mi difunto abuelo que ya es fallecido hacen 16 años no esta a nombre de los dos sino solo a nombre de ella,entonces mis preguntas son estas, el dinero que le paguen a la abuela ¿como se hace para que se reparta como es debido? es decir entre todos los hijos de mi abuelito fallecido? como es el procedimeinto legal para pedir y exigir una reparticion proporcional de este dinero, puede acaso una sola tia quedarse con todo ese dinero, como se hace para reclamar la reparticion?legalmente y si ese dinero esta puesto en el banco por los que compraron el terreno que se hace para trabar esa cuenta y que no se retire el dinero sino hasta haber echo esa sucesion intestada
en cuanto a la herencia de mi abuelita ella hereda su parte proporcional y la pregunta es? puede mi abuelita regalarle el terreno a otra de sus hijas? en la parte que le corresponda como herencia o no? puede regalarselo a un solo hijo o hija? o eso no esta permitido por la ley y si es asi cual es el codigo para saber y explicarselo a mis tias que es un acto ilegal…o si es posible? es decir ella puede regalarle es porcentaje de herencia que le toca o el total de 50 %
Por la naturaleza de su consulta no es posible darle una orientación genérica, se requiere el análisis de los documentos para brindarle una información específica al caso concreto
Estimada Doctora: Mi hermano falleció hace dos meses y no deja bienes a heredar, salvo lo que hubiera recibido cuando mis padres fallezcan. El se casó hace 15 años pero su esposa se fue a vivir fuera del país y no vivieron juntos, además tiene una hija de 10 años aprox con otra señora con la que no se casó. Mi consulta es quién hereda al fallecer mis padres, solamente su hija o también la esposa con la que no vivió, pero de la que no se separó.
A la espera de su gentil respuesta,
Elizabeth
Sólo herederan los descendientes, en representación del padre fallecido con anterioridad.
¿Si mi mama ha muerto sin dejar bienes,y la mama de mi mama tiene bienes,quienes pueden tramitar la herencia si mi mama ha sido casada y mi papa ya tiene otros hijos despues que se haya muerto mi mama
Si su madre ha fallecido sin dejar bienes, no hay herencia que repartir.
Cuando fallezca su abuela, la parte de la herencia que hubiese correspondido a su madre, se dividrá entre usted y sus hermanos por parte de madre.
MI SUEGRA FALLACIO YA HACE UNOS AÑOS,MI SUEGRO Y ELLA TUVIERON HIJOS EN COMUN PERO YA AMBOS TENIAN HIJOS DE ANTERIORES COMPROMISOS LO QUE QUISIERA SABER ES COMO ES EN ESTE CASO QUE SE EFECTUA LA HERENCIA PUES LO PRIMORDIAL ES LA ARMONIA DE TODOS POR QUE AL FINAL SON HERMANOS Y TODOS SE LLEVAN BIEN .SALUDOS …GRACIAS POR SU RESPUESTA.
Los herederos de su suegra son su esposo, los hijos de ella del primer compromiso y los hijos del matrimonio.
Los porcentajes dependerán si los bienes son comunes o propios.
buenas noches señora lily el problema por el cual estoy pasando es k mis padres fallecieron hace 7 o 8 años aprox sin dejar testamento …y el uniko inmueble k dejaron para sus 4 hijas incluyéndome es una casa de un piso k fue construida hace 50 años aprox de 160m2 y solo esta construido 120 m2..en donde mi hermana menor esta viviendo ahi…. bueno como seria la reparticion ??… pork segun mis otras hermanas kieren k les corresponda un piso para cada hija haciendo enfasis de k la casa es vieja y solo tiene un piso y ninguna de mis hermanas cuenta con dinero para construir los tres pisos restantes …. la unika salida seria vender el terreno completo y repartirlo o seria repartir aires de hecho…¿ se puede hacer eso ultimo? ya k yo tengo entendido de k la casa primero tiene k estar terminada con los 4 pisos para recien tener la declaratoria de fabrica para poder recien hacer la independisacion de cada piso ….y mi hermana alega de k a ella le corresponde el primer piso siendo este uniko k esta construido y mi otra hermana kiere hacer el segundo piso con tripley logicamente tiene k hacerlo encima del primero .. pero este primer piso esta k se biene abajo el techo entonces a mi me dejan fuera del juego ya k ni modo k construya una casa de material noble encima de una casa de tripley como se podria solucionar este enrollo gracias .
Por la naturaleza de su consulta, lamento no poder brindarle una orientación genérica gratuita. Las características de su consulta requieren la revisión de los antecedentes para emitir una opinión legal.
Se requiere saber si la construcción cuenta con licencia de construcción.
Buen dia mi pregunta es mas que nada por que mi papa fallecio en el mes de agisto estaba casado con mi mama por bienes mancomunados pero la casa la tenia desde antes de casarse, no alcanzo a arreglar el testamento y en las escrituras solo aparece el nombre de el, nosotros somos solo dos hermanos y queremos arreglar para que la casa quede solo a nombre de mi mama, usted cree que lo podamos arreglar?
¡Saludos!
El inmueble debe registrase a nombre de los herederos: su madre, usted y su hermano.
Después pueden transferir los derechos y acciones a favor de su madre, vía donación si usted y su hermano no tienen descendientes.
ENOS DIAS
AGREDECIENDO ANTELADAMENTE SU RESPUESTA, MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE, MI PADRE TIENE DOS HIJOS FUERA DEL MATRIMONIO, Y HEREDO HACE 6 AÑOS UNAS TIERRAS, DE LAS CUALES VENDIO LA MITAD Y NO LO REPARTIO A SUS HIJOS (INCLUYENDOME), SIMPLEMENTE LO GASTO, AHORA SÉ QUE EL DEJARA LA MITAD DE LO QUE LE QUEDA EN TIERRAS, A SUS DOS HIJOS Y LA OTRA MITAD LO PIENSA VENDER Y TIENE PLANES EN QUE GASTARA LO QUE LE DEN POR ELLAS. DRA. QUE PUEDO HACER, YA QUE NO ME ESTA CONSIDERANDO EN NADA, YO NO RECLAME MI PARTE LA PRIMERA VEZ, PORQUE CREI QUE SALDRIA DE LA VOLUNTAD DE MI PADRE HACERLO, AHORA VEO QUE EN ESTA SEGUNDA VENTA SERA IGUAL. YO SIEMPRE HE ESTADO CON MIS PADRES APOYANDOLOS EN TODO, CUANDO NO TRABAJABA Y CUANDO TRABAJÉ MAS AUN. LE DEBO PEDIR QUE ME CONSIDERE ? YO SOY HIJA DENTRO DE UN MATRIMONIO. ESPERO SU AYUDA. NECESITO SABER QUE PORCENTAJE ME CORRESPONDE Y A MI MADRE TAMBIEN.
SLDOS CORDIALES
Si su padre se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales tiene la libre disposición de sus bienes, a menos que se encuentre despilfarrando el dinero en forma exagerada que ponga en peligro su subsistencia.
En cuanto a la transferencia a sus hermanastros, su padre solo puede donarles un tercio de su patrimonio.
Si su padre falleciera, sus herederos serían la viuda y los hijos (matrimoniales y extramatrimoniales).
Esta es una orientación genérica gratuita, para una consulta específica a su caso puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
mi padre y mi mi madre fallecieron somos 5 hijos y uno de mis hermanos quiere comprar la casa la pregunta es EL DEBE RENUNCIAR A SU PARTE DE LA PLATA O LA PIERDE AUTOMATICAMENTE AL COMPRAR LA CASA??? o toca igual su parte de dinero??
Si los 5 hijos heredaron el inmueble, a cada uno le corresponde el 20% de los derechos y acciones.
Mediante la división y partición, los 4 hermanos pueden venderle el 80% de sus derechos y acciones al hermano que desea quedarse con la propiedad, quien deberá pagar el precio por la adquisición con la que consolidará el 100%.
Puede contactarnos para mayores detalles a lyamamoto@servicioslegales.pe
tengo una gran duda doctora. Mi madre fallecio hace ya 20 años. Estuvo legalmente casada con mi padre con lo cual somos 5 hermanos (del matrimonio) pero mi madre tenia 6 hijos anteriormente, por lo cual somos 11 hermanos de la misma madre. Al morir mi madre mis otros hermanos tienen derecho a reclamar algo. Cuento con el dato que mi mafre no tenia bien alguno antes de casarse con mi padre. En caso que si puedan reclamar algo puedo tener prioridad mi her,ano y yo que somos discapacitados en caso que actuen una vez fallecido mi padre? Espero su respuesta
Si todos los bienes de su madre tienen la calidad de comunes con su esposo, las propiedades se dividen en 50% para su madre y 50% para su padre.
El 50% de su madre se divide entre 12, 11 hijos y el viudo, a cada uno le corresponde el 4.1% de los derechos y acciones. Su padre tendrá entonces el 54.1%.
La discapacidad no modifica la proporción sobre la herencia.
Buena noche señorita mi tio vendio los terrenos de la familia sin consultarnos mi madre fallecio hace 9 años y supuestamente el iva a ser como nuestro padre por q hasta entonces era un ejemplo en la familia. no tenemos papel alguno (los abuelos fallecieron hace mucho) y son muchos hectarea y otros terrenos k los vendio a una asociacion ellos ahora estan construllendo sus limites esto fue hace 1 mes, digame si tenemos aun la opcion de anular esa venta yo y mis tres hermanos que necesitamos hacer q papeles debemos tener como minimo y como empesar gracias por su respuestas atte. hugo
Si el terreno se encuentra inscrito en Registros Públicos, a nombre de su tío, él tenía el derecho de transferirlo. Si está a nombre de otras personas, puede impugnarse judicialmente la venta.
Deben buscar documentos que prueben que sus padres eran los propietarios.
Pueden contactarme en lyamamoto@servicioslegales.pe
mi padre tiene 81 años sin discapacidad mental y mi madre tiene 80 años con alzheimer. mi padre quiere vender un terreno de un valor importante economicamente, el problema es que ese terreno esta a nombre de mi madre, pero mi madre hace unos años tiene alzheimer, el comenzo con los tramites de venta a traves de otra hija. mi pregunta es la siguente: el necesita las firmas de los hijos para vender? o el puede vender y utilizar el dinero en lo que al el se le plazaca o repartirlo entre los hijos que el disponga y a su vez desheredar a unos hijos?
Si el terreno está registrado a nombre de su madre, sólo ella podría transferirlo, pero ante su enfermedad, debe iniciarse un proceso de Interdicción, para que el juez declare que su madre es incapaz de expresar su voluntad y le nombre un representante que actúe en su nombre.
Después, el representante debe iniciar un proceso judicial de autorización de venta de bien de persona incapaz. El precio que se obtenga de la venta deberá ser administrado con autorización judicial
Una hija no puede vender en nombre de su madre, a menos que cuente con un poder otorgado notarialmente. Si existe es impugnable por el estado de salud de su madre que no se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales.
La desheredación debe ser declarada judicialmente y en casos extremos como atentado contra la vida, negarse a prestar alimentos, etc.
Buenos dias mi abuelo fallecio 03-01-2013 los unicos que nos dedicamos a el hasta sus ultimos años y ultimos dias fue mi esposa, yo (nieto) y mi padre (hijo de mi abuelo) que venia a verlo 2 vez por semana o cuando lo llamabamos cuando el abuelo decaia para que el lo lleve a emergencia ya que mi esposa yo (nieto) nos encontramos delicados de salud..ahora su otro hijo(tio) nunca tubo tiempo para el(mi abuelo) no ayudo para los medicamentos ni para su atencion en el domicilio, desde que naci vivo con mis abuelos ..mi papa no va tener seguro pension nunca aporto mi tio si (mi tio vive aparte en otro domicilio)…..ahora en estos ultimos años mi abuelo me decia que no queria que entre a la casa mi tio ni que este en su entierro(no le he dicho nada de esto a mi tio)…tambien me decia que mi papa era quien tenia que quedarse con la casa porque era su unico hijo(esto por que el se preocupaba por mi abuelo y estaba pendiente de su salud) a mi esposa y yo nos decia que toda la casa era tambien de nosotros y que construyeramos ya el 2do.piso esto es uno de sus deseos que ha querido… ahora la funeraria esta haciendo los tramites de ley ….mi abuela esta viva y esta casada con todo de la ley con mi abuelo (mi abuela vive conmigo en la casa) y tuvieron solo 2 hijos (mi papa y mi tio) no hay 3ras.personas..como puedo hacer o empezar todo los tramites para cumplir lo que mi abuelo me ha dicho a mi papa y a mi (solo el abuelo tiene esta casa no tiene otras propiedades), y poder yo ya construir lo que mi abuelo pidio..gracias por su respuesta
Legalmente los herederos de su abuelo son su abuela, su padre y su tío.
No se puede excluir a un heredero a su derecho a la herencia, salvo casos extremos de desheredación
Lo que pudo hacer su abuelo es disponer del tercio de libre disposición para mejorar la parte de la herencia a su padre o donarsela a usted, mediante un testamento.
Si la propiedad es un bien común, su abuela tendrá 66.66% de los derechos y acciones, su padre y su tío tendrán 16.66% cada uno.
Mi madre falleció en 1990 y mi padrasto en 1993, los hijos de padre realiuzaron la sucesión intestada del padre no presentaron la partida de matrimonio. Han asumido que todos los bienes son del padre. No se ha hecho aún la sucesión intestada de mi madre. Estoy en ello, pero existe un problema con los nombres de mi padrasto por lo cual tengo que corregirlo con su partida de nacimiento la de matrimonio, nombre que tampoco coincide con el del causante (padrasto) que esta registrado en la Sunarp. Puedo yo corregir los nombres del causante en la Sunarp, que es lo que tengo que hacer. Los bienes están a nombres de ambos y registrados en la Sunarp esta errado el nombre del causante (padrasto) en los bienes registrados en la sunarp. La sucesion del padrasto lo realizaron con la partida de defunción con el nombre errado, partida que fue corregida posteriormente con la de nacimiento.
En su caso es necesario revisar los documentos para determinar cuál es el error, para solicitar la Rectificación de partida (judicial o notarialmente), después se hace la corrección en Sunarp
buenos dias, mi padres falleció el año 1968 cuando tenia 10 años no es casado con mi madre, pero mi abuela fallece el año 1992, dejando un testamento el año 1984 en el cual nombra a siete hijos, excluyendo a mi padre ya que fui su unica hija. que puedo hacer para desechar el testamento de mi abuela, y si me corresponde herencia por lo que le correspondería por el lado de mi padre.
gracias
Debe impugnarse judicialmente el testamento, por excluir a la heredera en representación del heredero fallecido con anterioridad. Si fueron 8 hijos, a cada uno de debe tocar 12.5% de los derechos y acciones. Si usted es la única hija de su padre, a usted también le toca ese porcentaje, si tiene otros hermanos por parte de padre, entre todos comparten el 12.5% que le correspondía a su padre.
buenas tarde mis padres fallecieron y tengo la sucesion intestada de la propiedad somos 2 hermanos estoy en tramite de divorcio quisiera saber si mi exesposa tiene derecho a la parte de herencia que me correponde
La herencia es bien propio del cónyuge que la recibe.
Mi abuelo murio hace como 50 años , el tuvo un hijo con mi abuela y otros hijos con otra señora , al morir deja un testamento y en este no incluye dos inmuebles debido a que estos fueron comprados con el dinero de mi abuela, los otros hijos nunca han reclamado nada sobre estos bienes , el problema es que queremos regularizar los documentos poniendolos a nombre de mi padre que aun vive , el temor es de que para esto tengamos que avisar a los otros hijos de mi abuelo que no viven en el pais. agradecere sus comentarios
Debe determinarse si los inmuebles comprados con dinero de su abuela, están registrados a nombre de su abuelo también. En ese caso, puede inscribirse el testamento, aunque no se haya incluído.
Una vez registrado el testamento, aparecerá a nombre de todos los herederos.
Para el trámite del registro del testamento, no se requiere la intervención de los demás herederos, pero sí para la venta.
buenos dias somo 9 hermanos de padre y madre, mi padre murio en el 2004 sin dejar herencia, ya se realizo la sucesion intestada de herederos dejando como bien comun un terreno para construccion de 3850 metros actualmente mi madre tiene 80 años deseo saber cuanto de area le corresponde y si puede disponer de ello y si es posible que el area que le corresponde lo pueda dejar en herencia mediante testamento a un solo herredero.
Estimo que lo que quiso decir es que su padre no dejó testamento.
Si el bien es conyugal, a su madre le corresponde el 55% y a cada uno de los 9 hijos un 5%
Su madre solo puede disponer de un tercio de sus bienes, los dos tercios restantes no puede ser negado a los herederos legales. Sin embargo, sí puede transferirlos mientras la vendedora se encuentre en pleno uso de sus facultades mentales.
OTRA CONSULTA, LA COMPRA DE LAS PROPIEDADES SE HIZO MIENTRAS MIS ABUELOS ESTUVIERON CASADOS , ALFALLECER EL ABUELO EL NO CONSIDERO LAS 02 CASAS EN SU TESTAMENTO DEBIDO A QUE CONSIDERO QUE SUS OTROS HIJOS NO TENIAN DERECHO A ESTAS POR SER HECHAS CON DINERO DE MI ABUELA Y POR LO TANTO PARA QUE NO LAS RECLAMEN,MI PADR5E NO HA REGULARIZADO LOS DOCUMENTOS DEBIDO AL TEMOR QUE LOS OTROS HEREDEROS TENGAN QUE SER NOTIFICADOS Y EN ESE MOMENTO RECLAMARAN SU PARTE A PESAR DE QUE MORALMENTE NO LES CORRESPONDE, POR OTRO LADO , MI PADRE PUEDE VENDER LA PARTE QUE LE CORRESPONDE SIN NOTIFICAR A NADIE
buenas tardes mi padre facellio hace 15 años y se ha solicitado el pago de devengados al seguro y me piden la susecion intestada inscrita en registros publicos pero hace 8 años se realizo una susecion intestada mediante un notario, se puede inscribir esta susecion en registyros publicos o hay que realizar otra nueva
Solo se hace una Sucesión intestada y debe inscribirse en el Registro de Sucesiones Intestadas, así como en los registros de los bienes de la herencia
UNA CONSULTA; MI SUEGRA CUANDO ENVIUDO REALIZO UNA SUCESION INTESTADA EN EL AÑO 2005 ( SU ESPOSO FALLECE EN EL AÑO 1996)DECLARANDO HEREDEROS ELLA COMO ESPOSA Y A SU HIJO, ES DECIR MI ESPOSO. AHORA SE ESTA TRAMITANDO UN PAGO DE DEVENGADOS POR LA PENSION DE MI SUEGRO DIFUNTO, LA ONP HA ENVIADO UN DOCUMENTO DONDE DICE QUE SE REALIZARA EL PAGO SIEMPRE Y CUANDO EL DIFUNTO HAYA DEJADO UNA SUCESION INTESTADA DONDE ALEGA QUIENES SON SUS HEREDEROS, AHORA MI PREGUNTA ES: LA SUCESION INTESTADA QUE REALIZO MI SUEGRA ES VALIDA, HASTA LA FECHA YA QUE MI SUEGRO DIFUNTO NO DEJO TESTAMENTO ALGUNO, O SE TENDRA QUE TRAMITAR OTRA SUCESION INTESTADA?
Sólo se tramita una sucesión intestada
bueno dia mi abuelo fallecio cuando yo tenia 15 años y el siempre me dijo que me dejaria una herencia y mis estudios pagados de la uni, pero ahora a mis 24 años recien recuerdo todas esas palabras y quisiera saber como tener acceso o saber si mi abuelo me dejo alguna herencia en su testamento, presiento que mi padre cuando era menor de edad recibio esa herencia ami nombre como puedo proceder.. gracias.. mi abuelo fallecio en lima
Debe hacerse una búsqueda en los Registros Públicos, para saber si su abuelo dejó testamento y conocer su contenido.
Mi suegra a fallecido hace poco y mi esposa quiere hacer una sucesion intestada pues su hermano en complicidad con su papa quieren botarla de la casa.
Mi suegra dejo un papel escrito en el 2006 indicando a quien dejaba la casa (papel simple con su firma y huella digital) pero mi esposa quiere solo lo que le corresponde es decir el 50% para ella y el 50% para su hermano. Adicionalmente su hermano quiere coger los cuartos del segundo piso a la fuerza rompe con comba todo y apropiarse ………………pregunto que se debe hacer ?? ya inicio hoy el tramite pero demora entiendo que pasa si el hace eso ?? la justicia lo puede devolver ???
Si el inmueble tiene la calidad de bien conyugal, el viudo tiene 66.16% de los derechos y acciones de la propiedad y cada hijo 16% cada uno.
Haga una denuncia policial para dejar constancia de los daños a la propiedad común para iniciar posteriores acciones legales
hola , mi padre fallecio hace 6 años y mi hermana hace 2 años se declaro en una sucesion intestada como heredera sin mencionar a mi y a mis otros hermanos, que puedo hacer , ella ha infringido la ley al obviarnos en la sucesion intestada si actualmente vivimos en la misma casa?» y su esposo trabaja en la notaria que han realizado este trámite mil gracias por su respuesta
Debe demandarse judicialmente que se reconozca el derecho de los herederos excluidos maliciosamente.
Ponga en conocimiento de la Notaría el irregular proceder de su hermana, quien además ha faltado a los deberes de lealtad con su empleador al ocultar la existencia de co-herederos.
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mi pregunta es que, mi mama murio el 23 de diciembre del año 2012, yo soy unica hija, pero ella se caso en el año 1988 con mi padrastro, pero el hizo abandono de hogar en el año 1995, mi mama lo denuncio por abandono de hogar, pero ellos en el año 1990 compraron un terreno de 90 m2, pero no esta inscrito en registros publicos, ante la municipalidad mi mama aparece como la posesionaria del terreno, pero yo me fui hace 12 años a españa y yo le construi a mi madre uan casa de tres piso pero solo en 45 m2, porque cuando mi padrastro la abandono solo estaba construido como lo habian comprado, yo volvi a construir todo para la comodidad de mi madre, nunca se preocupo de ella y el se fue con otra mujer de la cual tienen unahija que nació en el año 1998, pero le cuento que antes que el se retirada de la casa los otros 45m2 se lo dio a su hermana y la hermana ha construido ahi, ahora con la muerte de mi madre quiere darme el primer piso y agarrarse el segundo y tercer piso de los 45m2 construidos que yo hice para mi para mi madre, yo tengo en posesion la casa, usted cree que lo que el abandono a mi madre y la dejo desampara pierda ese derecho, que puedo hacer para que no me quite esa casa que yo construi para mi madre, aunque practicamente el tiene el 45m2 que lo tiene la hermana, los autovaluo y recibos de agua y luz estan a nombre de mi madre. ayudeme doctora por favor espero una alivio en sus respuestas, gracias Dios la Bendiga.
La naturaleza de su consulta es específica y requiere la revisión de los documentos del caso, por lo que no nos es posible darle una orientación genérica gratuita. Para información sobre su caso concreto nos puede contactar a lyamamoto@servicioslegales.pe
hola somos tres hermanos y uno de parte papa , hemos realizado la sucesion intestada sin mencionnar a este hno. es legal y el puede apelar o hacer algo , nuestros padres estan fallecidos y que pasasria con nosotros si en caso el realiza algun tramite
gracias
Su hermano puede reclamar su reconocimiento como heredero, así como los daños y perjuicios por haber sido excluído.
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saludos:
le agrdezco de antemano su respuesta, mi hija tiene 11 años, su padre la dejo a los 3 conmigo el tiene ya otro compromiso o esposa con una niña de 3, mi pregunta es que si todo lo q posee lo registra a nombre de su esposa, propiedades, negocios, etc, . el se esta seprando quisiera saber si mi hija tiene derecho a reclamar algun procentaje de la herencia en el futuro. Ya q al separase los dos, se dividiramn los bienes…acaso mi hija dicho derecho…
gracias
Su hija, si está reconocida o ha nacido dentro del matrimonio, tiene derecho a la herencia, compuesta por los bienes que tenga el padre al momento del fallecimiento. Si se dividen los bienes con la conviviente y el padre los mantiene hasta su fallecimiento, éstos pertenecen a los herederos
doctora mi consulta es lo siguiente: mi madre fallecio hace un año sin dejar testamento son casados de 30 años con mi padre tienen bienes, somos 4 herederos por desconocimiento de leyes dejamos pasar todo esto y mi padre aparese con nuevos documentos donde los bienes aparecen solo asu nombre pero estos bienes se compraron con pleno conocimiento demi madre ya cuando eran casados de 10… ahora ya vendio una casa solo mi padre:
doctora quisiera saber que es lo que habra pasado en todo estos documentos x que las escrituras contenian nombre de papa y mama finada…. o sea que es posible esta venta gracias por su respuesta….
Por la naturaleza de la consulta no es posible darle una orientación genérica gratuita. Para responder su pregunta sobre el caso concreto, se deben revisar los documentos. Puede contactarnos para una consulta a lyamamoto@servicioslegales.pe
Buenos días Dra. la felicito por sus consejos y sabiduría en sus respuesta. Conocemos a una ancianita que la hemos ayudado económicamente dede hace muchos años actualmente tiene 89 años y tiene una casa pero no tiene herederos como hermanos hijos ni sobrinos directos pero si tiene una prima hermana a la cual estamos tratando de ubicarla para que pueda apoyar económicamente ya que está hospitalizada con los gastos de medicamentos y exámenes. Mi pregunta es, su prima sería conciderada heredera de la casa de la anciana y en caso de no encontrarla quien se quedaría con la propiedad. Gracias por su respuesta.
Los parientes más remotos heredan en caso de no existir parientes cercanos.
Si no hay herederos, la propiedad pasa al Estado
Si la propietaria no tiene herederos forzosos (cónyuge, descendientes o hermanos) puede transferir la propiedad mediante un legado, vía testamento.
mi prregunta es compre una propiedad en peru en el 2006 pero aun no lo he puesto a escritura publica tendre algun problema al hacerlo ahora?
No ninguno, no hay sanción por no hacerlo. Pero es recomendable hacerlo para que su derecho de propiedad sea público y el anterior propietario no pueda transferirlo nuevamente
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Buenos dias Dra. mi madre fallecio y no dejo testamento,somos 6 hermanos pero ninguno de ellos quiere iniciar los tramites de la sucesion ,lo puedo pedir yo? si lo pido yo tambien les va a corresponder a ellos? otra cosa no sabiamos que mi mama era casada con su anterior esposo que la abandono hace muchos años incluso se caso en provincia con otra mujer y tiene otros hijos , le corresponde a el tambien beneficiarse.de antemano gracias por su respuesta Dra.
La sucesión intestada la puede pedir cualquier persona con interés en la herencia. Usted puede pedirla reconociendo el derecho de todos los herederos.
La regla general es que el esposo, sí tiene derecho sobre la herencia.
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Hola : Mi abuelo materno al morir dejo una propiedad, pero mi abuela (segunda esposa de mi abuelo aun vivia ) al fallecer ella y tambien el ùnico hermano de mi mamâ, su viuda se ha adueñado de la casa. Mi madre es viuda y no quiere vivir en esa casa, puede pedir que le den parte de lo que cuesta la casa? Su cuñada quiere vivir ahi sola? Que puedo hacer para hacer valer el derecho de mi mamà. Gracias
Se deben tramitar las Sucesiones intestadas de las personas que aparecen como propietarios de la propiedad, para que figuren a nombre de los herederos: su mamá y su hermano fallecido.
También debe tramitarse la Sucesión de su tío, para que se inscriba su parte en la herencia a nombre de sus herederos.
Posteriormente se puede pedir la división y partición para que se adjudique la propiedad a un heredero pagando el precio a los demás
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primero gracias por la respuesta. mi abuelo falleció en el Cusco y todos sus hijos que son mis tios y mi madre viven en Huancayo, quisiera saber si es necesario viajar al Cusco, para solicitar el Certificado Negativo de Testamento y un Certificado Negativo de Sucesión Intestada en el donde falleció él, y los tramites ante el notario realizarlos aquí en Huancayo, espero su pronta respuesta, gracias.
El Juez o Notario competente para tramitar la Sucesión intestada es el del último domicilio del causante (persona fallecida).
Si su abuelo vivía en Huancayo y falleció en Cusco, los trámites deben hacerse en Huancayo. Allí deben tramitarse los certificados negativos aludidos.
buenos dias,en la sunarp figura mi padre como heredero de una herencia de mi abuelito,pero yo estoy muy segura que a mi padre le encomedaron una parte de la herencia para mi, ya que cuando fallecio mi abuelo yo era menor de edad,creo que le dicen nombramiento albacea,quisiera saber como puedo acceder al testamento completo y saber si le dieron algo a mi padre para que me dieran, claro sin que el se entere
Puede hacer una búsqueda en Registros Públicos sobre la existencia del testamento y de su contenido, no se notifica de la búsqueda a los demás herederos.
Yo vivo en una propiedad de mi abuela desde hace 5 años
con la promesa de que ella me la heredaria.
Pero ella fallecio hace 1 año y ahora dice mi abuelo que no hay tal testamento
asi que la casa no es mia. y yo ya le he invertido mucho a esa casa.
puedo peliar la casa??? tengo oprtunidad de algo???
No se menciona si su abuela tiene hijos vivos, en ese caso ellos heredan junto con su abuelo. En ese caso usted como nieta no tiene derecho a la herencia.
Puede reclamar el reintegro de las mejoras introducidas a la propiedad, si tiene las pruebas de ese aporte.
Saludos
Lily
YO VIVO CON MI TIA QUE TIENE 84 AÑOS ELLA SE ENCUENTRA POSTRADA NO TUVO HIJOS PERO SU ESPOSO QUE FALLECIO TIENE DOS HIJOS… YO CON MI ESPOSA NOS HICIMOS CARGO DE SU CUIDADO HACE UNOS CINCO AÑOS DE MI TIA.YO CORRO CON LOS GASTOS DE LOS SERVICIOS, MI PREGUNTA ES QUE PASA SI FALLECIERA, TENGO QUE DEJAR O SALIR DE LA CASA EN FORMA INMEDIATA
Se requiere saber si su tía tiene sobrinos o hermanos.
Si su tía se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales, podría otorgar un testamento dejandole la herencia.
Para mayor información para su caso específico, puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Estimada Lily mi madre falleció hace tres años y mi padre hace 45 años, somos dos hermanas y una fallecida quien a su vez tuvo dos hijos. Mi pregunta es si para hacer la sucesión intestada de un solo predio comprado por mis padres, debo hacer la sucesión intestada de ambos (de mi padre y de mi madre) y respecto a los dos hijos de mi hermana también tendrán que hacer sucesión intestada para que entren a la parte que le toque a ella. Gracias por su atención.
Sí, se requieren las tres sucesiones intestadas.
Saludos mi hermano soltero murió atropellado y dejó 3 propiedades.No tiene hijos,ni esposa,ni padres sólo 5 hermanos.Me dejó una carta poder para administrar sus bienes notarialmente.
Mis hermanos dicen que debemos repartirnos entre los 5 y la voluntad de mi hermano era que yo me quedara con todo para asistir a dos sobrinos.¿Cómo se resolvería el caso?
Si no hay testamento, los bienes deben dividirse entre los 5 hermanos en partes iguales.
Hola mi caso es el siguiente mi mama fallecio hace doce años dejandonos solos a cinco hermanos con nuestro padre ahora yo soy mayor de edad y vivo en la casa de mi madre fallecida con mi papa y mi hermano menor,tengo mi novia gestando y quisiera quedarme en casa pero mi papa me quiere botar hay alguna ley q impida esto q solo por ser mayor y los papas se aburran de uno te puedan hechar de casa. mi madre no dejo testamento gracias.
Siendo copropietarios todos tienen derecho a la posesión.
MI esposo falecio en Lima hace dos anos. El tiene un departamento adquirido en LIma como propiedad propia, en donde vivimos ambos por muchos anos. El dejo un testamento en que senala que se distribuyan sus bienes de acuerdo a Ley y a mi como esposa me deja ademas el tercio de libre disposicion.
La unica propiedad que tenia mi esposo era el referido departamento.
Deseo saber si en este caso, por tratarse de nuestra casa habitacion, la misma queda bajo mi sola propiedad, o debo necesariamente compartirula con mis hijos segun testamento. Si fuera de mi propiedad, que debo hacer para que se me adjudique la misma y si en tal caso pùeda posteriormente ser vendida como mia.
Los hijos de su esposo y usted son copropietarios.
Mediante la división y partición, usted podría solicitar comprar los derechos y acciones de los copropietarios para quedar como única propietaria.
Para información específica sobre su caso concreto, puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Mi padre falleciò y no me permiten revisar su oficina privada (dentro de la empresa) cuando allì pueden haber papeles muy importantes e incluso dinero. Era el presidente de la empresa y socio (son tres socios) La sociedad es anònima. ¿Què puedo hacer? Gracias
La naturaleza de su consulta requiere la revisión de los antecedentes específicos al caso concreto. Puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Disculpe una consulta, la carta poder es para algo especifico o la persona a la cual se le dio el poder puede utilizarlo para otros tramites y otra pregunta, nesesita una persona que quiere dar el poder a otra estar en el pais, a lo puede hacer desde otro pais, si es asi cual seria el proceso, muchas gracias.
El poder puede ser general o especial.
Se requiere poder especial para vender u otorgar garantía, el encargo debe constar en forma específica.
Para los demás puede hacer un poder general, aunque se recomienda definir con exactitud el encargo.
Si quien otorga el poder está en el extranjero, puede hacerlo en el Consulado del Perú. El documento lo remite al Perú, donde se inscribe en el Registro Público y queda expedito para que el apoderado represente al poderdante.
Para cualquier consulta específica sobre el poder puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
una pregunta fallecio un tio y dejo una cantidad grande de cosas pero no tiene hijos y los padres estan muertos , solo tiene harmanos quiero saber si ahy participan vivos y muertos y los conyuges de los hermanos , pero ahy un problema que las cosas y casas que tenia las dejo a noimbre de 3 los cuales estan dispuestos a devolver y dices que ahy un testamento quisiera sabes tambien si es valido por lo que a su nombre no tiene nada …
Solo heredan los hermanos vivos.
Respecto del testamento, deben revisarse los antecedentes de su caso. Puede consultarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Estimada Doctora,
Soy de Breña, tengo 44 años, mi padre murio hace 10 años y dejo un inmueble de herencia en el cual viven 3 de mis hermanos, yo vivo cerca de ellos a menos de dos kilometros con el menor de mis hermanos a quien lo lleve a vivir conmigo desde que tenia 14 años (somos 5 hermanos).
Resulta que el hermano que vive conmigo se ha reunido con mis hermanos que viven en el inmueble que dejo mi padre y han realizado una declaratoria de herederos hace tres años en la cual solo ellos 4 son los herederos.
Cuando me entere, no podia creerlo, vivo con uno de mis hermanos y siempre lo he apoyado desde que era menor de edad y asi me paga, hace tres años que lo hicieron y nunca me dijo nada no obstante verme todos los dias, mis demas hermanos tambien los veo siempre pero nunca me dijeron nada.
Estoy por impugnar la sucesion intestada no obstante me he enterado que dos de mis hermanos han transferido su porcentaje de acciones del inmueble, lo hicieron al mes de la declaratoria lo que me hace pensar mas en la mala fe que tuvieron pues en la casa no viven mas que ellos y la transferencia lo hicieron pensando en evitar cualquier reclamo cuando me diera cuenta.
Son cosas que ponen un antes y un despues en tu vida, nunca pense que mi familia me pudiera hacer esto.
Quisiera consultarle, si aparte de solicitar la impugnacion, puedo tomar acciones adicionales considerando la deslealtad de no avisarme y haberse coludido todos para evitar que yo tomara parte de mi legitima herencia.
Atte
Carlos
Lamento mucho la deslealtad con la que han procedido sus hermanos, además de actuar contra lo que señala la ley. Además de la impugnación, podría solicitar los daños y perjuicios ocasionados por esa conducta, con el reintegro de gastos y costos al verse obligado a iniciar acciones judiciales.
mi consulta es la siguiente por favor necesito respuesta urgente ,mis padres son casados mi papa fallecio hace 11 años somos 5 hijos de padre y madre mas 1 hijo solo de padre hace poco empezo a caerse el techo de mi casa por partes en la sala la cocina entonces me di cuenta que nadie va arreglar nada hasta que no se hagan documentos ahora mi madre quiere dejar en partes iguales para todos incluyendo la parte que le toca a ella en vida pero sinceramente mi preocupacion es la siguiente mis ultimos hermanos uno de 21 y una de 15 no fueron firmados por mi papa ya que el no pudo porq padecia de cuadriplegia yo firme como declarante he escuchado que a ellos no les corresponderia soy la hermana mayor y mi padre me los encargo mucho no me gustaria que mis hermanos mayores utilicen esto para evadirlos ,he aconcejado a mi madre que ella los declare a ellos como unicos herederos de ella en vida pero la verdad nose si sera buen consejo necesito saber si es verdad que no les corresponderia ,y que tramites debemos iniciar agradecere me responda a la brevedad posible .
Si sus padres son casados, todos los hijos nacidos durante el matrimonio, se presumen hijos de los esposos, es decir todos tendrían el mismo derecho a la herencia.
No recomendaría que su madre otorgue un testamento desconociendo a los demás coherederos.
en la sunarp me dieron solo dos hojas donde dicen los herederos que esta mi padre, pero como puedo yo saber el contenido completo del testamento, ahi solo dicen los nombres, yo se que mi abuelito le dio bienes a mi padre para que me lo de al cumplir la mayoria de edad, creo que eso se llama albacea creo o algo asi?yo puedo tener acceso al testamento completo?me lo da la sunarp o la notaria?pero no me encuentro en la linea de lo herederos titulares
El documento expedido por SUNARP recoge el nombre de las personas instituídas como herederos o legatarios del testador. Si le hubieren dejado un legado, su nombre estaría alli.
Puede pedir a la Notaría donde se otorgó el testamento, una copia para conocer su contenido exacto.
El albacea administra la herencia, si se otorgara una propiedad a favor de un menor de edad, tal disposición estaría inscrita en la partida de SUNARP.
Que tal estoy casado pero mucho antes del matrimonio tuvo un hijo con su antigua pareja nosotros no tenemos en este momento un hijo juntos. Mi pregunta es: ella tiene una propiedad antes del matrimonio lo que quiero saber es si mi esposa fallece a quien va sus propiedades a mi y a su hijo o solo a su hijo y por ende el papa de el puede tomar poder sobre las propiedades ya que el niño es menor de edad.
Ademas quisiera saber si el niño se quedaria conmigo o se tendria que ir con su papa a que le maneje el dinero que la mama tiene en un seguro. El niño tiene actualmente 13 años lo que quiero saber es si el tiene capacidad de decision con quien irse o en automatico lo mandan con su padre
En caso de fallecimiento, los herederos legales son el cónyuge y los descendientes.
Si el heredero es menor de edad, el padre tendrá la administración solo de esa parte.
En caso de fallecimiento de la madre, el padre asume la tenencia. Si tal medida resultara inconveniente, podría pedirse al juez una decisión distinta, escuchando al adolescente.
Dra. mi consulta es, si una pareja de esposos adquieren una propiedad y no llegaron a tener hijos en común, y jamás se divorciaron pero el esposo tuvo 5 hijos fuera del matrimonio, y luego el falleció hace 10 años, pasaron 5 años + y fallece la esposa que tenía una media hermana q también falleció antes que ellos, hace 20 años y la cual dejó 3 hijos, quienes vendrían a ser sobrinos por parte de ella.
Es cierto que sólo reciben la herencia los 3 sobrinos por parte de ella, y no los hijos del esposo porque el murió antes que la esposa?
Muchas gracias de antemano por la respuesta.
Sí
Estimada doctora:
Mi caso es el siguiente, cuando yo naci me registraron con mis nombres y apellidos de María Ramirez Jimenez quedando como hija menor de cinco hermanos, al pasar el tiempo mis padres hicieron la declaratoria de herederos en la cual yo figuraba, pero cuando cumpli los 15 años mi hermana y mi cuñado, personas las cuales me criaron desde bebé y nunca me hicieron faltar nada y me criaron como su hija; me cambiaron mis apellidos por el de ellos quedando como María Orozco Ramirez. Es decir mis padres verdaderos llegaron a pasar a ser mis abuelos con este cambio de apellidos. Mi pregunta es ¿Tengo derecho de reclamar mi parte de la casa, sabiendo que legalmente ya llevo otros apellidos? OJO, MIS PADRES LEGÍTIMOS YA FALLECIERON
Por la naturaleza de su consulta no es posible brindarle orientación genérica, se requiere la revisión de sus documentos para determinar su situación. Puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
DRA. MI HERMANA HA ENVIUDADO HACE UNOS MESES ESTUVO CASADA POR CIVIL, , NO TUVO HIJOS,VIIVE EN UN DEPARTAMENTO QUE SE GESTIONO A NOMBRE DE SU DIFUNTO ESPOSO, ESTE BIEN ESTA PAGADO EN UN 30% . MI CONSULTA ES A MI HERMANA LE CONVENDRIA PAGAR EL SALDO RESTANTE DE LA DEUDA. POR QUE DESDE YA HA SIDO VISITADA POR SUS EX-SUEGROS MANIFESTANDOLE QUE ELLOS SON HEREDEROS FORZOSOS Y LE CORRESPONDE PARTE DEL DPTO. GRACIAS POR SU RESPUESTA
Los herederos forzosos son los padres y la viuda.
Buenas, mi pregunta es la siguiente:
mi abuelo obtuv por herencia una casa estando casada con mi abuela y del cual tuvieron 2 hijos , mi abuela fallece dejando a mi padre y tio pequeños y mi abuelo tuvo una nueva relación teniendo 2 hijos más, hace tres años fallecio mi abuelo me gustaria saber cual es el porcentaje que le corresponde a los hijos y al también el segundo compromiso de mi abuelo. Leyendo en uno de sus comentario usted decia q la esposa obtiene el 50% de la propiedad ese porcentaje estando fallecida mi abuela no le corresponderia una parte tbm a mi padre y tio (osea los 2 primeros hijos) . Muchas gracias por su respuesta
Por la naturaleza de su consulta no es posible ofrecerle una orientación genérica gratuita. Deben revisarse los documentos para darle información específica a su caso concreto
Buen dia , la situacion es ésta la abuela de mi esposo hace años realizó la compra de un terreno junto con su esposo,el cual esta divido en 2 casas(actualmente) una q habita ella y otra que viendo la situacion de su hija le cedió para q viva con sus hijos diciendole de palabra la parte que le iba dar el cual la hija inscribio con su nombre, osea el terreno sale con su nombre. Despues de más de 20 años teniendo fallecido al abuelo quieren reclamar parte de la casa donde actualemente vive la abuelita diciendo que le corresponde por ser hija y el cual la abuelita quedo que seria para dos hijos mas que viven con ella, mejor dicho la abuelita tiene 4 hijos (una a la q le dio el terreno, otros dos que le dividio la parte donde ella vive con ellos, y una q le dio un terreno por otro lado) todos aceptaron verbalmente pero lamentablemente una quiere reclamar la casa destinada para dos. Disculpe si me extendi demasiado espero me responda
Deben revisarse los documentos de su caso concreto para determinar si la hija tiene derecho sobre la otra casa, o ella recibió como anticipo de legítima la otra propiedad
Dra. acabo de hacerle la consulta anterior, y fui a la notaría y me dicen que los 5 hijos del propietario también deben ser incluidos como herederos+ los 3 sobrinos por parte de la propietaria del inmueble… y que no importa que el esposo haya muerto antes y que no sean hijos del matrimonio, porque los sobrinos de la propietaria también son hijos de la media hermana de la propietaria. Ahora estoy mas confundida que antes. Por favor explíqueme el caso. Muchas gracias.
Dra. quisiera que por favor me resuelva una duda «mis padres se divorciaron en el 2011 y en la sentencia se dictaminó que mi padre tenia que pagar una indemnización y liquidar un bien para entregárselo a mi madre, por desidia de la abogada que contratamos es que no se pudo concretar la ejecución de la sentencia; el caso es que mi padre a los 4 meses se caso nuevamente y hace una semana falleció, quisiera saber es lo que pasara con la sentencia emitida por el juez sobre el bien y la indemnización se realizara o no? Bueno mi otra consulta es que mi papa adquirió un bien con su esposa estando casado con mi mama, eso también corresponde a los hijos del primer matrimonio ? Gracias anticipadas por la respuesta
La sentencia es ejecutable contra los herederos, sobre el patrimonio de su padre.
Los hijos heredan todos los bienes que pertenecieron a su padre, junto con la esposa.
Respecto del segundo matrimonio contraído cuando aún estaba casado, deben revisarse los documentos de caso para darle una respuesta a su caso concreto. Nos puede contactar a lyamamoto@servicioslegales.pe
Buenas tardes
Mi pregunta es como nos debemos manejar. Mi padre falleció y ya tenemos la declaratoria de herederos. En la cual se encontraba un departamento en la costa. Ahora bien mi pregunta es la siguiente mi hermano nos quiere comprar dicho departamento, como debemos hacer.? Le tenemos que hacer boleto de compra y venta? o directamente se escritura?
Desde ya muchas gracias
Atte
Araceli
Si todos los herederos son mayores de edad, pueden celebrar un contrato de división y partición en virtud del cual su hermano compre los derechos y acciones que corresponden a los demás herederos y pague el precio.
Se debe redactar una minuta y luego la Escritura Pública.
Para cualquier información adicional nos puede contactar a lyamamoto@servicioslegales.pe
Doctora muy buenas noches, primeramente para felicitarle y agradecerle en nombre de todas las personas que le solicitan asesoramiento y Ud., de buena fé y de buen corazon imparte su sabiduria que Dios le Bendiga siempre, doctora el motivo de mi consulta es: soy hija fuera de matrimonio, mi padre desde que naci nunca se ocupo de mi persona , más aun por no pasar mis alimentos recien me reconocio cuando yo ya tenia mayoria de edad, el ahora ya fallecio, dejo una inmueble es lo unico que conosco, incluso la viuda ya fallecio sin embargo la viuda ha dejado bienes, tengo 08 hermanos del matrimonio, ahora ellos han vendido el inmuble sin considerarme, es factible reclamar de la venta que han realizado, y es factible reclamar herencia de los bienes de la viuda puesto que mi padre era casado al ser casado a heredado o no y que es lo que debo hacer muchas gracias doctota LiLy por su asesoramiento.
Usted tiene derecho a los bienes que pertenecieron a su padre. Puede hacer una búsqueda en el Registro de la Propiedad Inmueble a nombre de su padre.
Sobre los bienes de la viuda, si ella falleció después que su padre, usted no tiene derecho. Si hubiese sido antes, sus bienes fueron heredados por su padre, y usted tendría una participación en esa herencia.
Después de aclarar este primer punto, se podrá analizar las acciones a las que tiene derecho
somos tres hermano, mi madre fallecio, se realiso la pocesion efectiva y mi padre vendio sus derechos a un hijo, esto es legal.
gracias
Sí está permitido transferir los derechos y acciones sobre la herencia, mediante una división y partición
mi madre fallecio el 2001,somos 4hermanos 2de padre y madre y 2 de madre.
mi padre me puede vender el 50% de sus bienes y derechos.
Su padre puede vender los derechos y acciones que le corresponde, si se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales.
BUENOS DIAS. a mi madre le corresponde el 55% de herencia por fallecimiento de mi padre que no dejo testamento, la consulta es la siguiente , si de ese 55% que le corresponde a mi madre ella puede verder la totalidad de su propiedad, o es que necesariamente ella tiene que dejar un porcentaje en herencia.actualmente mi madre tiene 80 años en pleno uso de sus facultades mentales.
Su madre sí puede vender sus bienes sin autorización de sus herederos. Lo que no puede hacer es donarlos, solo puede donar un tercio de sus bienes.
Hola, mi consulta es la siguiente: Mi padrastro nos reconocio y nos dio su apellido a mi y a otros 2 de mis hermanos, ahora hay una casa y un terreno en herencia que el esta reclamando. Era de sus padres, yo queria saber si a nosotros tambien nos correponde parte de esa herencia o no por tener su apellido! muchas gracias
Ustedes heredarían sólo en representación de su padre, si él hubiera fallecido antes que los abuelos
doctora, mi consulta es la siguiente.
mi padres se separaron hace mas de 35 años, nunca se divorciaron, mi madre se fue de la casa y posteriormente tuvo un hijo fuera del matrimonio, nosotros somos 6 hermanos, de os cuales yo soy la mayor y he vivido con mi padre hasta el ultimo dia de su vida fallecio en el 2000, hasta la fecha no se ha realizado ninguna gestión legal con respecto a la casa, actualmente mi madre, que radica en argentina, ha venido y va a gestionar los tramites para la sucesion intestada, mi pregunta es le corresponde a ella el 50% mas el otro porcentaje a pesar de tener un hijo fuera del matrimonio? porque actualmente ella no me quiere dar ningun documento que acredite mi parte del bien.
Sí, su madre tiene derecho a la herencia por tratarse de un bien común y continuar casada legalmemente.
En cuanto al hijo extramatrimonial, debe revisarse su partida de nacimiento, pues se presume que el hijo de mujer casada tiene por padre al marido y tendría también derecho a la herencia.
Para cualquier ampliación sobre el particular, puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Buenos Dias Doctora , mi consulta es la siguiente:
MI padre fallecio hace 15 años y nosotros somos 6 hermanos ya hicimos la declratoria de herederos y madre tiene su 50%+ 7,14% de la propiedad, ahora le estan ofreciendo comprarle acciones y derechos y ella quiere disponer la venta solo de sus 50%, puede hacerlo sin que nosotros tengamos que intervenir en dicha venta
doctora ola buenos dias mire mi consulta es la siguiente hace 9 años fallecio mi padre y supuestamente no habia dejado nada,pero investigando parece que habia algun terreno.yo soy hijo fuera del matrimonio y mis medios hermanos mayores que vendrian siendo hijos del matrimonio de mi padre pudieron haber hecho algun fraude o algo para que no supieramos que habia algo como herencia,en es caso puede ser posible? y que se puede hacer en es caso ?
Puede impugnar los actos que lo excluyen de la herencia a la que tiene derecho
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buenos dias Doctora :
tengo una consulta, mi abuela heredo de sus hermanos unas propiedades, puesto que ninguno de ellos tenia herederos forzosos, duplicando la masa hereditaria, actualmente, los hijos de de abuela son 5, de los cuales, uno de ellos dice que sus tios le dijeron q sus propiedades serian herencia para el, (no existe documento que acredite dicho acuerdo), el tema es que, ahora valiendose de la avanzada edad de mi abuela, ella mediante contrato de compra y venta le esta vendiendo casi la mitad de la masa hereditaria e este hijo, mi pregunta va si esto es valedero y si existe algun tipo de impugnacion mas adelante. le agradecere anticpadamente su asesoria. gracias
Para que exista una venta válida, deben cumplirse los requisitos de la ley:
– agente capaz: su abuela debe encontrarse en pleno uso de sus facultades mentales
– precio: debe ser real y con transferencia del dinero
– objeto lícito: no ficticio para perjudicar a los demás coherederos
Para determinar si cabe la impugnación judicial, deben revisarse los antecedentes del caso.
Para cualquier ampliación sobre el particular puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
BUENAS TARDES DOCTORA: MI CONSULTA ES LA SIGUIENTE
MI PADRE LE DIO UN INMUEBLE A MI HERMANO MAYOR COMO ANTICIPO DE LEGITIMA EN NOVIEMBRE DEL 2009 PARA ADMINISTRARLO , Y MI HERMANO FALLECE EL ENERO DEL 2010 MIS PADREA AUN VIVEN Y QUEDAMOS 2 HERMANOS, PERO LO QUE SUCEDIO ES Q MI HERMANO TENIA SU PAREJA Y SU HIJO PERO NO ERAN CASADOS SOLO CONVIVIENTES ENTONCES LA MAMA DE SU HIJO HIZO UNA DECLARATORIA DE HEREDEROS Y TODO PASO A SU NOMBRE DEL NIÑO…
DRA. HAY POSIBILIDADES QUE EL INMUEBLE VUELVA A PROPIEDAD DE MIS PADRES ?
Los herederos forzosos son:
– los descendientes ó
– los ascendientes
si hubiese cónyuge, hereda en concurrencia con los anteriores.
El anticipo de legítima transfiere la propiedad, no solo la administración
El niño es el único heredero de su hermano
Mi padre se a demorado de presentar el intestado y mis primos lo han hecho sin consultarle en nada y lo han puesto el ultimo de la lista.Mi pregunta es cual es la desventaja o ventaja q’ mi padre tiene en este asunto?
No tiene importancia el orden en el que figure el heredero en un listado, sino el porcentaje que le corresponde. Si se consigna que es hijo del causante (la persona fallecida) junto con sus hermanos, todos heredan en el mismo porcentaje
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Estimada Dra. mi abuela ha fallecido hace muchos años contando solo con una casa inscrita en Registros Públicos, mi pregunta es: ¿Mi mama es hija de la causante y mis 4 tíos también pero cada uno de ellos es de diferentes padres habría algún inconveniente al momento de solicitar la Sucesión Intestada?
Desde ya gracias por su tiempo.
Att. Hans.
No hay inconveniente, siendo la sucesión de la madre, todos los hijos (aunque de diferente madre) heredan por igual
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Estimada doctora: Tengo una consulta urgente mi suegra vive actualmente en Venezuela, ella tiene un terreno acá en Perú en la cual vivimos mi esposo, mis cuñados (2) y mi suegro, ella quiere dejar el título a nombre de los tres hijos, uno de ellos es menor de edad actualmente, se puede hacer el cambio de propiedad a favor de los tres? como se haría con el menor de edad? que tramites debemos seguir? y por ultimo ella tiene dos casa allá en Venezuela que sucedería con las propiedades de allá?, tambien he leído sobre la herencia anticipada. Es mejor hacer eso? o el traspaso de propietario. gracias de antemano por su respuesta
Su suegra puede transferir una propiedad a nombre de sus nietos, aunque uno sea menor de edad. En este caso, para poder celebrar cualquier contrato sobre la propiedad, se requiere la autorización del Juez, para cautelar los intereses del menor.
El anticipo de legítima consiste en que se adjudica la herencia en forma adelantada a los herederos forzosos: cónyuge e hijos. Los nietos solo podrán recibir un anticipo de herencia si el padre o madre, que era el heredero forzoso, ha fallecido con anterioridad.
Su suegra puede donar una propiedad a sus nietos, si el valor de la propiedad no excede del tercio del valor total de su bienes.
Sobre el tipo de transferencia más adecuado, dependerá de los antecedentes específicos de su caso. Para ello puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Buenas noches bueno mi caso esq mi abuelo fallecio pero antes de que falleciera hizo su testamento lo puso a donacion a su fructo para sus hijos ahora solo vive mi abuela ella vive con su hermano el problema esq mi abuela tiene un problema en el cerebro entonces su hermano de mi abuela le mete cosas en la cabeza para alejarla de sus hijos osea mis tios el señor hermanos de mi abue no se quiere ir de la ksa de mi abue y solo la manipula nosotros creemo q se quiere adueñar de todo en ese caso que se puede hacer ayuda porfas
Por la naturaleza específica de su consulta, no le podemos ofrecer una orientación genérica gratuita, para brindarle orientación para su caso concreto se requiere la revisión de documentos y más antecedentes.
Puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Estima,
Ojalá que me pueda ayudar. Yo vivo mucho tiempo en el extranjero. Mi padre facellió en el 2001. Sin dejar herencia. Este tenía varias propiedade. Nosotros somos 2 hermanos, mi mamá vive y tengo una media hermana. La cual no estava deacuerdo con lo que le tocaba por ley y nos fuimos al juicio. El juez a dado sentecia el 2011.
El cual piede que se haga la repartición de las propiedades, pero mi hermana no quiere firmar para vender y el abogado nos dice que tenemos que rematar las propiedades en una subasta o venderle a un tercero.
Nosotros no queremos porque nos dan una miseria. Hay otra solución a este problema.
Parece que ustedes tienen una sentencia de división y partición. Es necesario revisar los antecedentes del caso pues dependerá de los alcances de la sentencia.
mis tios ha fallecido (propietarios del predio),tengo tres primos como lo van a registrar el predio en la municipalidad para que paguen los tributos ya que no se puede pagar a nombre de los fallecidos , todavia no hay sucesion intestada solo tienen la partida de defuncion ,se puede registrar a uno de ellos como representante de la sucesion (carlos castro sevillano )o registrar como sucesion mas los apellidos del fallecido(sucesion castro marquez julio)
Pueden hacerlo a nombre de la sucesión.
Hola, tengo un problema, mi abuela murió hace mas de 10 año dejando 3 propiedades intestadas de las cuales mi madre que ya falleció hace un año se encargo de eas propiedades, no se hizo el juicio intestamentario por que mi madre y sus 2 hermanos que aun viven, uno de ellos quiere todo y jamas llegaron a un acuerdo, actualmene ya ue mi madre fallecio ella no le quedo nada y yo sigo administrando esas propiedades, ninguno de mis 2 tios me reclaman, pero el que quiere todo sigue empeñado en lo mismo y lo que me preocupa es que nada esta a mi nombre, a mi no me interesan todas las propiedades, solo algo que este a mi nombre con lo cual yo pueda seguir y pagar mis estudios ya que no cuento con nada seguro, estoy completamente sola. No se que hacer y empezar el juicio yo, es mucho dinero y no lo tengo y mis tios practicamente ya ni les interesa.
Su caso requiere la revisión de los documentos
doctora: una consulta,mi abuela es fallecida y mi abuelo esta vivo y tiene una casa de 2 pisos donde una de mis tias ha vivido por mucho tiempo, ahora mi abuelo me quiere dar la mitad del primer piso,para poder vivir, pero quiero saber que papeles debo realizar, que es lo que tendriamos que hacer para que yo mas adelante tenga mi propio titulo de propiedad de esa area que el me quiere dar y asi estar segura que no tendre problemas con mis tias a futuro.
le agradesco antemano su consejo.
Lo ideal es que el inmueble se encuentre inscrito en Registros Públicos e independizado en la parte que le quiere dejar a usted. Además es conveniente que su abuelo le deje en un testamento esa propiedad, cumpliendo los requisitos de ley
hola lily mi hermana se declaro como unica heredera en una sucesion intestada, somos 3 hermanos de los mismos padres ya fallecidos … que pasos debo hacer para denunciar el hecho y la notaria donde lo realizo tiene alguna falta ante la ley??’
GRACIAS por tu respuesta
señorita Lily me podria decir en que notaria trabaja MIL gracias
Buenas Lily, después de muertos mis padres, se hizo una sucesión intestada de la casa a mi y mis 5 hermanos, pero mi mamá (viuda) antes de morir dejó un papel escrito que la casa era para solo 2 de mis hermanos. Como actualmente la casa legalmente es de los 6, se puede proceder a anular dicha sucesión para hacer valedero el papel escrito por mi madre?. Gracias anticipadas por tu respuesta.
Un documento manuscrito, si reúne los requisitos de la ley, constituye un testamento ológrafo. Debe ser protocolizado en un juicio, que incluye una pericia grafotécnica para comprobar que el documento proviene del puño y letra de la testadora.
Gracias por su respuesta. quiere decir que si es comprobado que es original (sé que lo es), se puede anular la sucesión para que la casa pase a nombre de los dos hermanos?.
Que Dios la bendiga
Me olvidé de decir que murieron hace 8 años. Habría manera de que siga valiendo el papel escrito y firmado por mi madre y poder anular dicha sucesión?
hola queria consultar por que hace unos años el padre de mi marido fellecio donde dejo un inmueble la casa donde vivia mi marido el estaba casado con la madre de mi marido y no se divorcio ni hizo ninguna denuncia de abandono de hogar cuando ella se fue hace ya 14 años el tema es que el hizo una escritura de la casa donde los hermanos de el le cedian la parte para que el fuese el dueño,mi suegro ,mi duda es si esa casa es una herencia o es un bien ganancial , por que los hermanos se la cedieron no se la vendieron puesto que esa casa era del padre del padre de mi marido y mi marido es unico hijo y la madre dice que le corresponde el 75 porciento de la casa
Su caso requiere la revisión de los antecedentes del caso para darle una orientación
Buenos Dias Lily: Soy divorciada y tengo 1 sola hija, es necesario hacer un Testamento al fallecer?tengo un departamento y algo de ahorros, me dicen que tengo que hacerlo ya que despues mi hija no podria retirarlo, agradecere su respuesta.
El testamento es opcional. Si usted no otorga testamento, el Juez o el Notario declarará quienes son sus herederos en la sucesión intestada.
Su hija, será declarada como heredera ya sea por el testamento o la Sucesión intestada.
Si su hija es mayor de edad, podrá retirar el dinero una vez que acredite su condición de heredera
hola mi madre murio y dejo propiedades somos 2 hermanos pero dicen q existen 1 hermano mas q nunca lo conocimos puedo hacer solo lo 2 dos hermanos la sucecion
Deben hacerse las gestiones que razonablemente estén a su alcance para averiguar los datos del hermano que no conoce, en los lugares donde se le registró, etc
Mi abuelo fallecio ase mas de dies años y mi abuela bueno madrastra de mi madre no paso mucho menos de medio año bendio todas sus propiedasdes sin dar tiempo de reclamar herencia alguna a mi madre . Ahora me entro una duda de que talvez ,esa mujer pudo haver enbenenado a mi abuelo. Solo quiero saber si hay alguna posivilidad de recuperar las propiedades que pertenesen a mi familia . Espero respuesta gracias . Se que tal vez no me explique vien
Es necesario revisar los antecedentes de su caso para darle una orientación
Hola Lily
Quiero consultarte mi caso. Somos 3 hermanos. Mi madre recibió una herencia de terreno antes de casarse de mi abuelo. Ella esta separada de mi papá hace 20 años (El tiene otra pareja e hijos y vive en provincia, pero mi mamá no se ha divorciado).
Nuestra abuela materna esta viva y le heredará a mi madre parte de un terreno.
Mi madre padece de cancer terminal y le preocupa pensar que de fallecer , el terreno que tiene y el terreno que heredaría de mi abuela pudiera corresponderle algo a mi padre y por ende a sus hijos de otra relación. Esto es posible?.
Lamento que su madre se encuentre enferma. A su fallecimiento, los herederos son sus 3 hijos el esposo.
Algunas sugerencias:
– su madre puede otorgar un testamento y disponer del tercio de libre disposición a favor de sus hijos, para que el esposo reciba el porcentaje mínimo
– que sus padres firmen una escritura de separación de patrimonios
Buenos dias, tengo una consulta, en el titulo de propiedad de la casa de mi madre esta a nombre de ella y mi padre, pero mi padre ya fallecio hace 3 años, como es el procedimiento para que el 100% del inmueble este a su nombre, ya que ella solo quiesiera dejar en herencia a 2 de mis hermanos, a los menores (somos 5 en total). Se agradece su respuesta. Saludos
Debe solicitarse la Sucesión intestada de su padre, para que la propiedad aparezca a nombre de su madre y los hijos, no se puede excluir a ninguno de ellos.
Su madre podría otorgar un testamento beneficiando a los hijos menores con el tercio de libre disposición, pero no puede excluir totalmente a los demás
Hola:
Mi abuela fallecio hace mas de 20 años, dejando una casa a sus siete hijos incluida mi madre, 3 de los herederos se oponen a la venta, quisiera saber si hay alguna forma legal de realizar la venta por mayoria y si no la hay, la herencia de estos siete hijos se podran transmitir a sus descendientes en forma automatica.
Gracias por tu respuesta.
Una vez registrada la propiedad a nombre de todos los coherederos, puede solicitarse la división y partición judicial para que el juez ordene que se transfiera el bien.
No hay transmisión a los herederos de los herederos en forma automática.
Hola buenas tardes mi caso es el siguiente en octubre fallecio mi abuela y tenia 2 hijos mi tio y mi papa, se empezo porque murio intestada, mi padre murio hace cinco dias, pero mi tio se quiere quedar con todo en este caso procede. Mi padre tambien murio intestado. Gracias
La parte de la herencia que correspondía a su padre, se divide entre sus herederos (viuda e hijos). El tío no puede quedarse con la parte de su padre
Hola, mi madre fallecio hace 7 años e hicimos una sucesion intestada Mi padre nos hizo firmar con engaño un poder que yo luego de un año revoqué. Él ha tenido un departamento alquilado durante 6 años y no me ha dado mi porcentaje del alquiler. Cómo puedo hacer para recuperarlo? Gracias.
Puede requerir que su padre informe sobre la administración de los bienes comunes, la renta debe servir para pagar los gastos, impuestos, etc y el saldo debe dividirse entre los herederos
hola buenos dias, quisiera consultar sobre el caso que esta pasando mis primos:
-mi tio cometio adulterio teniendo tres hijos menores de edad con mi tia, y que yo sepa él y mi tia se divorciaron separando los bienes 50 50.
– pasan unos años y él fallece, pero sin dejar testamento, aparte parece que su amante tuvo un hijo con él durante el tiempo que se estaba tramitando el divorcio.
Ahora la amante reclama la parte de herencia, lo que quiero saber es que si la herencia le correponderia a mis primos por ser hijos de mi tio o a la amante de este.
Y si de estar ella casada o no como afectaria a la herencia
gracias por su pronta respuesta.
Los herederos son los hijos, matrimoniales y extramatrimoniales, junto con la cónyuge. Debe determinarse quien era la esposa al momento del fallecimiento para establecer quien es la co-heredera
Ahora soy madre soltera, los médicos dicen que mi IQ es muy bajo, por lo que no pude hacer carrero profesional, tengo un hermano menor que por cosas de la vida recibió mayor instrucción superior y apoyo de parte de mi padre, que es docente pensionista, ahora mi padre es muy viejo y su salud es muy delicada y está haciendo un testamento, en el cual el único beneficiado es mi hermano ya vendieron algunas propiedades que mi padre compro a mi nombre y me hicieron firmar documentos con amenaza y golpes, ahora reclame por que el único beneficiado es mi hermano pero él me pego por opinar , él dice que vera por mí, mi papá confía en él, pero yo no porque nunca me ha respetado y siempre me ha pegado pienso que todo se lo quedara ellos tratan mejor a la empleada de la casa tal vez porque ella es una persona san y yo tengo miedo de quedarme en la calle desamparada sin algo en que apoyarme, ahora mi hermano se ha comprado un auto con dinero de la venta de un terreno yo nunca he recibido un solo céntimo nunca , hasta cuándo como algo en casa me grita mi hermano y cuando tiene hambre se come mi ración y yo la paso de hambre porque no tengo trabajo por mi deficiencia mental y no gano dinero y quiere vender la casa he irse a vivir a otro sitio , no sé qué va a ser de mi ni siquiera me consultan solo toman las decisiones no sé qué hacer si mi papa , muere me quedare sin nada y mi padre siempre ha permitido que mi hermano me maltrate, hay alguna solución para reclamar mi parte por igual a pesar que el testamento favorezca completamente a mi hermano?
La forma en que ustes escribe revela que tiene capacidades intelectuales suficientes para realizar un trabajo. La violencia familiar que usted sufre en su casa le frustrado cualquier posibilidad de emprendimiento, pese a tener las condiciones para salir adelante.
Le sugiero consultar su caso con la Comisaría de Mujeres, que recibe denuncias, investiga y promueve el restablecimiento de los vínculos familiares. Adjunto el enlace abajo.
http://www.dirfapasec.gob.pe/comisaria/direccionlima.shtml
hola el padre de mis hijas murio hace 2 años y me gustaria saver si dejo algo para mis hijas he escuchado que dejo un seguro de vida donde la beneficiaria es mi hija mayor de 10 años quien mas puede reclamarlo? porque la tia del fallecido anda haciendo vueltas para reclamarlo.. que puedo hacer para saber si existe o no.
Le recomiendo averiguar en el centro de trabajo, allí le podrán informar si le descontaban algúna pensión o seguro, o si era un beneficio laboral.
Mis padres fallecieron y segun parece ellos vendieron su casa a mi hermana, en este caso nostros tenemos derecho a herencia? ¿debio hacerse una sucesion intestada?
Sus padres tienen derecho a vender sus bienes. Si la venta fuese fraudulenta (sin pago del precio, o a previo insignificante, etc), puede demandarse su nulidad.
La herencia está constituída por los bienes de propiedad a nombre de los causantes, si fallecieran sin bienes, no hay herencia, ni necesidad de hacer sucesión intestada
Buenas tardes:
El oadre de un primo murio hace un año, ell tiene dos hijos . A uno de ellos lo quisieron desheredarlo. Esto sé que no pueden hacerlo, pero… cual es la parte que le corresponderia al hjijo que pretenden desheredarlo( tienen una casa y alguna cuenta en el banco).Si ahora le dejo todo a la esposa esta podria venderla casa o pasarsela a su otro hijo.
Gracias por su atencion
La desheredación procede en casos extremos, por ejemplo atentado contra la vida del causante, debe ser declarada por el Juez.
La cuota del desheredado corresponde a sus descendientes, si aquel fallece antes que el causante.
Estimada Lily
soy hijo ilejitimo.
hace unos dias atras mi padre y su mujer me ofrecieron un departamento en la misma casa donde viven con sus hijos.
faltaba invertir en el acabado «cosa q estaba dispuesto a hacer», pero por pena y por no tener lios con mis hermanos no la acepte. Eso me llevo a una duda
se que como hijo firmado que soy, tengo derechos en una herencia.
quisiera saber cuanto de esto es? y si mis medios hermanos tienen derecho a anular la decision de mi padre. ya que nunca vivi con ellos.
pregunto ello por que me dicen que si mi padre quisiera me podria dar, pero si su mujer o mis hermanos no quieren?
adicionar
el tiene un terreno, estube pensando en comprarle el terreno.
por que si me quiere dejar algo
si logramos concretar la compra y venta, hay posibilidades de que mis hermanos se interpongan o lo anulen?
espero su concejo
Sinceramente
William
Usted hereda en la misma proporción que los hijos matrimoniales. Sus hermanastros no pueden impugnar esa decisión.
Cualquier persona podría anular un contrato si existe alguna de las causales de la ley
hola, situacion q tengo es un poco raro. La dueña de piso donde vivo se fallecio hace un año y pico. Era viuda y no tenia hijos. Pero tenia sobrinos q viven lejos y no han hecho nunca mucho caso a ella. por eso no se si realmente se se han enterado de q ella se fallecio. La pregunta es la siguente. Donde puedo informarme de la situacion de vivienda ? xq llevo un año buscandolos y no hay manera y me gustaria areglar situacion en algun manera y tener el contrato. porque por el momento vivo sin contrato xq se ha terminado ya, no pago a nadie alquiler ( q no esta nada mal) pero prefereria tener contrato a mano, un responsable y empezar pagar alquiler. Gracias en todo caso
Puede hacer una búsqueda en Registros Públicos, para averiguar si existen herederos instituidos por testamento.
Hola buenas tardes,mi consulta es xq heredamos un terreno de parte de mis abuelos paternos,ellos fallecieron y como herederos quedaron mis tios y padre q lamentablemente fallecio hace 4 años.En dicho terreno hoy vive mi tia y mi hermano menor.Tambien tengo otro tio q vive lejos …se q los herderos directos de dicho terrenos fueron mis tios y padre,pero al no estar mi padre pasaria directamente a mis hermanos y a mi.Este terreno no tiene titulo de propiedad ni nada de eso,solo documentos de compra.Lo q yo quiero saber es si mi hermano mayor puede vender su «supuesta» parte del terreno si no hay un titulo y obvio nunca se hizo sucesión.El dice q quiere vender su parte si o si a personas q ni conocemos,quiere meter en el fondo del terreno a gente q no sabemos de donde salio.Puede hacer esto? o nosotros tenemos derecho a no dejarlo vender?? No se como alguien podria vender un terreno del cual ni titulo tiene.Desde ya gracias!!!
Si es posible vender los derechos y acciones de una copropiedad, sin embargo ese porcentaje es abstracto, no concreto a ninguna parte específica del inmueble. Si los compradores desearan ocupar una parte, se requiere una División y partición
hola mi consulta es la siguiente …. mi abuelo murió hace varios años dejando un terreno …el cual según la leyes era el 50 % de mi abuela y el resto para los hijos …cada hijo cedió su parte a mi abuela quedando todo para ella…pero hace poco dos de las hermanas hicieron firmar a mi abuela unos papeles dejándolas a ellas como dueñas … existiendo varios hijos que no tienen ni siquiera donde vivir y que hasta el día de hoy arriendan … mi pregunta es si eso es legal ? o si todavía se puede hacer algo … mi abuela esta arrepentida de lo que hizo ella quiere revertir la situación para repartir a todos sus hijos por igual …pero las hijas que quedaron como dueñas no quieren que podemos hacer ??
Dependiendo de los documentos y las fechas, los perjudicados pueden reclamar la nulidad de la venta.
Mi madre falleció y mi padre, que aún vive, ha hecho un testamento. Puesto que él nos engañó haciéndonos firmar un poder que luego revocamos, yo estoy distanciado de él y no lo veo hace años. Principalmente no lo veo porque atenta contra mi salud emocional y mental con insultos y amenazas. Lo que temo es que en su testamento no me haya asignado porcentaje alguno de su herencia. Puede ser esto posible? Gracias.
No se puede excluir de la herencia a los herederos forzosos, salvo que sea declarada judicialmente la desheredación.
Una vez que el testador fallece, se solicita la apertura del mismo y recién se puede conocer su contenido. Si usted fuese excluido, podrá iniciar las acciones legales para reclamar su derecho.
hola Lily, mis padres han fallecido. Mi madre adquiriò un departamento de una inmobiliaria en 1983 de esa compra solo hay la minuta en copia simple y en una hoja aparte una clausula adicional que dice que mi mamà cancelo el departamento y ordena el levantamiento de hipotece (este documento es en original del año 1990).
se efectuò la sucesiòn intestada y divisiòn y particiòn y he heredado este departamento, quiero venderlo pero en registros pùblicos figura como propietario la inmobiliaria, me han dicho que debo hacer una prescripcion adquisitiva de dominio, pero yo no he vivido en el departamento, lo tengo alquilado hace 11 años, pero los pagos municipales estan a mi nombre, que puedo hacer para que el departamento figure primero el nombre de mi madre. gracias por la atenciòn.
Corresponde solicitar el otorgamiento de Escritura Pública de compra venta, de no hacerse voluntariamente debe tramitarse judicialmente.
La venta de un inmueble requiere de dos documentos:
– uno privado: la minuta en virtud de la cual se transfiere la propiedad, que es la copia simple que tiene con la cláusula adicional.
-otro público: que es la Escritura Pública otorgada ante notario, basada en la minuta. Si los contratantes la firma, se inscriben los derechos a favor del comprador. Si no se hace voluntariamente, se solicita al juez que requiera al vendedor que lo haga y si no cumple con hacerlo, el Juez lo ordena, lograndose que el inmueble aparezca inscrito a nombre del comprador.
Una vez que el inmueble esté inscrito a nombre de su madre, se podrá inscribir la sucesión intestada para que finalmente se registre a su nombre.
Para cualquier ampliación sobre el particular, puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Mi Tío hermano de mi papá soltero y sin hijos falleció intestado dejando un terreno, los sobrinos queremos iniciar el proceso de sucesión intestada, pero resulta que en la partida de nacimiento de 2 de mis hermanos no figura la firma de mi padre, siendo el caso que mi padre también ya falleció motivo por el cual no se puede realizar la regularizacion del reconocimiento voluntario, pero entiendo que debe haber alguna manera de regularizar esta situación ¿que podemos hacer?
Existe la presunción que el hijo de mujer casada tiene por padre al marido. En el caso de hijos matrimoniales, será mas fácil lograr el reconocimiento.
En cualquier caso, de hijos matrimoniales o extramatrimoniales, las acciones de reconocimiento se deben seguir contra los herederos del padre.
Dra. Lily:
Mi pareja (soltero) y yo (divorciada) construimos una casa tenemos una niña de 13 y ahora el regreso con su exconviviente que radica en España y él vive en su casa que ella tiene en el Perú,ambos se juntan solo un mes al año, él nos abandono hace tres años y además tiene dos hijos mayores la hija mujer radica en Suiza, Es posible que el me transfiera el inmueble a mi nombre a fin de que este inmueble pueda dejarlo yo en herencia a nuestra hija en común y a mi hija mayor de mi anterior matrimonio, en realidad yo puse mas del 80% de los costos, confié en el y tengo miedo que esta casa en un futuro solo le pertenesca a sus 03 hijos y a lo mejor a la conviviente o padres de él que estan vivos, el me pide que yo haga los tramites de transferencia es posible ayudeme
Deben revisarse los documentos, pero lo más importante es que su ex pareja acceda a firmar los documentos.
Para información específica para su caso concreto, puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Hola .Estoy por comprar parte de un lote dentro de una hectárea sin subdividir que esta es susecion (10 Hermanos) .Quisiera saber que documentación debe darme el Abogado ya que con el dinero de nuestra compra ellos realizarían las subdivisión del terreno total para venderlo en lotes.Asi el día de mañana pueda tener mi escritura sin problemas.
Muchas gracias por su orientacion.
Debe especificarse en la compra venta que los derechos y acciones que usted compra son los de un lote específico.
Previamente los copropietarios deben hacer una división y particion
Para mayor información sobre el caso específico, puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
SOY COPROPIETARIO- TITULAR, YA QUE LLEGUE A COMPRAR EL 20% DE UNA CASA.. LA TRANSFERENCIA DE COMPRA- VENTA LA TENGO EN REGISTROS PÚBLICOS. . EL PROBLEMA QUE TENGO ES QUE LA COMPRE A UNO DE SUS HEREDEROS QUE LO RECIBIÓ DE SUS PADRES COMO COMPRA VENTA.. QUIERO INDEPENDIZAR LO QUE COMPRE :
QUE REQUISITOS DEBO TENER ?
YA QUE LA FAMILIA + EL VENDEDOR NO SON BUENOS VECINOS Y AMENAZAN CON QUITARME LO COMPRADO..
DE QUE MANERA PUEDO INDEPENDIZARLO PARA PODER VENDERLO?
YA QUE TENGO PROBLEMAS CON LA LUZ Y EL AGUA, QUE NO LA TENGO..
El 20% de los derechos y acciones que usted compró, constituyen una cuota parte abstracta sobre el inmueble, no se refiere a una parte específica del mismo.
Como copropietario tiene derecho a solicitar la división y partición, en forma extrajudicial si hay acuerdo entre todos, judicial si no lo hay.
Mediante la división y partición se acuerda:
– la venta a un tercero y cada uno cobra su parte
– que uno de los herederos adquiera el íntegro de los derechos y acciones, pagando el precio a los demás.
– dividir/independizar el inmueble si fuera posible, dependiendo si la municipalidad autorizará la independización de acuerdo a sus requisitos.
Para cualquier ampliación sobre el particular, puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
hola buenas noches mi comentio es el sigiente mi suegro murio hace dos años y un o de mis cuñados se apodero de los titutlos parcelarios a lo cual engaño a su mama haciendole firmar un poder para hacer los tramitartes pero a sus demas hermanos no les dio a conocer nada de lo que tenia pensado hacer bueno con la ayuda de un funcionario del registro agrario logro que pase todo a su nombre lo cual es de14 hectareas mi pregunta es este que pasa con la mama y sus hijos realmente pierden todos sus derechos porque supuestamente tenian que abrir un sobre en la cual habia un sucesor lo cual no se hizo espero queporfavor responda a milyamado grasias
Deben revisarse los antecedentes del caso para evaluar la posibilidad de demandar la nulidad de esas transferencias que vulneraron el derecho de los demás herederos.
Dra buenas noches mi consulta es la siguiente mi mama fallecio,era casada y cuando empezamos a reunir los documentos para iniciar la sucesion intestada nos enteramos que su esposo se habia casado mucho antes con otra persona ,conversamos con el señor y nos dijo que no quiere participar de la sucesion intestada puesto que su matrimonio con mi madre no era legal ,nos dice que nos va a firmar una declaracion jurada de abtenerse a reclamar la herencia ,Dra se puede hacer eso ? como podriamos hacer para tramitar la sucecion via notarial? Gracia s por su respuesta.
Hola: Mi padre falleció hace unos meses y un hermano mio va proceder con el trámite de sucesión intestada. Yo vivo en España, y me interesaría saber si es necesario que le envie un poder por escritura pública para que inicie el trámite..y de no ser asi, en que caso sería necesario.
Cualquier persona interesada puede iniciar el trámite de sucesión intestada.
El poder será necesario para cobrar algún derecho o celebrar contratos sobre la herencia.
mi padre le hizo la venta de la parte de su patrimonio(casa) ha mi hermana,ella no le diop nada de dinero,¿el dia que mi padre fallezca puedo reclamarle algo ha mi hermana?
Las acciones de nulidad tienen un plazo de prescripción, no debe esperar hasta que su padre fallezca, sino actuar en forma inmediata si existen pruebas suficientes.
Si una persona recibe una herencia (propiedad)y está casado legalmente y en sociedad conyugal, la herencia es solo de la persona que la recibe?
Si fuese así necesariamente el cónyuge no beneficiado debe concurrir a firmar para la autorización de la venta de esa herencia?(propiedad)
Es correcto, es un bien propio de uno de los cónyuges pero deben concurrir ambos para la transferencia
Mi padre dejó una propiedad al fallecer y mi madre realizó la posesión efectiva, donde aparece ella con un 50 %, yo con un 25% y 1 hijo fuera de ese matrimonio (25%)que tampoco es hijo de mi padre, sino que él facilitó su apellido y decir que era su hijo para ocultar un amorío de 1 hermano suyo casado.
Puedo hacer algo para que esta persona no reciba lo que mi padre dejó? Porque este hijo me asegura que no le interesa ese 25%, puede firmar algún documento desistiendo de este %?
Usted puede demandar la impugnación de la paternidad de su padre, la sentencia judicial que declare que no es hijo de su padre, servirá para que se deje sin efecto el derecho hereditario del hijo «reconocido»
NELLY dice:
febrero 9, 2013 a las 5:25 am Dra buenas noches mi consulta es la siguiente mi mama fallecio,era casada y cuando empezamos a reunir los documentos para iniciar la sucesion intestada nos enteramos que su esposo se habia casado mucho antes con otra persona ,conversamos con el señor y nos dijo que no quiere participar de la sucesion intestada puesto que su matrimonio con mi madre no era legal ,nos dice que nos va a firmar una declaracion jurada de abtenerse a reclamar la herencia ,Dra se puede hacer eso ? como podriamos hacer para tramitar la sucecion via notarial? Gracia s por su respuesta
buen dia dra..mi consuulta es la siguiente…mi suegro fallece hace 7 años tuvo 7 hijos y todavia no han hecho la declaracion sucesoral porque mi suegra dice todo es de ella..y ahora 4 de ellos estan haciendo documentos donde mi suegra les cede los bienes y mi suegra y uno de mis cuñados se va hacer pasar por mi suegro ya muerto para firmar dichas seciones..eso se puede hacer o si mi esposo solicita la declaracion sucesoral ellos mi suegra y cuñado pueden ir presos…aclareme las dudas por favor..?? gracias
Si una persona suplanta la identidad de una persona o falsifica su firma, constituye un delito. Las transferencias fraudulentas pueden ser impugnadas para que un Juez las declare nulas.
La sucesión intestada debe declarar a todos los herederos: esposa e hijos.
Es posible hacer un anticipo de legitima a los sobrinos, considerando que la titular no tiene padres, ni hijos? Cuál es el procedimiento a seguir?
El anticipo de legítima es solo para los herederos forzosos(ascendientes, descendientes y cónyuge)
Lo que puede hacerse es otorgar un testamento instituyendo como legatarios a los sobrinos, hasta por la mitad de sus bienes, el resto corresponde al o el esposo/a
Para mayor información para su caso concreto, puede escribirnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Buenos dias Dra. Lily: Mi consulta es: Mi tio fallecio hace 4 anos, y dejo un testamento que todavia no se ha abierto, porque se realizo en la Notaria del Dr. Alberto Flores Araoz (5-8-81) de la cual ya no existe , presente una carta al Colegio de Notarios el 30 de junio 2010 sin aun tener respuesta , para saber a quien han encargado y asi solicitar la presentacion del testamento para su respectiva apertura, podria ayudarme por favor, uqe es lo que tengo que hacer, tengo una copia del mismo.Agradecere su respuesta. Gracias anticipadas.
Le recomiendo que llame al Colegio de Notarios y pregunte qué Notario ha asumido el archivo del Notario Alberto Florez Barrón.
Ante el nuevo Notario, se debe presentar la partida de defunción para que se abra el contenido del testamento.
MIS ABUELOS TUVIERON VARIOS HIJOS SOLO QUEDAN CUATRO VIVOS, UNA DE LAS HIJAS LOS IZO FIRMAR UN DOCUMENTO EN EL CUAL LE DEJABAN TODA LA ERENCIA A ELLA A UNA SOLA HIJA.. LOS OTROS HIJOS SE ENTERARON REALIZARON LAS PREGUNTAS PERO NO HUBO RESPUESTA ..YA HA PASADO 10 AÑOS Y NUEVAMENTE QUIEREN REALIZAR LOS HERMANOS ALGO PARA QUE SE CUMPLA LA ERENCIA COMO CORRESPONDA…… MI ABUELA YA ESTA VIEJITA, NO VE Y NO CAMINA BIEN, MI ABUELA SE ENCUENTRA AMENAZADA POR SU HIJA QUIEN LOS HIZO FIRMAR CON LA HUELLA YA QUE NO SABEN LEER NI ESCRIBIR….. QUE SE PUEDE HACER RESPECTO AL CASO…
Demandar la nulidad de las transferencias fraudulentas en contra de la hermana que se benefició en forma indebida
Estimada Dra.
Mi abuelo fallecio el año pasado 2012, el tenia 5 hijos (4 vivos y uno fallecido).
El hijo fallecido era mi padre, yo he cnversado con mis tios sobre la herencia y me han dicho que como mi padre murio antes que mi abuelo no me corresponde herencia.
Agradecere su pronta respuesta,
Atte
MArio.
No es cierto, los descendientes del hijo premuerto, sí heredan en representacipon de su padre
Hola, estoy tratando de ayudar a mi madre, hace años que lleva un caso de herencias, mis abuelos murieron y no hicieron reparticion de bienes ni dejaron testamento, son 4 casas, para 2 hermanas y dos hermanos, el problema esta es que no se ha podido hacer la repartición de bienes por desa acuerdos, el hermano de mi madre se quiere quedar con todo, y dejarselo todo a su mujer, mi preguntas son, se puede vender un hermano a otro hermano una casa de la cual legalmente no es titular, ya que no se afirmado legalmete ni hay propietarios definidos, considero que hay una venta ilegal entre hermanos, que hay malversación de bienes, corrupción, y falsificación de papeles, quien esta apelando y reclamando y quien ahora se niega a firmar para la repartición de bienes y titulo de proiedad es la mujer de uno de los hermanos de mi madre estan actaulmente separados o divorciados, pero al haber comprado una de las partes de la herencia a su otro hermano, dentro su matrimonio, ella a tomado derechos, y para que ahora se pueda repartir la herencia y sus titulo de propietarios, tiene que firmar ella y ella no quiere firmar por que no esta de acuerdo con la repartición, y si no firma no se `procede, y si no se ponen de acuerdo las casas entran en remate, y las compra el que tiene dinero para hacerlo, primero la venta es ilegal, ya que no se puede vender una propiedad sea hermano o no ni alquilar ni hipotecar, y si los hemanos no estan de acuerdo en firmar, supongo que la ley o uno de ellos no se presenta, se determina que ha renunciado a su parte, o se le puede sancionar por obstruir un proceso legal, no se puede tengo entendido que no se puede presentar apelaciones, ya que no es un juicio, por que no es una denuncia es solo un tramite burocratico, no es un delito, y no hay nada que a apelar ya que la constitución peruana supongo tiene una ley determinada para todo estos tipos de tramites, a la cual se tiene que aplicar bajo la juridisción peruana, esta señora cuando se supone que se va a realizar la repatición y la entrega de titulos de propiedad me salen con que apelado, eso no me cabe en la cabeza no es hija no es hededera, es conyugue, y ensima, y encima figura basado en una venta ilegal, a donde puedo acudir, en que juridisción, donde se pueda aplicar la ley estimada, por el congreso,
Su consulta requiere la revisión de los documentos del caso concreto, lamentamos no poder ofrecerle una orientación genérica gratuita.
Mi consulta es: Mi padre fallecio hace 13 años y el tuvo 5 hijos de su primer compromiso una ya fallecida. y nosotros somo solo 2 numca nos dieron nada de lo que dejo mi padre. Ahora me entero que estan construyendo ya van por el tercer piso ellas dicen que la casa esta inscrita a nombre de su madre y mi padre como puedo hacer para poder reclamar lo que nos toca a nosotros. digame porfavor que pasos debo de seguir.
Debe averiguarse los bienes que figuran a nombre de su padre, luego pedir su sucesión intestada para iniciar la división y partición de los bienes, extrajudicial si hay acuerdo y todos son mayores de edad.
En primer lugar felicitaciones por este servicio social que presta para ayudarnos a entender y ver con mayor tranquilidad nuestros problemas.
Estoy casada con 3 hijas mayores, hace 12 años vivo con otra persona e igual mi esposo. dentro del matrimonio compre un terreno que construí con mi esfuerzo y dinero propio soy profesora, deseando salvaguardar el único bien que tengo deseo de alguna manera pasarlo, cederlo a mis tres hijas con el concurso de mi esposo, que acto debo hacer para evitar en el futuro en caso de fallecer mi esposo no tenga participación de algo que no puse ni un sol, mi lotecito donde vivo deseo que quede en manos de mis hijas,mi esposo me ha dicho que cualquier acción que tome le dé un dinero por su firma …así es de sincero ! por cierto él no quiere divorciarse…va contra su fe religiosa.
gracias anticipadas por su valiosa opinión
Yajany León
Su esposo y usted podrían otorgar el inmueble en anticipo de legítima a favor de sus hijas, cumpliendo los requisitos de ley, pero reservandose el derecho de que usted continúe en el uso del inmueble mientras viva. Para mayor información, puede contactarnos para una consulta virtual o presencial, específica a su caso concreto a lyamamoto@servicioslegales.pe
Buenas noches, quisiera saber si es necesaria mi firma para la venta de la casa de mi abuela paterna quien ha fallecido sin dejar testamento, ya que mis tíos no quieren reconocerme como heredera, ya que mi padre es fallecido y están próximos a la venta pero hasta la fecha no me han comunicado nada, y sobr todo no sé si figuro como heredera en intestado.Gracias.
Si piden su firma es porque sí aparece como heredera.
Ud. sí tiene derecho a heredar la parte que le correspondía a su padre.
Puede solicitar una búsqueda en los Registros Públicos sobre la Sucesion intestada de su abuela.
Estimada Dra,
Mi madre tenia una propiedad (casa), en la cual vivia mi abuela y los hermanos de mi madre.
Mi madre se caso y salio de la casa dejandolos ahi a mi abuela y mis tios
Resulta que mis tios y mi abuela tan pronto salio mi madre de la casa (1977) han elaborado una compra venta del inmueble falsifcando documentos y las firmas de mi madre y padre, al parecer algo les salio mal y no pudieron inscribirlo en RRPP, no obstante lo han logrado inscribir en el 1992 (15 años despues).
He visto la escritura publica de la compra venta y la firma de mi madre no corresponde, se nota que ha sido falsificada.
Consulta:
Se puede anular la compra venta, considerando que elaboraron en notaria la escritura publica (1977) y la inscribieron en Registros publicos en (1992).
he averiguado algo y me dicen que ya prescribio cualquier tipo de reclamo.
Mi madre y abuela ya fallecieron.
Mis tios acaban de hacer la sucesion intestada y mis hermanos y yo solo somos representantes de mi madre con 1/7 de la propiedad, ellos eran 7 hermanos.
Hasta hace dos meses pensaba que mis hermanos y yo eramos los herederos de la casa de mi madre pero resulta que hicieron una venta falsa y ahora solo nos toco un pequeño pedazo.
Se podra anular la compra venta o realizar alguna accion, inscribieron la escritura despues de 15 años de elaborada, eso esta bien?
Agradeciendoloe infinitamente su respuesta
Atte
MArian
Si bien es cierto que algunas acciones han prescrito, puede analizarse la posibilidad de intentar una acción indemnizatoria por los daños y perjuicios derivados de la falsificación, para lo cual deben revisarse los antecedentes del caso.
MI TIA HACE UNOS SIETE AÑOS ATRAS SIN QUE ME ENTERE RECIEN PERO POR TERCERAS PERSONAS HABIA HECHO UNA TRANSFERENCIA A SU NOMBRE DE LA CASA DE MI ABUELA DEJANDONOS A MI Y A MI HERMANO SIN HERENCIA POR PARTE DE MI PADRE QUE YA ES FALLECIDO MI ABUELA SOLO TUVO DOS HIJOS MI PADRE Y MI TIA ME DIJERON QUE LA TRANSFERENCIA LA ISIERON APROVECHANDOSE DEL ESTADO MENTAL DE MI ABUELA YA QUE LO VENDIO A LA EDED DE 78 AÑOS QUISIERA QUE ACCION LEGAL YA SEA CIVIL O PENAL PUEDO TOMAR GRACIAS
Se deben revisar los antecedentes del caso concreto para darle una respuesta. En principio, cabe demandar la nulidad de la transferencia si la vendedora no se encontraba en pleno uso de sus facultades mentales, lo que debe probarse.
mi suedra es viuda pero mantiene una pension por viudes pero mis cuñados exigen a su hermana que no trabaja le apoye economicamente nosotros no nos encontramos economicamente bien mi pregunta es si estamos obligados a darle dinero y si esto nos traera consecuencias futuras
La obligación legal de prestar alimentos se sustenta en dos requisitos:
– un estado de necesidad en quien los pide, en el caso de menores de edad se presume esa necesidad
– posibilidades económicas en quien los debe otorgar.
Si su suegra recibe una pensión, dependerá del monto para que se encuentre en estado de necesidad que le permita reclamar alimentos.
Buenas Tardes: Mi madre falleció en setiembre del año pasado oriunda de Provincia, tiene algunas propiedades, soy hijo único, mi padre falleció hace bastante tiempo, ,i pregunta es la sgte. Necesito hacer una sucesión intestad, necesariamente tengo que hacerla en Provincia o la puedo hacer en capital
La Sucesión intestada debe tramitarse ante el Notario o Juez del último domicilio de su padre.
mi duda es la siguiente mi papa se caso con mi mama con separacion de bienes, mi madre era la propietaria de mi actual casa la adquirio antes del matrimonio,ella fallece y quedo yo hijo del matrimonio y mis dos hermanos mayores…. mi consulta es la siguiente ya que mi papa quedo viudo y se quiere vender la casa cuanto nos corresponde a los dos o a el no le corresponde ya que la propietaria era mi madre.
gracias de antemano
Si sus hermanos son por parte de madre, entonces los herederos son su padre y los 3 hijos.
La propiedad corresponde a los 4 herederos por partes iguales, 25% a cada uno
si mi padre y yo no queremos vender y actualmente vivimos en la propiedad y yo soy menor de edad aun tengo 17 …que pasa disculpa tantas preguntas
Buen día, mi padre fallecio hace 2 años y recien voy a iniciar los tramites de sucesion intestada, somos 2 hermanos de padre y madre, pero antes que mis padres se casen, mi madre ya tenia 3 hijos, es decir mis hermanastros, la pregunta es… ellos al no ser hijos de mi padre tienen alguna participacion en la sucesion o solo es directamente mi madre, mi hermano y yo.
Los herederos de su padres son sus descendientes y su viuda. Los 3 hijos de su madre, no heredan a su padre
mi padre falleció hace 6 meses y mi madre ya hace 22 años,entonces ha quedado una casa q debemos repartirnos los hijos de padre y madre q somos 5 y aparte mi papá tiene 3 hijos extra matrimoniales q llevan su apellido,lo q quiero saber es cómo hacer la sucesión intestada si no podemos comunicarnos con los otros hijos para q se acerquen a realizar los trámites, que debemos hacer en ese caso……
Si se trata de un bien conyugal:
Primero debe hacerse la Sucesión intestada de su madre para que sobre su 50% se registre el derecho de los herederos ( 5 hijos y su padre) correspondiendo 8.33% a cada uno. Su padre tendrá entonces 58.33%
Al fallecimiento de su padre, cualquier heredero o persona con legítimo interés, puede solicitar la Sucesión intestada, no se requiere la intervención de todos los herederos, pero deberá acreditarse su derecho con las partidas respectivas. A cada uno de los 8 hijos le corresponderá 7.29%, los 5 hijos matrimoniales consolidarán 15.62%
Será necesaria la intervención de todos para hacer la división y partición, para transferir el bien o vender/comprar los porcentajes de los herederos. Si no se conoce su paradero pueden iniciarse las acciones judiciales.
Para mayor información sobre su caso concreto, puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Soy, soltera y tengo a mis 2 padres, que deberis hacer para que ellos dispongan de forma inmediata de mis ahorros y beneficios laborales( pension proporcional AFP, seguros que me descuentan, aportes de derrama magisterial, servicios de sepelio, etc).Para que, pasen por un tramite y proceso egorroso
Lo mejor es otorgar un testamento por escritura pública, donde los instituya como herederos. Para mayor información sobre los requisitos del testamento y su trámite, puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
hola, mi papá dejó una casa, ahora sus nietos piden su parte, el papá de ellos falleció. este es el detalles:
mi papá se caso con mi madrastra y obtuvieron esa casa, y un hijo, el hijo de ambos fallecio y dejó 2 hijos, la madrastra falleció y quedaron mi papá y los nietos;mi papá se casó con mi mamá del cuál somo 2 hijos; ahora ya falleció mi papá y los nietos están pidiendo su parte, ellos hicieron una sucesion intestada hace como 4 años declarandose herederos de la Sra.(madrastra) ahora nosotros tenemos q hacer la nuestra declarandonos herederos de mi papá.
cuál sería la repartición de esta casa, cuanto nos toca a cada uno.
Gracias
A Ud. y a su hermana le tocan 25% cada uno y a los nietos les toca 12.5% a cada uno
mi consulta es que mi padre fallecio hace 5 meses y somos 7 hermanos, de tres conyugues que tubo mi papa , mi consulta es ls cnyugues que tubo tambien participan de la reparticion de la herencia o solo los 7 hijos???
Los herederos son los hijos y la esposa al momento del fallecimiento (casada con el difunto)
hola muchas gracias por su orientacion:
somos 5 hermanos de padre y madre y 2 hermanas de madre, les corresponde por igual a todos los hermanos la herencia, ma madre ya fallecio no dejo ningun testamento.
Sobre la herencia de su madre, todos heredan en partes iguales
alford diaz
Gracias por su respuesta:
mi padre fallecio en el año 1989, dejo un predio agricola , mi madre es ignorante y en el año 1999, , mi madre y 3 de mis hermanos registron el predio agricola, en registros publicos por prescripcion adquisitiva, pero somos total 7 hermanos , 4 no formamas parte de la herencia de mi padre, por encontrarnos en diferentesd partes del pais, pese que siempre hemos mantenido comunicacion con los 3 hermanos y mi madre nunca nos hicieron de conocimiento de este hecho,
dos de mis hermanos se oponen diciendo que ustedes los 4 hermanos no tienen parte en el predio.
Se puede revocar la inscripcion registral atendiendo que mi madre ya fallecio en el 2009, ?
no nos corresponde ninguna herencia a los 4 hermanos por que no vivimos cerca de ellos?.
hasta la fecha el predio no fue repartido?
Todos los herederos tienen derecho a la herencia, independientemente del lugar donde vivan. Para responder su pregunta sobre la nulidad de la inscripción registral, es necesaria la revisión de los antecedentes del caso. Puede concertar una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
Buenas mi consulta es esta mis padres estan vivos y quieren darnos un anticipo de herencia de una cas somos 6 hermanos, nuestras esposas deben ser mencionadas en el documento, y en caso de divorcio de algunos de los herederos sus esposas pueden reclamar algo?? y la otra es que en este documento de anticipode legitima, se puede poner una clausula que indique que solo se pueden vender entre hermanos??
muchas gracias.
En el anticipo de herencia, se consigna el estado civil de los beneficiarios y las esposas pueden intervenir, pero el bien es propio de los hijos de quienes otorgan el anticipo.
En caso de divorcio, ese anticipo no se comparte, queda como exclusiva propiedad del heredero que la recibió.
No se puede limitar la transferencia a terceros, pero sí se puede establecer la obligación de dar la primera opción de compra a los demás y sólo ofrecerla a terceros en caso de que ningún copropietario quiera comprar.
Para cualquier ampliación sobre el particular, puede solicitar una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
Gracias por su respuesta :
los hermanos de 2do grado o primos hermanos , en la reparticion de herencias tienen partes iguales.
Sres, aun estoy esperando respuesta por esta consuslta …
Soy parte de una sucesiòn proveniente de un testamento pero para adquiirir una propiedad y pagar menos intereses me indican que debe ser primera propiedad. Mi consulta es puedo donar mi parte de la sucesiòn a cualquier persona o solo tengo que donarla a alguien dentro d ela sucesiòn. Gracias.
Adicionalmente en caso que quisieramos vender la propiedad, que pasa si uno de los testarios y pertenecientes a la sucesiòn, tiene un juicio con el estado, el estado puede embargar la propiedad?.
Lamento la demora en responder su consulta, pero desconozco a lo que se refiere con primera propiedad y su relación con el pago de intereses.
Sólo puedo ayudarla con una información genérica sobre la legislación peruana
buenas noches
mi consulta es …. mi padre fallecio hace 2 años y en la cooperativa donde vivo han dicho que es necesario la sucesion intestada para obtener titulo de propieda de la casa, indican que si este documento no podemos empezar el tramite, que tan cierto es eso …. gracias por su respuesta
Efectivamente, la Sucesión intestada es indispensable para transferir los derechos de su padre a favor de sus herederos
hola quiero hacerle una consulta. lo que pasa es que mi padre falleció hace años, y yo vivía con él desde pequeña, entonces cuando el murió yo me quedé viviendo en la casa. ahora bien, lél antes de conocer a mi madre tenía una esposa y sus 2 hijos, y nunca hicieron el papeleo de divorcio. mi padre conoció a mi madre hace más de 30 años y convivió con ella y nosotros somos 3 hermanos. Bueno, ahora vuelven la esposa que tuvo antes y sus hijos para cobrar la casa, aún sabiendo que yo vivo alli y que ellos no han tenido ningún contacto con mi padre mientras él estuvo con nosotros. ellos quieren vender la casa y quitármela. qué hago en este caso? mis otros dos hermanos esán de acuerdo en cederme su parte, pero lo demás?
Los herederos de su padre son la esposa y todos los hijos, las proporciones dependerán de si se trata de un bien común o propio.
Debe tramitarse la Sucesión intestada y luego hacer una división y partición para que se transfieran los derechos y acciones a favor de uno de los herederos quien pagará el precio a los demás, o venderla a un tercero y repartirse el dinero.
Para cualquier ampliación sobre el particular puede solicitar una consulta para su caso concreto a lyamamoto@servicioslegales.pe
Ok entonces repregunto. Puedo donar mi parte de una sucesiòn a cualquier otra persona que no sea parte de los testarios? o solo tengo que donarla a alguno de los que pertenecen a la sucesiòn?
buenas noches mi caso es el siguiente mi esposo murio hace aproximadamente 22 dias mi problema radica en que el tiene 2 hijos pero no conmigo y la mama de esos niños quiere que ellos sean los unicos herederos eso se `puede? de echo dijo que habia sacado la declaracion sucesorial solo para los niños la idea no es deejar a eso pequeños por fuera pero ella quiere la plata para fines comunes… agradeceria pronta respuesta
Los herederos son los hijos y usted como viuda.
La Sucesión intestada no puede expedirse en 22 días.
Le sugiero que usted solicite la sucesión intestada para no ser excluida y ejercite las acciones para proteger el patrimonio de la sucesión. Para mayor información sobre su caso concreto, puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
mi pregunta es la siguiente:, mi padre alquilo un departamento hace 10 años pero el dueño fallecio hace 6 años, una de la supuestas hijas llego y le informo lo ocurrido y sigui alquilandole el departamento pero sin documento que la acredite como heredera, algo informal, a la fecha mi padre se ha enterado que ninguno de los supuestos hijos habian sido reconocidos legalmente por el dueño fallecido, pero se sigue mi padre viviendo en el departamento y alquilandolo, en este caso que se puede hacer?? mi padre hasta hace dos años ha estado pagando todos los impuestos por arbitrios y demas y la cuota del alquiler a una persona que no es heredera legal, como puede proceder ante estas circunstancias..
Le recomiendo hablar con la heredera y exigirle la declaratoria de herederos o testamento que la acredite con derecho a recibir la renta. Si no hay respuesta, enviar una carta notarial en el mismo sentido, bajo apercibimiento de consignar el monto de la renta en el Banco de la Nación, para que quienes tengan derecho lo puedan retirar.
Para cualquier ampliación sobre el particular, puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
De antemano agradezco la respuesta.
Soy una hija fuera del matrimonio es mas vivi con mi padre siempre hasta que fallecion sin dejar testamento igual me madre fallecio, mi papa tiene muchos hijos a algunos ya les dejo una compra venta algunos terrenos, actualmente hay problema con ellos .. ellos quieres elegir y solo lo que sobre me quiere dar se podra hacer algo . ya que la ley dice qie todos los hijos tenemos los mismos derechos?.
gracias por su repuesta que Dios le vendiga
La Sucesión intestada establece quienes son los herederos: hijos y cónyuge. Los porcentajes dependerán si se trata de bienes comunes o propios.
Los herederos son copropietarios, deben acordar en qué forma repartirse los bienes mediante una división y partición, para que todos se adjudiquen los bienes en los valores que les tocan.
Si no hay acuerdo, se puede demandar judicialmente para que el juez distribuya los bienes o los saque a la venta para que se repartan el precio
AGRADECIENDO SU RESPUESTA, mi pregunta es:
Mi abuelo se encontraba mal de salud por lo que dos de mis tios lo llevaron a realizar un testamento al antojo de ellos, sin que los demas hijos lo supieran.
Actualmente mi abuelo se ha recuperado y ha hecho otro testamento a su voluntad.
Se puede anular el 1ª testamento o no
El primer testamento debe ser revocado, su abuelo debe pedirle al notario la restitución del testamento. El notario lo entregará extendiendo un acta de devolución con intervención de dos testigos.
Muy buenas tardes,
Mi caso es el siguiente, mi abuelo falleció y mi abuela y sus 8 hijos serían los herederos legítimos. Es posible que mi abuela pueda vender la única casa que les quedó como herencia a pesar de que 3 de los hijos no estén de acuerdo? Gracias.
Podría venderse solo el porcentaje de derechos y acciones de los que están de acuerdo con la venta, que es una cuota abstracta y no una parte específica del inmueble. Los que sí están de acuerdo en la venta, pueden solicitar la división y partición judicial, para que un juez ordene la venta
Buen día,
Somos 4 hermanos y mis padres desean otorgarle el segundo y el tercer piso a dos de mis hermanos, de hecho ya están viviendo allí, solo que aún no se ha hecho ningún papeleo. Mis padres pueden hacer eso y dejar a los otros dos de lado? Que pasaría si mis padres logran cederles a cada uno lo ofrecido con los títulos respectivos y después mis padres mueren, sabiendo que el primer piso les pertenecía, como sería la repartición de este primer piso? Att. Esther
Primero debe obtenerse la independización de cada piso en la Municipalidad, que dependerá de las condiciones mínimas de habitalidad, ingreso independiente, áreas comunes, etc.
Sus padres pueden otorgar anticipos de herencia, sin excluir a ningún heredero.
Si todos los herederos han recibido una parte equivalente y aún quedan más bienes, éstos se dividirán entre los herederos también
Buenos días:
Agradeciendo por su gentileza de poder hacer consultas le solicito, por favor, tenga la bondad de orientarme sobre lo siguiente.
Somos 5 hermanos y nuestra madre. Nuestro padre falleció hace 2 años y ya hicimos la sucesión intestada. Mi madre recibe una buena pensión y el caso es que tres de mis hermanos viven con ella y sus familias en la única casa que mis padres tenían como sociedad conyugal y no aportan económicamente para los gastos de autovaluo, arbitrios, luz, agua, teléfono, cable. internet, mantenimiento, etc, etc. Incluso sabiendo que nuestra madre (con cerca de 80 años) recibe una pensión le piden que les ayude con pagar colegios de sus hijos y hasta de nietos; alguno de los nietos es a ella quien le piden a ella lo que necesitan para movilidad, gastos personales (jabón, champú, etc, y hasta comida); asi también, no toman en cuenta sus decisiones con respecto a la casa ubicándose en los ambientes que quieren diciendo que son propietarios y que tienen derecho. Mi madre es consciente de todo y siempre dice que ya no va a pagar ni la luz, ni el teléfono, etc,. pero, por necesidad termina pagando estos servicios. a la casa llegan las cuentas de mis hermanos deudores y hasta de alguno de mis sobrinos y muchas con amenazas de embargo y ello le preocupa y también la incomoda pensando que mis hermanos están en problemas, razón por la cual no es capaz de exigirles nada. Mis hermanos todos son mayores de 50 años sin problemas de salud. Dos de ellos prácticamente han vivido toda su vida de casados (25 años uno, con 5 hijos y 2 nietos) y 15 años el otro, con 3 hijos) en la casa de mis padres sin pagar servicios de agua, luz, etc, y mi padre también lo permitió. . La pensión que ella recibe es como esposa de militar y ella prefiere no comer para no gastar, pero si se siente la necesidad de ayudar a nietos y bisnietos diciendo que no tienen la culpa y que les da pena. Uno de mis hermanos habla siempre con lisuras y su esposa le ha levantado la voz a mi mama en algunas oportunidades porque mi mama le exige que mantenga limpia el área donde vive, que es el área de servicio donde convive con sus hijos, nietos menores y 2 perros y sus crías. Si se le dice algo al respecto señalan que no nos metamos porque es su propiedad. ¿hay algo que yo pueda hacer a fin de proteger la integridad emocional y psicológica de mi mamá? Ella ya va a cumplir 80 años.
Que su madre pida un poder a todos sus hermanos para que los represente ya que ella corre con todos los gastos de la casa.
Que su madre venda la casa y reparta el dinero en las proporciones que le corresponden a cada uno. Que su madre se mude sin los demás.
Muchas gracias. Algunas amistades le han aconsejado lo último que usted dice pero ella no se decide. Lo de pedir el poder a mis hermanos, ninguno de ellos se lo daría, sobre todo por la desconfianza que existe entre todos nosotros. ¿Que autoridad puede intervenir para defender los derechos de mi madre de casi 80 años que las trabajan al sentimiento y se ve obligada a pagar los servicios para que ella misma no se quede sin los mismos. Por ejemplo: Acaba de llegar el recibo de luz por S/ 406,50, equivalente a un consumo de mas de 900 kw, cuando ella sola no debe consumir ni 100 kw, es decir, tendría que pagar solo S/. 50,00. Nadie quiere asumir este pago. Nuevamente muchas gracias.
buenas tardes mi caso es el siguiente:
mi papa tuvo su primer compromiso tuvieron 3 hijos pero se separaron , luego conocio a mi mama donde convivieron y naci yo, lo que pasa es que cuando tuve 13 años fallecio mi papa dejando unos terrenos, nos repartimos por partes iguales, sin hacer la declaratoria de herederos mi mama vendio mi parte a un señor ,la venta lo hicieron en un juez de paz, luego de dos años hicimos la declaratoria de herederos donde figuramos solo los4hijos, mi madre no esta incluida por x motivos, y ahora , la venta que hizo mi madre fue sin mi consentimiento, quiero saber si es que tengo la probabilidad de recuperar el terreno ya que yo figuro en la declaratoria.
Para absolver su consulta es necesaria la revisión de los documentos del caso concreto. Para una consulta puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Muchas gracias mi pregunta es la siguiente: En el 1968 mi esposa y yo adquirimos un inmueble (casa) donado por el Gobierno de turno, luego en el 1973 nos divorciamos teniendo ya tres niños, en el 1978 la dejé en el inmueble con los niños, con el propósito de que los niños se queden en su ambiente. Ahora ella falleció. ¿Quienenes son los herederos?
El divorcio incluye la liquidación de la sociedad de gananciales, en ese momento se debe haber decidido sobre la propiedad de la casa. Si el inmueble quedó como copropiedad con un 50% de los derechos y acciones para cada uno, el porcentaje de su ex esposa se divide entre los hijos y cónyuge, si se hubiese casado nuevamente.
Si solo tiene 3 hijos y permaneció divorciada, cada hijo hereda 16.66%
Hola espero me ayuden a mi pregunta, resulta que somos 4 hermanas, mi mama aún vive pero ella ya hizo un testamento, pero se que hay una cláusula que desconozco, una de mis hermanas construyo arriba de la casa de mi mama, pero dos de mis hermanas viven ahí en la parte de abajo con mi mama, yo soy la menor vivo aparte en mi casa propia con mi hija, mi pregunta es cuando mi mama fallezca que Dios no lo quiera que se puede hacer con esa casa, es que mis hermanas se la pasan peleando y gritando a la hermana que construyo arriba diciéndole que fue una aprovechada para así quedarse con toda la casa, agradecería me diera un consejo para poder platicar con ellas, de hecho le hice un comentario a mis dos hermanas que viven ahí abajo que ninguna de nosotros tiene derecho de heredar algo de mi mama porque nadie le dio dinero y ni le damos nada ella sola se mantiene con su trabajo, espero me ayuden atte, angela
En su caso es necesario revisar los documentos para darle una respuesta. Debe conocerse si los pisos están independizados o no y a nombre de quien figura cada piso.
Para mayor información puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
quisiera saber como poder actuar ante esta situacion yo radico en USA cuando emigre a ese pais nuestra situacion era de pobreza extrema vivia en un lote de construccion noble sin agua ni servicios higienicos ese terreno esta a nombre de mi papa en el 1988 emigre a usa a trabajar y deje alli a mi esposa e hijos viviendo con mis padres trabaje duro mi esposa dejo a mis hijos y vino de ilegal a ayudarme a construir una casa digna siempre yo confiandome ciegamente en mis padres enviaba dinero para la construccion verbalmente quedamos el primer piso para ellos mis padres y el segundo para mi familia paso el tiempo ahora como todos los papeles estan a nombre de mi papa el dice que es el dueno y yo no tengo nada alli que se puede hacer en esos casos tengo la firma de todos los vecinos que cuando viajaba a peru miraban como techaba la construccion y compraba todos los materiales porque mi papa no tenia oficio trabajab solo de eventual que acciones debo tomar en esos casos y nunca ningun padre abuse de la confianza de sus hijos y de la buena fe
Si usted tiene pruebas de las remesas que enviaba a su padre y alguna comunicación con él, pueden intentarse las acciones judiciales para reclamar lo acordado.
Hola buenas les escribo lo siguiente: mi hermana tenia un negocio junto con mi madre, al cabo del tiempo mi hermana compro un piso donde vivia con mi madre , este piso lo vendio para comprar otro a su nombre y donde mi madre vivia , ya que mi hermana vive en otro piso junto a su marido e hija, mi madre a fallecido mi pregunta es me corresponde algo como hijo de herencia ya que mi hermana si no hubiera sido por la ayuda de mi madre no hubiera podido llevar el negocio.
Resumiendo mi hermana es la que siempre se ha hecho cargo de los beneficios del negocio trabajando mi madre y mi hermana (mi madre era autonoma y cuando se jubilo solo le quedo la paga no contritutiva) y viviendo en la casa a nombre de mi hermna. Le puedo reclamar algo de herencia una vez fallecida mi madre.
Solo puedo ayudarle en casos en los que la ley peruana sea la aplicable. En este caso, su consulta requiere la revisión de los documentos del caso.
hace 30 años(1981) falleció mi abuela,tuvo 08 hijos producto de o2 relaciones de hecho,mi madre, hija mayor es producto de una de esas relaciones, los otros 07 hijos son de la sgda.relación;NO DEJO TESTAMENTO;DEJÓ 02 BIENES URBANOS QUE COLINDAN ENTRE SÍ,una de ésta hijas( mi tía,solterona sin descendientes y ascendientes) sospechosamente después de la averiguaciones respectivas aparece como dueña de uno de los lotes(con un supuesto contrato de compra-venta-1983)para luego con intervalo de 02 años(1985)soterradamente se hace declarar JUDICIALMENTE,HEREDERA UNIVERSAL SOBRE EL SGDO.LOTE. LE PREGUNTO:QUE DEBO HACER SI SE SABE QUE EN UNA PRIMERA DEMANDA SE ME DECLARO INADMISIBLE MI PETICIÓN DE HERENCIA(EN REPRESENTACIÓN DE MI FALLECIDA MADRE)ADJUNTANDOLE AL JUEZ LAS PARTIDAS DE NACIMIENTO DE MI MADRE Y DE TODOS MIS TÍOS,TODOS ÉSTOS DCTOS. RECONOCIDOS A RUEGO,POR SUS PADRES POR SER ILETRADOS.Y EL JUEZ A PESAR QUE SE LE ADJUNTO LA MISMA PARTIDA DE NACIMIENTO DE ÉSTA TÍA CON LA QUE SE HIZO DECLARAR H.UNIVERSAL,ME PIDIÓ COMO SANEAMIENTO DE MI DEMANDA LE ADJUNTE ,UNA RESOLUCIÓN JUDICIAL DONDE MI ABUELA COMO DUEÑA DE LOS BIENES ANTES MENCIONADOS,RECONOCÍA COMO HIJOS A LOS AHÍ MENCIONADOS.COMO MI ASESOR DELICADO DE SALUD FALLECIÓ,NO SE PUDO CONTESTAR A TIEMPO TAL PEDIDO,AHORA QUE VOY A INTERPONER UNA SGDA.DEMANDA QUISIERA SU OPINION AL RESPECTO.
Lamentablemente no le puedo ofrecer una orientación genérica. Su caso requiere la revisión de los antecedentes del caso.
Mi papá heredó una herencia y somos 5 hermanos. Mi papá decidió vender su herencia y junto con mi mamá fueron a una notaria y la vendieron a una empresa, la misma que hizo toda la documentación legal y formal.
Esta venta es correcta? los hijos (nososros) podemos revocar esa venta? pregunto por que tres hermanos somos de padre y madre y do de ellos solo de padre, uno de estos ultimos es muy problematico, querria saber si puede retraer. objetar , cuestionar esta venta.. esta venta se hizo en el año 2011. Grcis por su valiosa rpta.
Sus padres tiene la facultad de transferir los bienes de su propiedad si se encuentran en pleno uso de sus facultades mentales.
Podrían impugnarla si hay algún vicio o fraude.
Muy buenas tardes Srta Lily, un gusto poder saludarla y aprovechar para darle las gracias infinitas por las muchas respuestas dadas a todas las personas que preguntaron en su pagina, ya que mediante ellas, las personas que desconocemos sobre temas legales podemos plantearnos ideas previas antes de acudir a un abogado; para así sacar más beneficio a futuras consultas con sus colegas. Muchas Gracias.
Mi consulta es la siguiente Srta Lily. Por parte de mi padre fallecido, mis 2 hermanos y yo teníamos unos cuartos en la casa de mi abuelo paterno también fallecido que había dejado de palabra, digo “tenia” porque mi abuela paterna de 85 años no nos quiere dar un lugar en la casa de 3 pisos donde si viven sus otros 6 hijos con sus respectivas familias, incluso hasta los bisnietos de mi abuela paterna tienen un cuarto y al colmo que con decirle que las mascotas tienen un lugar donde estar a diferencia de nosotros que nunca tuvimos un lugar en esa casa ni cuando fuimos menores de edad, osea siendo huérfanos. Nunca tuvimos la intención de reclamar o pedir algo ya que cuidábamos la salud de mi abuela. Pero ahora en circunstancias no gratas que me toca vivir por necesidad es que pido a mi abuela los cuartos que le tocaban a mi padre (actualmente habiendo 3 habitaciones libres) y me indica que no me puede dar pero eso mal influenciada por mis tías ambiciosas que quieren quedarse con todo. Como comprenderá así me diera una habitación seria insostenible convivir con la clase de tías que me toco descubrir. Existe una forma legal de pedir dinero a cambio de los cuartos que no nos dieron nunca y por lo cual pagamos arriendo en otro lugar por tantos años. Por que vivir en esa casa no se podría con el tipo de familia que me toco; y si no se pudiera lo que más me interesa es tener un papel en donde mi abuela y tíos digan que NO nos dan lo que le toca a mi padre por motivos “x”. Ya que ante toda la familia se limpian la cara diciendo que nosotros somos unos ingratos que nunca visitamos a mi abuela, que tenemos nuestro departamento allá y que más bien hemos despreciado y por eso no tenemos un lugar allá donde estar.
Muchas gracias y que Dios la bendiga por el apoyo desinteresado.
Si el inmueble es de propiedad de su abuela, solo a su fallecimiento podrán reclamar su participación en la herencia en representación de su padre.
Buenas Tardes
Mi padre falleció hace dos años y hemos realizado la sucesion intestada, Nosotros somos 9 hijos y uno fallecido y mi madre que esta viva( la esposa del fallecido)
Quisiera saber cual es el porcentaje que corresponde a cada hijo y la esposa. Adicionalmente quiero mencionarle que solo es una propiedad ( una casa ). Primer piso que aun no esta registrada que acción podría tomar cualquiera de los hermanos con relación de la casa si podría quitarle a mi madre
Que puedo Hacer.
Gracias
charo
Si los bienes son conyugales, el 50% es para la viuda y el otro 50% del fallecido, se divide entre los 10 herederos, a razón de 5% pra cada uno. Su madre reuniría 55%
Ningún heredero puede quitarle su parte a otro heredero. Sí pueden transferirse sus porcentajes mediante donación o venta
Mi unica hermana fallecio hace meses atras, tiene un inmueble registrado a su nombre. No tuvo hijos. He caso pero por infidelidad mi hermana le inicio jucio por infidelidad ( divorcio). Puedo declararme como heredero, mi padre vive tiene 90 años.
Gracias por la respuesta.
Los herederos de una persona sin hijos son los ascendientes y cónyuge. Si el divorcio estaba concluído al fallecimiento de su hermana, el único heredero es su padre.
Los hermanos solo heredan a falta de descendientes y ascendientes
Muy buenas tardes señora lily:
agradecerle por anticipado su respuesta .
somos 4 hermanos (2 mujeres y 2 hombres) mi madre y mi padre (vivos actualmente) vendieron una parte de su casa a su yerno mi pregunta es.
1. cuando fallesca mi padre o mi madre ¿tiene derecho mi hermana (esposa del yerno)sobre el resto de la propiedad como herencia dejada a los hijos a pesar que como ayuda mis padres le vendieron buena parte de la casa (terreno parte posterior).
2. tengo entendido que el yerno tambien tiene intenciones de comprar todo el resto de la casa de mis padres con el pretexto de q ellos sigan viviendo en la casa y den los cuidados de mis padres ¿ puede mis padres venderle y como quedariamos su hijos si no nos ponen en conocimiento mis padres ya que siempre mi hermana a tenido preferencias, mis padres tiene 60 años.
¿ perderiamos nuestra herencia o podriamos reclamar la nulidad?.
gracias.
Su hermana no pierde su derecho a la herencia.
Mientras sus padres se encuentren en pleno uso de sus facultades mentales, pueden transferir el inmueble.
Si existe simulación o fraude, puede impugnarse la transferencia
muy buenos dias srita. lily mi problema es el siguinete mis papas fallecieron y mi casa quedo intestada en ella vive mi hermano pero antes tambien vivia mi hermana ,ella ya no vive ahi porque ellos tubieron muchos problemas hasta llegaron a demandarse, ahora mi hermano no deja entrar a la casa ami hermana lo que pasa es que ella dejo algunos muebles y quiere sacarlos que puedo hacer yo para arreglar este problema ayudeme por favor yonop qiuero que lleguen otra vez asta ese punto de demandarse denuevo ( gracias )
Sugiero que su hermana le envíe una carta notarial solicitando la entrega de sus bienes a Ud. para que actúe como intermediario.
Si no funciona la anterior alternativa, tendrían que ir a la vía judicial
muy buenos tus comentarios
Mi esposos tiene un hijo extramatrimonial. Hemos decidido hacer la separación de bienes. El tiene una parcela y quiere hacer el anticipo de legitima a mis dos hijos. Ellos quedarian como unicos dueños o cabe la posibilidadde que él hijo extra más adelante reclame.
El anticipo de legítima debe hacerse en la proporción que corresponda a los herederos, sin afectar el derecho de ninguno de ellos.
El hijo extramatrimonial tendrá derecho a la herencia por un valor equivalente a lo que recibieron sus hermanos por anticipo
Hola doctora,tengo mi tio que fallecio recien hace poco.Averigue que en la Sunarp tiene 2 propiedades inscritas a su nombre aun,compradas hace como 30 años atras, desconozco si mi tio ya las ha vendido o de repente que no,puede ser tambien, ) como se podria averiguar si vendio estas propiedades de repente con minuta o con escritura? ,
Ademas sus 2 hijos de mi tio, mis primos no quieren saber nada del Peru y les conte lo de que mi tio tiene 2 propiedades a su nombre en Sunarp y dicen que no van a a reclamar nada,que no les interesa esas propiedades,mis primos viven en el extranjero hace como 30 años y les va bien en sus auntos, solo venian a Peru por su papa, en otras palabras no van a hacer sucesion intestada de su padre y tampoco su ex-esposa lo va a hacer.Menciono esto porque en la sunarp en una de las propiedades sale como casado y que lo compro junto con la mama de mis primos.
Mi pregunta es, yo como sobrino puedo hacer la sucesion intestada por parte de mi tio para luego reclamar esas 2 propiedades inscritas en SUNARP a su nombre aun ?, se que es viable esto pero creo que voy a chocar con lo que siempre piden primero a los hijos y conyugue.
Agradeciendo la atencion me despido.
Los herederos son los hijos.
Lo que figure en la SUNARP como titulares de la propiedad tiene efectos frente a terceros, por lo que quienes tienen su derecho inscrito, se les considera propietarios.
Usted podría tramitar la sucesión intestada para que se declare como herederos a los hijos, no a ustedd porque no es heredero.
Podría pedirle a sus primos que le otorguen poder para hacer los trámites y que le entreguen los bienes en donación o cesión en uso para administrarlo a nombre de los herederos.
Para mayor información puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
Herede por testamento de mi tia un inmueble. No realice la inscripcion a mi nombre.
Mi tia registro la escritura publica de compra-venta solo como una Anotacion Preventiva en el ano 84.
Al querer inscribir el bien a mi nombre, Grande fue mi sorpresa al ver la partida registral en el 2008. El heredero de la vendedora del predio (quien vendio a mi tia) realizo en Sunarp la cancelacion de la anotacion preventiva por caducidad y la extincion de pleno derecho, y meses despues inscribio la sucesion intestada de su madre (la vendedora).
Mi pregunta es si tengo alguna salida para poder reclamar mi derecho como heredero de este bien, sea en Tribunal registral o via judicial o evitar que este sea vendido a un tercero.
Gracias
En su caso es necesaria la revisión de los antecedentes del caso, para una consulta presencial o virtual puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
yo no estoy reconocida por mi padre ya que en mi partida de nacimiento no aparece la firma de el, pero si llevo el apellido.hace 2 meses atras mi padre murio y deja unas propiedades pero hasta donde yo se, no hay testamento. nunca tuve contacto con el ni siquiera lo conoci ni he recibido una pension alimentaria yo tengo ya 26 anos, ahora mis hermanos que no los conoscos por parte de padre me buscan porque quieren reclamar la herencia ya que la mujer de mi padre quiere quedarse con todo el nunca se caso con ella. yo en estos momentos estoy fuera del pais. quisiera saber si tengo derecho y que es lo que tengo que hacer? gracias…
Si usted es hija extramatrimonial no reconocida, no tiene derecho a la herencia, salvo que demande el reconocimiento de paternidad a los herederos de su padre; mediante una prueba de adn se podrá establecer que usted es descendiente y por lo tanto heredera.
Si usted es hija matrimonial, sí tiene derecho a la herencia aunque su padre no haya firmado la herencia.
Para mayor información sobre su caso concreto puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe para una consulta virtual o presencial
hace 15 años murio mi suegro diciendo como hiba a quedar la casa dividida en tres hermanos poruqe a los demas ya les habia dado luego fallece mi suegra y queda intestado si dar tiempo a areglar los papeles pero nos enteamos que un hermano ya hizo escrituras sin consultar los hermanos que se puede hacer
Se requiere la revisión de los antecedentes del caso para darle una respuesta.
Buenas tardes doctora ,le comento ESTA SITUACIÒN:
Mi abuela fallecio hace varios años.Tenia 4 hijos (todos fallecidos tambien,dos mujeres y dos hombres) ,uno de ellos era mi padre.Recien me he enterado que el predio donde viven mis primos (por el lado de mi tia,otra de los hijas fallecidas de mi abuela) es un predio que si bien es cierto no esta inscrito en SUNARP esta inscrito en la Asociacion de Vivienda o Asociacion de propietarios, ya que hace como 14 años mi tio cuando estaba vivo le paso a nombre de mi abuela como transferencia de acciones y derechos.
Esta Asociacion de Vivienda si esta inscrita en Sunarp como persona juridica y es la dueña de los 500,000 metros cuadrados de propiedad, dentro de esta superficie esta el lote de mi abuela(que repito, no esta inscrita en Sunarp este lote).
Asi para la asociacion de vivienda mi abuela sigue figurando como la dueña y a la vez en la municipalidad correspondiente mi abuela figura como contribuyente, o sea como propietaria.
He tratado de hablar con mis primos que estan como posesionarios, pero de plano me han rechazado y dice que el dueño es quien vive la tierra y que por posesion de mas de 12 años ya ganaron, y que van a defender con todo su poder la propiedad(son de dinero ellos).Supe tambien que intentaron borrar el nombre de mi abuela de la municipalidad pero no han podido hasta ahora.
Po otro lado tambien estan mis primos de parte de los otros hijos de mi abuela fallecidos, que puedo hacer doctora , yo se bien que la acciòn reinvidicatoria nunca prescribe, en este caso la acciòn de reclamar la herencia.Gracias.
Gracias por compartir su comentario.
gracias por ayudarme en este tema.
Mi mama fallecio en el año 1999, dejo un el predio rustico esta inscrito en registros publicos desde el año 1999, donde figuran 3 de mis hermanos, pero somos total 7, ellos dicien que los 4 no tenemos parte, podemos hacer la suscecion intestada para colarnos en el predio
MI HERMANO FALLECIO EN ESTADOS UNIDOS, SE CASO Y NO TIENE HIJOS, PERO MI MAMA TIENE 87 AÑOS Y TIENE CANCER MI HERMANO LE DABA SU MANUTENCION MENSUALMENTE, PERO SU MUJER ESTA HACIENDO UNA DECLARATORIA DE HEREDEROS EN LA CUAL ELLA ES LA UNICA. MI MAMA ESTA ACA EN EL PERU, Y ELLA ESTA DISDONIENDO DE LAS COSAS DE MI HERMANO. LE CORRESPONDE ALGO A MI MAMA, DESDE AQUI SE PUEDE DECLARAR A MI MAMA TAMBIEN COMO HEREDERA
Las leyes sobre la herencia son las del lugar del último domicilio del fallecido.
Si el último domicilio fué Estados Unidos, se debe tramitar la Sucesión intestada en el Estado donde vivió permanentemente y bajo las leyes de ese Estado.
Sólo le puedo brindar orientación respecto de casos bajo la ley peruana.
buenas tengo una pregunta sera cierto n se yo que digamos si un amigo mio o familiar se muere y cuando el se muera si en el testamento del fallecido saldra q yo tendre q hacerme cargo de mi esposa e hijos y le heredo todas mi cosas ha el(lo que me refiero si es posible que si mi amigo pusiera eso en el testamnto q yo mi hisiera acargo de su familia se puede????)
Una persona no puede dejar todos sus bienes a un amigo. Los herederos forzosos tienen derecho a por lo menos dos tercios de la herencia, sólo puede dejarse un legado a un amigo hasta por un tercio de los bienes.
No puede establecerse la obligación de hacerse cargo de los familiares, esa clausula solo es un pedido personal no obligatorio legalmente.
mi consulta es la siguiente : mi esposo y su hermana han heredado la casa de su madre mi esposo desea independizar y construir un departamento en lo que a el le corresponde , mi cuñada dice que no se puede dividir ni independizar por que la municipalidad no lo permite es verdad que un heredero no puede hacer separación y vivir en la parte que a el le corresponde ? necesito respuesta urgente gracias
La independización debe ser autorizada por la Municipalidad del distrito y dependerá de las áreas mínimas de habitabilidad, acceso independiente, servicios higiénicos. etc.
Si no se pudiera independizar, mediante la división y partición, se podrán transferir los derechos a cambio del pago del valor o vender a un tercero para que se repartan el precio.
buenas noches dctora mi consulta es la sgte mi padre murio hace un ano atras y ya hicimos sucecion intestada mi madre yo y mi hermano y tenemos un medio hermano quees menor de edad 12 anos que esta reconocido tambien, quisiera saber como se hace la reparticon hablo de la liquidacion de mi padre y un bien inmuble que mi padre heredo de su padre en el cual yo mi hermano y mi madre con mi padre hemos vivido toda la vida quiero recalcar que mi madre y mi padre son casados civil y religioso, en que porcentaje se hace la reparticion teniendo en cuenta que hay un medio hermano? gracias anticipadamente
Sobre el bien inmueble que su padre heredó, es un bien propio, se divide en partes iguales entre los los 4 herederos (viuda, 2 hijos matrimoniales e hijo extramatrimonial). A cada uno le corresponde el 25% de los derechos y acciones.
Sobre los bienes conyugales, se reparten en 50% para su madre y el otro 50% se reparte entre los 4 herederos, tocandoles 12.5% a cada uno. En el caso de su madre, ella consolida 62.5%
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buenas noches doctora una consulta, si me declaran como único heredero de las propiedades de mi padre por ser hijo único por sucesión indevisa notarial. y voy a verificar en el registro al padrón de contribuyentes de la municipalidad y me doy con la sorpresa que la propiedad esta inscrita al nombre de un sobrino de mi padre,, que puedo hacer ya que el municipio no da una explicación clara de la inscripción del sobrino de mi padre.
cabe indicar que mi padre no dejo ningún testamento y repartición de bienes…tengo documentos de autovaluo hace muhcos años atras al nombre de mi padre.
Lo que prevalece es la inscripción en los Registros Públicos sobre la Municipal.
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Mi padre fallecio y dejo como herencia una casa, somos tres hermanos, yo no deseo vender la casa, pero mis hermanos si, ellos dicen que si no acepto vender la casa de todos modos lo pueden hacer a traves de un juicio, los costos del juicio se cubririan con parte del dinero de la venta de la casa? tendria que asumir yo parte de los costos de esa particion siendo que no es mi deseo el venderla? Desde mi punto de vista la solucion seria que ellos vendan sus acciones a un tercero y de hecho podrian hacerlo por ser una buena propiedad y estar bien ubicada, el asunto es si vale la pena llegar a la particion por los costos. El valor actual de la propiedad es como 450,000 dolares.
Estimado José:
Cualquier copropietario puede pedir la división y partición de los bienes, en virtud de la cual, los copropietarios transfieren sus cuota partes a uno de ellos a cambio del precio, o todos lo transfieren a un tercero.
Se puede hacer extrajudicialmente mediante acuerdo de todos los copropietarios y que sean mayores de edad. Si uno no acepta, se puede solicitar judicialmente.
Lo más aconsejable es hacerla extrajudicialmente, ya sea que usted les compre la parte a sus hermanos o todos se la vendan a un tercero. En esta forma se obtienen las mejores condiciones y al más corto plazo.
Si sus hermanos vendieran su cuota parte, usted siendo el que tiene el porcentaje minoritario tendría menor poder de negociación para establecer el precio. En cambio todos en conjunto pueden transferir el íntegro de la propiedad al mejor precio.
Las desventajas de la división y partición judicial son el tiempo, el costo de abogados que usted tendría que cubrir por haberse negado al convenio extrajudicial y la limitada capacidad de negociación para fijar el precio y las condiciones.
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Dra. Es una deuda o incumplimiento el no cumplir con cancelar lo dispuesto por el Juez en una sentencia y si esto prescribe.
Un mandato judicial debe cumplirse, pues de lo contrario pueden ordenarse medidas de ejecución forzada contra sus bienes como embargos, inscripciones en registros, órdenes de captura de vehiculos, etc. Prescribe a los 10 años.
Buenas tardes Dra. Lily, desde ya gracias por su respuesta. Mi consulta es la siguiente: Mi padre hace 4 años recibio una herencia de mi madre que habia fallecido, hace 3 años mi padre tambien fallece, sin embargo, yo (unico hijo) por tener unos problemas con mi partida de nacimiento nunca reclame los bienes de la herencia, recien este año pude sanear mi DNI y acta de nacimiento que demuestra la filiacion. El detalle es que la casa que mi papá dejo a su fallecimiento, por mi descuido y no reclamar, la ocuparon mis tios y parientes lejanos y posteriormente la vendieron a un tercero. Ahora que ya tengo mis documentos en orden qué puedo hacer para reclamar mi herencia y evitar que ese tercero venda la casa que es herencia de mi padre??.. le estare muy agradecido pro su respuesta..
Para darle respuesta es necesaria la revisión de los antecedentes de su caso.
Es necesario ver cómo sus parientes, sin ser herederos, aparecen facultados para vender.
Lo más recomendable es analizar si procede alguna acción judicial, en ese caso iniciarla y solicitar la inscripción preventiva de la demanda para evitar una transferencia.
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mi abuelo dejo una casa para mi mamá y mis tios pero mi madre fallece y yo soy su unico hijo, quiero saber si dentro a reclamar la parte de mi mamá
Si usted recibe la parte que le correspondía a su madre en la herencia de su abuelo.
Estuve casada tuve un hijo con mi esposo, nosotros vivíamos en el segundo piso de la casa de mi suego, la cual construimos con mi esposo. Luego de 8 años mi esposo embarazó a otra mujer, yo me retiré con mi hijo, de mi casa a vivir a la casa de un familiar.
Posteriormente mi suegro que vivía en el 1er piso se compró otra casa, y se quedó a vivir mi exposo (porque me divorcié) con su nueva esposa, ahora tiene 3 hijos vive en el 1er piso y el otro es alquilado para ayudarme a pagar los gastos de mi hijo que está en la universidad, ahora mi hijo tiene 19 años.
Mi exsuegro quiere dejarle el segundo piso solo a mi hijo, es legalmente posible hacer esto o no? si si es posible qué debo hacer, Gracias por su respuesta.
En primer lugar, debe independizarse el área para que sea una unidad inmobiliaria independiente. El trámite se realiza en la municipalidad y dependerá de las áreas mínimas de habitabilidad, acceso, servicios, etc.
El abuelo podrá otorgarle un legado a su nieto por un valor hasta por un tercio del total de sus bienes, que deberá constar en un testamento.
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Doctora mi abuelo fallecio hace años.No hizo testamento .Tuvo 3 hijos, uno de ellos mi madre, todos los hijos ya fallecieron tambien.Yo recien me entero que en el terreno donde viven mis primos esta a nombre de mi abuelo,no esta titulado en SUNARP pero si en la cooperativa matriz a la que pertenece el terreno asi como figura como contribuyente en la municipalidad, mis primos que viven en el terreno de mi abuelo aduciendo que lo atendieron a mi abuelo en sus 10 ultimos años de vida dicen que merecen quedarse con el terreno de 1000 metros cuadrados ¿como podria reclamar la herencia por parte de mi abuelo sabiendo que mis primos ya no quieren saber nada conmigo,ni quieren dialogar con mis otros primos ?.
En primer lugar debe tramitarse la sucesión intestada de su abuelo, para que se declaren como herederos a sus 3 hijos. Luego deben tramitarse las sucesiones de los hijos fallecidos, quienes heredan en representación de sus padres.
Posteriormente debe solicitarse la división y partición de los bienes.
Si sus primos no acceden a hacer la división y partición extrajudicial, podrá recurrir a la vía judicial.
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Estimada doctora mi esposo construyo fruto de sus esfuerzo de varios años en la casa de mis suegros a raiz de que mi suegra dio su palabra para construir y terminar con los acabados del segundo piso para vivir a lado de mi esposo y mis hijos, en dicho predio vivimos mis suegros al lado de mis 2 cuñados, a raiz de unos problemas serios presentados con mis 2 cuñados llegamos con mi esposo hasta la gobernacion del distrito pidiendo garantias para mi vida y en señal de paz firmamos un acta de conciliacion, en donde mis suegros indican de manera verbal los predios que hacen posesion a cada uno de sus 3 hijos, el predio de 3 pisos esta inscrito en registros publicos como terreno, no existe declaracion de fabrica, a pesar de que mi esposo ha hablado con sus padres ellos se niegan a realizar las independizaciones y formalizar de una vez el predio construido, es factible de reclamar los gastos realizados en dicha construccion de hace 13 años tenemos las boletas y factruras de los materiales que compramos ya que nos queremos retirarnos y vivir en paz con nuestros hijos en otra casa que queremos alquilar.
Lamento decirle que solo puedo ofrecer orientación para los casos regulados por la ley peruana
Buenas noches,
Tengo una tía (hermana de madre de mi papá que ha fallecido hace un mes), resien nos hemos enterado que tenía unos fondos mutuos en un Banco, así que para cobrarlos nos solicitan una sucesion intestada, el punto es que ella era soltera y sin hijos, sólo tiene un hermano legítimo, o también, cómo podríamos saber si ha dejado algún testamento.
Gracias, de antemado.
Debe hacer dos búsquedas en el Registro Público:
– Certificado negativo de inscripción de testamento
– Certificado negativo de sucesión intestada en trámite.
Así confirmará si existe un testamento, en caso no lo hubiere, con esos certificados puede iniciar el trámite de Sucesión intestada, si la difunta era soltera y sin hijos, los herederos son los padres, si son fallecidos, los hermanos y medio hermanos.
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Estimada doctora mi caso es que vivimos en Lima haber si me confirma una respuesta gracias
Hola , quiero saber , si mis padres me quieren dejar una erencia en vida o mejor dicho donar un terreno . si estoy casado a mi esposa le toca una parte en caso de divorcio ? tenemos dos hijos menores en comun. gracias
Si sus padres le dejan una herencia o le donan una propiedad, ese bien es de su exclusiva propiedad y no se comparte con el cónyuge en caso de divorcio. Sin embargo, en caso de fallecimiento su esposa sí hereda junto con sus hijos, correspondiendole 33.33% a cada uno.
Buenas, tengo varias dudas. Cuando mi abuela por parte de madre falleció el año pasado, me entere de que mi madre (enferma mental desde que yo era un bebé) había dado poderes a mi tio. No se que clase de poderes le dió, pero mi tio cuando mi madre intento hablar con el para saber, que heredaríamos mi madre y yo, le contesto 1 que esos trámites tardaban mucho tiempo (llevo esperando ya un año) y 2 que no me preocupara que yo solo heredaria deudas. No tengo muy buena relacion con mi familia materna y mi madre después de todo eso, no me a hablado mas del tema durante todo este año. Por lo visto mi familia paterna me dice que espere a que mi madre fallezca, porque por lo visto mi madre hizo algo ilegal con una propiedad que le dio a mi tio con esos poderes y no quieren que mi madre vaya a la cárcel, entonces todo los trámites de abogados me dicen que no los lleve a cabo. Estoy muy desconcertada con todo esto, no se que hacer o que dejar de hacer porque incluso me han dicho que no intente buscar información por si sale algo a la luz. Mis dudas son, que debo hacer? me quedo quieta hasta que mi madre fallezca y no hago nada? pido información a algún abogado? puedo hacer algo sin que dañe a mi madre? Si hago algo puede ser sin que se entere mi familia materna?….
Estimada Lorena:
Me permito sugerir hacer una investigación de lo que figura inscrito en Registros Públicos y así conocer:
– los términos del poder otorgado por su madre a su tío
– las propiedades inscritas a favor de su abuela, madre, tío, etc.
Esta información le permitirá tener mayor información para saber qué puede hacerse para defender los derechos de su madre y los de usted.
Puede solicitar una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
Hola un saludo. Yo tengo el caso de que una sucesión intestada, bueno tengo varios conflictos; que hacer en caso de que la viuda es de nacionalidad nicaraguanse, el de cujus era mexicano de nacimiento, con los hijos menores de edad nacidos en el matrimonio 3, y dos menores fuera del matrimonio, como se resuelve y donde encuentro en fundamento legal a estos casos. De ante mano muchas gracias.
Lamento que solo puedo brindar orientación en casos regulados por la ley peruana
Hola mi consulta es la siguiente , mi abuelo cedio 75m de su casa a su hermana lo llevo a notario y al quinto juzgado la tia abuela basandose en este documento me abrio juicio porque fui a vivir alli por usurpacion en la primera sentencia gano la tia y yo apele aun no sale la sentencia y la tia abuela fallecio ella no tiene hijos solo los nietos de mi abuelo mi pregunta es que pasara con esa cesion automaticamente queda anulada por la muerte de esta persona y mi abuelo puede ejercer la autonomia de su vivienda y repartirla a sus hijos no habra problema con esos 75m que tenemos que esperar, otra pregunta mi papa no tiene interes de pedir su parte pero yo si como puedo hacer para que el me ceda sus derechos ante una sucecion intestada …me olvidaba en los registros publicos solo esta escritos mis abuelos mi abuela es finada esto no hace a mi abuelo el unico dueño de la casa pues mis tios tampoco tienen documentos mi tio dice que su tia tambien era dueña por ese documento de la cesion aclare esto por favor y muchas gracias por su ayuda.
Para absolver su consulta es necesario revisar los documentos del caso.
Hola mi tía fallece hermana de mi papa tiene 12 hijos… En la cárcel 2 hijos, los demás hijos están escondidos por ordenes de captura, dos alcohólicos, tiene mi tía fallecida una nieta con problemas cerebrales, el tema es que hay un dinero en la ONP y yo como sobrino lo quiero cobrar notarial mente para la niña que esta enferma, sin consultarlo con mis primos que ni se donde están, ya que ni para el entierro vinieron y yo enterré a mi tía. no es mucho dinero son 7,000 nuevos soles gracias por su ayuda
En este caso debe tramitarse una sucesión intestada, usted la podría solicitar, sin intervención de los hijos, pero debe declararseles herederos a los 12 hijos y viudo si viviera. La nieta no es heredera a menos que su padre o madre haya fallecido tambien.
Una vez declarados los herederos, se puede solicitar el pago del fondo de pensión para cada heredero en la proporción correspondiente.
Para mayor información puede contactarnos a lyamamoto@servicioslegales.pe
yo compre un terreno cuando aun mi padre estaba vivo y lo puse a nombre de mi señora madre.pasado el tiempo mi padre fallecio y ahora quiero que ese terreno que esta a nombre de mi madre pase al mio (ya que yo lo compre y por x motivos lo puse anombre de mi madre) fui con mi madre al lugar donde compre el terreno y me pidieron que haga una sucesion intestada. mi pregunta es cuando se haga la sucesion intestada me daran ese terreno o que es lo que señalara esa sucesion? somos 05 hermanos y todos saben que yo compre ese terreno. por favor solicito absolver mi consulta. muchas gracias.
Si sus padres se encuentran bajo el régimen de sociedad de gananciales, la propiedad que figura a nombre de su madre, es de co-propiedad de los esposos. Al fallecimiento de su padre, la propiedad se reparte en la siguiente forma:
– El 50% de su padre se divide en partes iguales entre sus herederos: 5 hijos y viuda a razón de 8.33% para cada uno.
– Su madre consolida 50% + 8.33%= 58.33%
La Sucesión intestada declarará como copropietarios a los herederos en las proporciones indicadas.
Para mayor información sobre el caso concreto puede solicitarnos una consulta virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
Buenas tardes mi madre quedo viuda y tengo un hermano las propiedades en elmomento de la muerte de mi padre se les hizo juicio de sucesion pero ahora mi madre desea comprar un apartamento sin que yo me de por enterado, supuestamente, y dejarlo a nombre de mi hermano. Legalmente es posible ello o cuando ella fallezca yo puedo reclamar parte del apartamento?
Respuesta de Servicios Legales:
Si la venta es fraudulenta, usted puede impugnar judicialmente esa operación. Por ejemplo, si su hermano no tiene recursos para pagar el precio, si el pago lo hace su madre, etc.
Para mayor información, puede solicitarnos una cita virtual o presencial que incluya la revisión de los documentos a lyamamoto@servicioslegales.pe
en el 2001 fallece mi madre, mi abuela ha hecho su testamento y en el testamento no me incluye debido a que soy nieto, es eso correcto ayudenme por favor.
Respuesta de Servicios Legales:
Todos los descendientes de su madre, heredan en su representación, el testamento es nulo en el extremo que se le(s) excluye de la herencia.
Para mayor información sobre su caso, puede solicitar una consulta virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
hms5Buenas noches :
Mi madre falleció hace 2 años, la sucesión intestada salió a nombre de 4 hermanos sobre la mitad del bien que dejó, 2 hermanos solicitan judicialmente participación de esta sucesión, el detalle está que mis 2 hermanos denunciantes ya recibieron adelanto de legítima (la mitad del predio), la consulta es: tienen derecho también a la sucesión intestada sobre lo poco que quedo
Atte,
Segundo URQUIZA
Respuesta de Servicios Legales:
Dependiendo de lo establecido en el anticipo de legítima, se deberán colacionar los bienes, que consiste en calcular el valor del bien anticipado dentro de la masa hereditaria para dividirlo entre todos los herederos. El artículo 833 del Código Civil Peruano establece:
Colación de bienes
Artículo 833.- La colación de los bienes se hace a elección de quien colaciona, devolviendo el bien a la masa hereditaria o reintegrando a ésta su valor. Si el bien hubiese sido enajenado o hipotecado, la colación se hará también por su valor. En ambos casos, el valor del bien es el que tenga en el momento de la apertura de la sucesión
Para mayor información sobre su caso concreto, puede solicitar una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
Muy comedidamente solicito me sea explicado en el siguiente caso: mi padre falleció y dejó 2 casas… somo 6 hermanos vivos y mi madre … como se hace la repartición al levantarse la sucesión…
Muchas gracias
Respuesta de Servicios Legales:
Según la legislación peruana, dependerá si los bienes fueron bienes conyugales o exclusivos de su padre.
En el primer caso, el 50% es de su madre y el otro 50% de su padre se divide entre los herederos (viuda e hijos). En caso de hijos fallecidos, sus descendientes heredan en representación del ascendiente fallecido.
Si el bien es de propiedad exclusiva de su padre, se divide entre los herederos.
Para mayor información sobre su caso concreto, puede solicitar una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
Buenos días Dra. Nuestro caso es el siguiente: en 1994 el PETT le otorgo título de propiedad al padre de mi esposa, de un predio agrícola venía conduciendo desde hace más 40 años sin ningún problema e ininterrumpidamente, el titulo fue registrado en registros públicos de la provincia y continuo pagando sus derechos de AUTOVALUO y JUNTA DE REGANTES de la localidad. En 1999 ante reclamo de un supuesto herededero (nieto, hace poco fallecido) al MINAG, ente que en discutible resolución ANULA EL TITULO. Ante semejante acción el propietario solicita los servicios de un asesor, en 1999 le recomienda vender el predio a su hija para evitar daños contra terceros (titulo de compra venta salió a nombre de mi esposa y esposo… sin el apellido de casada), el cual fue registrado sin ningún problema, porque no había ningún impedimento. Nosotros vivimos en Lima y la conducción del predio quedó siempre bajo la conducción del padre de mi esposa siempre pagando los derechos antes mencionados. En 1999 tres meses después de nuestra compra, el asesor nos hizo transferir el predio en venta simulada por si se perdía el juicio a un primo de mi esposa, han pasado más de 12 años y este señor registró el predio en registros públicos como de su propiedad y 2 meses después se lo vendió a su hermano menor, éste a su vez a un señor que dicen que es agiotista por un precio ridículo (posiblemente simulado). El heredero (f) hasta el momento no pudo ha podido hacer DESALOJO y tampoco NULIDAD DE ESCRITURA, porque carece de documentos fehacientes que indiquen que él sea único y verdadero heredero, pues según investigaciones, en esta familia hay muchos herederos forzosos (poderdante tenía varios hijos) sin embargo el nieto fallecido, tiene una hija que según se comenta continuará reclamando. Pretendemos hacer una acción judicial anulando todas las escrituras, etc. y retornando el caso al estado inicial, es decir al padre de mi esposa ¿es correcto esto? ?o que se debe hacer por favor? muchas gracias…
Respuesta de Servicios Legales:
Por la naturaleza de su consulta, no puedo ofrecerle una orientación genérica gratuita, pues se requiere la revisión de los documentos del caso.
Para mayor información sobre su caso concreto, puede solicitar una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
DRA. MI PADRE FALLECIO HACE 15 AÑOS Y TIENE UNA CASA Y UN TERRENO DE HERENCIA DE SU PADRE EL ASUNTO ES QUE DESPUES DE TODO ESTE TIEMPO NOS HEMOS REUNIDO TRES FAMILIAS UNA DE CADA HERMANO FALLECIDO EL ASUNTO ESTA QUE TENGO UNA HERMANA CON PROBLEMAS MENTALES Y NO PUEDE FIRMAR UN PODER PARA LA VENTA DE LAS PROPIEDADES MI PREGUNTA ES SU HIJO DE 23 AÑOS PUEDE TENER PODER PARA DICHA FIRMA Y ASI TRAMITAR LA VENTA
Respuesta de Servicios Legales:
Debe tramitarse la Sucesión intestada de su padre y la de sus hermanos fallecidos.
En el caso de su hermana, si se encuentra privada de discernimiento en forma absoluta, se deberá iniciar un procedimiento judicial de interdicción. Se requiere un certificado médico y que el médico ratifique opinión ante el juez, quien nombrará un representante para que actúe en nombre e interés de su hermana.
Dicho representante, llamado curador, firmará los documentos de la división y partición, que se deberá hacer en la vía judicial.
Para mayor información sobre su caso concreto, puede solicitar una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
gracias por su respuesta : Mi madre en el año 2002, repartio un predio urbano la herencia a todos mis hermanos, la parte que me correspondia dicen mis hermanos que lo vendio para pagar mis estudios superiores, quedandose ella con la casa a su libre disposicion, pero en 2006 , me hace entrega la casa mediante escritura publica, y ella fallecio en 2009 , mis hermanos estan ,molestos por la casa de 79m2, diciendo por que me dejo la casa ami , si ya he tenido mi parte, ¿esta bien lo que hizo mi madre? , ¿la casa debe ser compartida para todos mis hermanos si ellos tambien tuvieron partes iguales en la reparticion?
Respuesta de Servicios Legales:
Por la naturaleza de su consulta, no le puedo ofrecer una orientación genérica gratuita, su caso requiere la revisión de los documentos del caso.
Para mayor información sobre su caso concreto, puede solicitar una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
gracias por su respuesta; Mi mnadre en 1992, repartio a todos mis hermanos en calidad de herencia un predio urban., , en el 2006,, me hace enrtrega su casa de su libre disposicion mediante escritura publica en un area de 79m2, cuando hicieron la reparticion estube ausente, y mis hermanos dicien que mi parte lo vendio mi madre para pagar mis estudios superiorres, mi madre fallecio en 2009, , ¿mi madre hizo bien al entregarme su casa ? ¿ dos de mis mis hermanos de siete no estan de acuerdo, diciendo que ya tube mi parte y que a ellos tambien les corresponde la casa—procedera alguna accion judicial?-gracias
Si su madre se encontraba en pleno uso de sus facultades mentales, se encontraba en libertad para transferir sus propiedades y destinar el dinero de la venta para lo que ella considerara conveniente, como pagar sus estudios superiores. Ese dinero no forma parte de la herencia.
En cuanto a la entrega de la casa, deben revisarse los documentos para absolver su pregunta, si constituía el tercio de libre disposición.
Puede solicitarnos una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
HOLA: SOY VIUDA DESDE 1991. EN 1989 MI SUEGRA HACE UN ANTICIPO DE HERENCIA DE 1110 HECTAREAS : 50% EN FAVOR DE SUS NIETOS Y 50% EN FAVOR DE SU HIJO. EL ANTICIPO ES CON EL 100% DE USUFRUCTO VITALICIO Y GRATUITO PARA NUESTRO SUEGRO QUE NO TENIA CAMPO. EN 1991 FALLECE MI MARIDO. NO NOS DAN NADA. EN 2004 FALLECE MI SUEGRO Y RECLAMO LA LIBERACION DE USUFRUCTO Y ME DAN EL CAMPO. AHORA EL CAMPO SE DIVIDE ENTRE MIS HIJOS Y YO. ELLOS HREREDAN 3020 HAS Y YO SOLO 137 Y SE ME DICE QUE ES POR LA ANTIGUA DONACION HACIA SUS NIETOS QUE YO HEREDO MENOS. ES POSIBLE ESO? GRACIAS TENGO URGENCIA EN CONOCER ESTO.
Respuesta de Servicios Legales:
Por la naturaleza de su consulta no le puedo ofrecer una orientación genérica gratuita, pues se requiere la revisión de los documentos del caso.
Para mayor información sobre su caso concreto, si se encuentra regulado por la ley peruana, puede solicitar una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
Dra. mi abuelo no tiene partida de nacimiento ni de bautizo ha dejado bienes patrimoniales pero si tubieon ambos libreta electoral queremos hacer sucesion intestada pero nos piden su partida de nacimientos de mis abuelos ellos son del año 1901 las propiedades han quedado a cuidado de mi tio siempre nos ha compartido utilidades pero ahora nos hemos enterado que ha hecho documentos falsos y ha transferido los bienes de mi abuelo a su hija (nieta) por eso se requiere hacer sucesion intestada y no se puede hacer por lo que las partidas estan mal solo se ha consignado como padres a mis abuelos pero con su primer apellido ejemplo en la partida de mi padre aparece como padre mi abuelo pero solo como Juan Escobedo le falta el apellido materno asi mismo a mi abuela en todas las partidas de mis tios estan asi
pero mis abuelos tienen su libreta electoral y alli estan tus dos apellido
asi mismio cuento con un documento donde mi abuelo al comprar un bien hace una declaracion de todos sus hijos y firma esta en la oficina central del archivo del ministerio de aGRICULTURA.
espero su apoyo
Nancy
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Tengo un amigo, y su padre fallecio cuando tenia 2 años la madre al año siguiente se caso con otro hombre y tuvo 2 hijas, mi amigo resibio una herencia cuando tenia 14 años de su padre que fallecio la madre saco todo el dinero y se compro una casa a nombre del marido actual, quiero saber si mi amigo recibira herencia de la casa que compro su madre a nombre de su padrastro estan casados con sociedad coyugal.
Respuesta de Servicios Legales:
La herencia de un menor de edad es intangible, requiere de autorización del Juez para disponer de ella.
Su amigo solo hereda de sus padres, no de su padrastro.
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Buenas Tardes el asunto es que mi tío vive con una mala mujer la cual solo lo estafa y tanto el como mi padre heredarían una casa al fallecimiento de mi abuela ojala eso nunca pase, la cosa es que ella quiere obligar a casarse a mi tío con la intensión de que ella pueda pelear la casa, supongamos que mi abuela y mi tío mueren, ella casada puede pelear la parte de la casa?? y sino esta casada también la puede pelear?? por favor ayuda
Respuesta de Servicios Legales:
Si su tío se casa y mueren los abuelos, la herencia es solo para el tío. Pero si el tío fallece, los bienes del tío sí son heredados por la viuda.
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Buenos dia,
Pregunta rapida y al punto. Si uno vivo en el extranjero, y le dejan una propiedad en el Peru como herencia.
Si dicha propiedad se vende en el Peru es que tengo que pagar mas taxes por tener una residencia en el extranjero a diferencia si estuviera viviendo en el Peru?
Respuesta de Servicios Legales:
Sí, la tasa del impuesto para domiciliados es 5% mientras que para no domiciliados es 30%
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Buenas noches, titulo cofopri figura el nombre de mis padres como dueño de la casa, mi padre falleció hace 9 años y mamá no ha hecho tramite de sucesión intestada, mi mamá se volvio a casar ¿como puede ella realizar sucesión intestada?, la municipalidad va ser una inspección limite de casa y mamá respondió que si con un documento donde figura su nombre dni actual ¿esto afectara que la herencia de mi padre pase al esposo actual de mamá?
Puede mi mamá hacer tramite sin que figure el apellido de su esposo actual para que no tome posesión de la casa?
Su madre puede hacer la sucesión intestada de su padre, en la información aparecerá como casada, pero con las partidas de matrimonio y defunción de su primer esposo, se acreditará su condición de heredera a la fecha del fallecimiento del causante.
Todos los bienes y derechos que adquiera su madre, serán de su exclusiva propiedad aunque sea casada en segundas nupcias en la actualidad.
La posesión es distinta de la propiedad. El segundo esposo tendrá derecho a la posesión si su madre le permite vivir en el inmueble de su propiedad. El segundo esposo será poseedor pero no propietario, a menos que le transfieran la propiedad después.
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Buenos Dias: Mi consulta es la sgte: mi padrino y su esposa me han donado un terreno para vivir ,pero me dijeron algunos familiares que sus 2 hijos pueden reclamar una parte del terreno,entonces tengo miedo de construir una o 2 plantas.
tambien me dijeron que una solucion puede ser que forme una pequeña empresa y el terreno inscrivirlo a favor de la empresa asi no me lo quitarian.¿Cual es su opinion Servicios Legales.Responder Por Favor.
Los hijos de los donantes pueden impugnar la donación, si el valor del terreno es mayor al tercio del patrimonio de los donantes.
La transferencia a una empresa, dificulta las acciones de los herederos, pero igualmente le pueden reclamar el valor del bien.
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Hola,quisiera asesoría ;Mi mamá acaba de hacer su Testamento, cuenta con su cada y un edificioen el cual renta departamentos, y a mi hermana y a mi nos heredo la casa y el edificio a mis dos hermanos hombres,Y ella nos ha dicho que le gustaria que cafda una de nosotras construyamos un piso en su casa. Mi pregunta es como ella todavia no ha muerto y las escrituras estan asu nombre,Que debemos hacer para asegurarnos que si construimos mis nadie nos va a sacar y se van a quedar conlo que ya construimos, pues solo hasta que muera mi mamá me imagino podremos hacer las escrituras.??..gracia
Su madre puede transferirles los aires de la casa para que ustedes puedan construir sin tener problemas en el futuro.
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Mi consulta es la siguiente , yo fui criado por mis abuelos maternos , como un hijo mas, mis padres (abuelos) murieron y mi tio tambien el no tenia familia ni hijos, quedaron 7 hijos (tios) del matrimonio de mis papas (abuelos) , es verdad que yo tomo el lugar de mi tio muerto??
Si sus abuelos maternos fallecieron, los herederos son sus hijos biológicos.
Si son 9 hijos biológicos, 7 hijos vivos mas 2 fallecidos (su madre y un tío), los herederos son
– los 7 hijos que reciben 11.11% cada uno
– los descendientes de su tio que reciben 11.11% en total
– todos los hijos de su madre, incluyendolo, que reciben 11.11% en total
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Buenos días Dra. Mis consulta es: Mi padre quien falleció hace unos meses poseía acciones en una empresa cuyo porcentaje es 13%. Mi madre nos otorgará su porcentaje quedando a disposición de nosotros el 13%. ¿Sería valido dividirnos dicho porcentaje a 6.5% para cada uno? Pues según la ley general de sociedades dice que las acciones son indivisibles. Nos han recomendado que uno tome 6% y otro 7%. Pero quicieramos que pudiese ser siempre equitativo. Que nos puede recomendar Dra.
Me podría indicar su dirección para visitarle por favor?
Gracias por su amable atención.
Saludos.
El cálculo dependerá de cuantas acciones existen, no necesariamente son 13 acciones.
Para una consulta virtual o presencial, por favor contactenos a lyamamoto@servicioslegales.pe
hola buenas tardes
mira me llamo jaime y vivi 10 años con mi pareja hombre y el murio hace 8 diaz y solo tengo el titulo de propiedad asu nombre porq no hay escrituras aun y pues el tenia hermanos cres q pueda cambiar el nombre de el aunq no este al mio o cres q ellos q son solo hermanos me la puedan quitar
Solo puedo orientarlo en materias reguladas por la ley peruana.
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Dra., mis padres quieren vender su casa, ambos tienen mas de 80 años.
Tienen absoluta libertad de vender o tienen que intervenir los hijos.
Espero su respuesta.
Saludos
Si se encuentran en pleno uso de sus facultades mentales pueden venderla, sin intervención de otros, con un certificado médico que acredite su capacidad mental.
bueno mi papá fallecio hace unos meses y bueno hicimos la sucesion intestada en la cual mia mamá y mis dos hermanos quedamos como herederos pero ahora aparecio un nuevo hijo de parte de mi papá reclamando su parte de herencia tiene el todos los derechos tambien como nosotros
Si la partida de nacimiento está firmada por su padre, sí tiene derecho a la herencia.
DRA. PUEDE LA ESPOSA POR REPRESENTACIÓN DE SU ESPOSOS CAUSANTE Y SIN HIJOS, CONCURRIR A LA HERENCIA DE SU SUEGRA.
No, la representación es solo para descendientes, no para cónyuge
Buenos días Dra. mi consulta es la siguiente:
Mis padres son fallecidos hace más de 20 años, tengo 3 hermanos (el mayor es mi medio hermano), mi hermana segunda y yo que soy la ultima vivimos en la casa de mis padres que ya fallecieron, la tercera hermana es casada hace más de 23 años ya no vive con nosotras y tiene una Buena situación económica, pero ella reclama que se venda toda la casa y nos repartamos el dinero, a mi medio hermano mayor no le interesa si se vende o no ya que el vive lejos de nosotros pero no ha renunciado a su parte, mis padres no dejaron testamento pero ya hace varios años hicimos la declaratoria de herederos, por lo mismo que mi segunda hermana y yo vivimos en la casa de mis padres, hemos pagado los impuestos de la casa, asi mismo el mantenimiento de la casa, pero mi tercera hermana no ha puesto absolutamente nada de nada desde que nacio ni dinero ni nada, pero ella quiere que se venda y nosotras que vivimos en la casa de mis padres no queremos porque la verdad nuestra situacion economica no es muy buena y aparte no tenemos a donde ir, y adicionalmente a esto mi tercera hermana nos ha dicho que si no accedemos nos hará un juicio y quiere que le demos las llaves de la casa que nosotras habitamos, pero como usted comprenderá nosotras ya tenemos familia y una vida privada, diganos doctora como puedo proceder en este caso ya que somos 2 que no queremos que se venda y mi medio hermano no le interesa si se vende o no, y solo 1 que si quiere vender será probable que ella pueda desalojarnos o algo así? que es lo peor que pueda pasar?, agradeciendole su pronta respuesta. Saludos.
Por la naturaleza del caso, no podemos darle una orientación genérica gratuita, para contestarle debemos revisar los antecedentes del caso
Se desea vender un vehículo en Perú que tiene 3 propietarios por sucesión intestada, una de ellas figura en la sucesión intestada como Fulana DeTal Astilla , pero ahora es de nacionalidad unicamente extranjera, pues renuncio a la nac. peruana y se llama ahora Fulana Prescott. Esta persona de nacionalidad ahora extranjera. ¿que tipo de trámite necesita realizar para permitir la venta del vehículo a cualquiera de los otros dos herederos? Gracias por su atencion.
Se requerirá un documento que acredite la vinculación entre el apellido de casada y el de soltera, como una sola persona, por ejemplo con la partida de matrimonio.
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Dra. mi tía falleció hace como 1 mes y lo que necesitamos saber es quién tiene derecho a reclamar la herencia que dejó si no tiene ni hijos ni esposo y los más cercano que tiene son hermanos y medios hermanos. Y cómo saber si ha dejado alguna herencia?
Gracias de antemano.
La Sucesión intestada establece quienes son los herederos para que adquieran los derechos y acciones de la causante (persona fallecida)
Puede hacer una búsqueda en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, para saber si tiene alguna casa, terreno o departamento. También puede hacer solicitar información a los bancos, si es que llegan estados de cuenta a la dirección de la causante.
Si la causante no tiene bienes, no hay necesidad de tramitar la sucesión intestada
Para cualquier información adicional puede solicitar una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
Dra. Mi papa me dejo un testamento donde me declara como heredero universal.Ya registre la mayoría de bienes a mi nombre, el problema es que somos 11 hermanos y me han demandado por partición de herencia pero yo ya vendí las propiedades a terceros.Como se sulocionaria en este caso el problema, tendré que indemnizarles en dinero su parte a cada uno ?, las ventas que hice puede ser causa de que mis hermanos me puedan hacer un proceso penal y meterme a la cárcel ?,que pasaría si declaran judicialmente la nulidad del testamento y yo ya vendi algunos bienes ? , hasta que instancia puede llegar la demanda si apelo todas las resoluciones que no esten a mi favor ?
El testamento que excluye a herederos forzosos es nulo.
Aunque los bienes hayan sido transferidos a terceros, los herederos excluídos pueden demandarlo por enriquecimiento indebido.
Lo mejor es llegar a un acuerdo y evitar demandas judiciales.
Aunque usted pueda apelar los fallos judiciales, los gastos pueden ser mayores y lo más aconsejable es reconocer los derechos de los demás herederos
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Mi madre falleció (sólo tenemos una casa que era de mis padres) y cómo en ese momento yo tenía deudas, decidimos que la sucesión intestada de mi madre salga sólo a favor de mi padre; ahora han pasado 5 años y yo ya no tengo deudas y no quisiera reclamar ser también heredero, pero mi padre quiere dejar todo en regla, no sabemos si nos conviene que mi padre realice un testamento donde deja la casa (cuyos arbitrios en la municipalidad está como dueño él) a su hijo (porque se supone que mi madre le heredo a mi padre y no había hijo como heredero forzoso), lo mismo ocurría si mi padre muere y tengo q hacer la sucesión intesta porque no se si me harían lío (Notario si es que se da cuenta). Mi padre dice mejor te realizó una venta ficticia, pero los impuestos nos detienen. ¿Qué podemos hacer? ¿Anular la Declaratoria de Herederos de la sucesión sería algo necesario?
Su caso requiere la evaluación de los documentos del caso. Puede solicitarnos una cita lyamamoto@servicioslegales.pe
Pregunta, me acabo de casar, y la casa de mi esposo la compro de soltero , tengo algun derecho sobre ella.?
En el caso de divorcio o separación de patrimonios, usted no tiene derecho sobre la casa por ser bien propio de su esposo.
Si su esposo falleciera, usted heredaría junto con los demás herederos.
hola mi madre y mi tio son dueños de un terreno mi mama fallecio quedamos su marido y sus 3 hijos ella adquirio esto antes del matrimonio despues se caso con bienes comunes y en el matrimonio adquirio una vivienda social cuanto le toca al marido y a nosotros 3 hijos.gracias
Depende del porcentaje que tengan su madre y su tio. Si son copropietarios en partes iguales, el 50% de su madre se divide entre 4 partes iguales, para el marido y los 3 hijos.
La casa se divide en la misma forma, pero compartido con el esposo.
pregunta mi padre y mi madre son casados y desean vender la casa a uno de mis hermanos, ellos tienen 73 años «papa» y 60 «mama», somos 5 hermanos, cuando esta venta se realize nosotros podemos imperdir que se haga la venta? o si llegan ahacerlo a escondidas despues se podra pedir nulidad de contrato de compra venta?.
Si sus padres se encuentran en pleno uso de sus facultades mentales, pueden transferir sus bienes.
Si la venta es fraudulenta, los hijos afectados pueden impugnar la transferencia. Puede solicitarnos una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
hola quisiera saber lo siguiente: mis papas estaban casados con separación de bienes, mi madre falleció hace 7 años, yo soy su única hija de ambos, cual es el porcentaje de herencia que me corresponde con respecto a las tres propiedades que dejo mi madre y que aun están a nombre de ella???
Los herederos son el esposo y los hijos. Si usted es la única hija, los bienes se dividen en partes iguales entre su padre y usted.
Buenas tardes, mi esposo y yo tenemos 3 años de casados, pero el tiene 3 hijos ya todos mayores de edad y casados, nosotros queremos comprarnos una propiedad pero la idea de que alguna vez la mitad de esa propiedad pase a manos de mis hijastros no me convence ya que nosotros somos quienes trabajamos muy duro para conseguir este objetivo…mi marido dispone de unos terrenos que va a darles a sus hijos y creo que con eso es suficiente…Quiero saber si hay alguna manera de que los bienes que adquiramos mi esposo y yo dentro del matrimonio no pueda ser compartido con ellos en algún momento…ya que ellos han demostrado demasiado interés en que su papá aún los mantenga y el último ya tiene como 23 años, no quiero imaginarme después por favor le pido me asesore que debo hacer esta situación me preocupa mucho..! Nosotros no tenemos hijos aún..!
Los hijos son herederos forzosos junto con la esposa.
No se puede excluir a alguno de los herederos forzosos
Se puede otorgar un testamento y beneficiarla con el tercio de libre disposición a usted.
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Si mi padre aun vivo entrega los papeles del titulo de la casa al hermano mayor …que se puede hacer ya que somos 2 hermanas mas, para que la casa sea repartida como debe de ser ..aydudeme que debo hacer ..no quiero en el futuro mi hermano mayor nos vote de la casa ya que quedaria a nombre de el…que hago?
La entrega física de los documentos relativos a la propiedad de un inmueble no es suficiente para transferirlo.
Si la propiedad está registrada en la Oficina Nacional de Registros Públicos, solo procede la transferencia si el propietario firma los documentos para la transferencia.
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que pasa si para a repartacion de igualdad de un terreno uno de los hijos no esta deacuerdo que pasaria?
Los herederos instituidos pueden celebrar una división y partición de los bienes mediante Escritura Pública ante Notario si todos están de acuerdo, son mayores de edad y se encuentran en uso de sus facultades mentales.
Si uno de ellos no está de acuerdo, los demás pueden demandar la división y partición judicial
yo estoy aqui en la victoria y hay una abogada que esta solicitando sucesion intestada la esposa fallecio en 1986 y mi papa el 2007 y un hijo que acaba de fallecer solicito mediante una abogada la sucesion intestada lo que quiero saber es que garantia tengo para el negocio y mia tengo y que debo hacer para que mis bienes y maquinaria no se vean afectados
Lo siento pero no comprendo su consulta.
Si los beneficiarios de una sucesión intestada se han repartido bienes, (habiendo hecho la publicación en los diarios) Y luego a los meses aparece un heredero legal que no se ha incluido en la sucesión. Este último tiene derecho a una nueva sucesión que lo considere en la repartición?
El heredero excluido puede demandar judicialmente la petición de herencia para que se le considere heredero con los demás.
Tengo una hermana que ha fallecido y ha dejado un testamento donde indica que sus bienes se lo deja a una niña , me corresponde algo del testamento , no tenemos padres ni hijos ni tampoco mas hermanos .
Si su hermana no tiene cónyuge, ni descendientes, ni ascendientes; ella puede disponer libremente de su patrimonio mediante un testamento. Los hermanos no son herederos forzosos, la disposición de su hermana a favor de una niña es válida
Mis padres compraron una casa a nombre de los dos, cuando mi madre murió, decidimos que la sucesión intestada notarial de mi madre salga sólo a favor de mi padre como cónyuge (yo como hijo heredero no figuro, aclaro que soy el único hijo de ambos y no soy desheredado); ahora han pasado 9 años y el único dueño hace años es mi padre tanto en Registros como en la Municipalidad, pero ahora cuando mi padre fallezca, yo puedo realizar la Sucesión Intestada de él o me conviene que mi padre haga un testamento a favor mio como su hijo o donación. ¿Cuál es la mejor forma de heredar en el futuro de mi padre, no sé si tenga problemas por no haberme puesto como heredero forzoso de mi madre?
Siempre existirá el riesgo que el registro público observe la inscripción a su nombre como heredero de su padre, al advertir que usted debió ser declarado también como heredero de su madre.
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hola…. quisiera consultar algo, mi papa fallecio ya hace 14 años… mis tios son dos, si mi abuela fallece, yo tendria derecho a la herencia que deje mi abuela, ya que mi papa no esta… mi abuelo ya tambien fallecio
Sí usted hereda en representación de su padre en la herencia de su abuela. Si usted tiene hermanos o medio hermanos, ellos también heredan con usted, compartiendo la parte de la herencia que correspondería a su padre.
Señores, tengo una consulta.
Aqui en Lima Peru, unos familiares tienen una casa que eran de sus padres, por ende como ya fallecieron pasa a nombre de los hijos, uno de estos hijos ya fallecio en Estados Unidos, y sus herederos son su esposo nacionalizado Americano y sus 2 hijos que han nacido alla. Com se hace para que ellos hagan la sucesion o declaratoria de herederos, estando la propiedad aca, que documentos deben de presentar y donde, hay que visarlo por medio de Ministerio de relaciones exteriores?
A la espera de su pornta respuesta.
La Sucesión intestada debe tramitarse en el lugar del último domicilio. Debe indicarse los bienes o derechos que son materia de la herencia en el Perú para no tener problemas en la ejecución de la sentencia aquí.
Una vez obtenida la Sucesión intestada en Estados Unidos, se debe tramitar la Ejecución de sentencia ante el Poder Judicial del Perú y luego registrar los bienes o derechos a favor de los herederos.
En el caso propuesto opera la representación, que solo favorece a los descendientes, solo los dos hijos nacidos en Estados Unidos, heredan en representación de su madre respecto de la herencia de sus abuelos.
Los documentos deben ser legalizados en el Consulado del Perú en la jurisdicción donde se encuentre y luego en el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú.
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Hola, vivo en Peru y tengo un abuelo que posee una casa por la cual se hizo una sucesion intestada, pues era un bien ganacial. La sucesion indica que la mitad de esa casa le corresponde a él y a sus 2 hijos, mi consulta es si el 50% es de mi abuelo y el otro 50% es repartido entre sus hijos, o son todos en proporciones iguales, Muchas Gracias.
Si es un bien conyugal, el 50% corresponde a su abuelo y el otro a su abuela.
Si quien falleció fue su abuela, su 50% se divide entre sus herederos (viudo e hijos)
El otro 50% es de su abuelo
hola mi pregunta es: mis abuelos tenian dos casas fallece primero mi abuela y hacen sucesion intestada su dos hijas, una de ella es mi mama, posteriomente muere mi abuelo, pero mi tia solo hace sucesion instestada como unica heredera dejando de lado a mi mama, e inscribe en el registro predial y los rrpp, como heredera del 83% de los bienes, posteriormente fallece mi mama y yo hago la suecesion instestada de ella como hijo unico, como hago para anular la sucesion instestada que hizo mi tia cuando fallece mi abuelo y se nombra heredera unica estando en vida mi mama?
Mediante la petición de herencia, un proceso judicial para acreditar que ha sido excluido de la herencia a la que tiene derecho.
Hola, queria hacerle una consulta. Mis padres tienen una propiedad y aparecen en registros publicos como sociedad conyugal y desean ponerme a mi tambien como titular de la propiedad ¿es posible eso? y tengo 3 hermanas ¿ellas podrian legalmente oponerse? Muchas gracias
Sus padres pueden venderle el bien o donarle el tercio de libre disposición.
Si la venta fuera fraudulenta, sus hermanas pueden impugnar el contrato
Buen día, mi consulta es la siguiente:
1.- Mi abuelita fallecío en agosto del año pasado, ella tenía una propiedad la cuál ya la vendío en vida y realizaba préstamos con intereses de ello, a sola firma de los interesados en un cuadernito x, tuvo solo un hijo (mi padre) quién si vive, él tiene acceso a cobrar dichos préstamos aunque sean sin intereses a las personas que les fue prestada?
2.- Mi abuelita luego de esa venta siempre secia que tenía su casa, le comentó a ciertas personas de su confianza que tenía su casa en cierto lugar pero nunca dío direeción exacta solo una avenida referencial, (no queria vivir alejada de su hijo, motivo por el que no daba a conocer sobre esa casa) mi papá quiere que le ayude a averiguar al respecto, me puede decir como puedo hacer o a que institución me puedo acercar?, en RR PP no aparece nada a su nombre, salvo aquella casa que vendío en vida, ella comentó que la tenía alquilada a una persona que se la queria comprar, pero que iban a tratar precio (un mes antes de fallecer) de antemano gracias por su apoyo.
Sobre la cobranza de deudas, los herederos sí tienen derecho para cobrarlas, si tienen los documentos que acrediten el préstamo.
Si la búsqueda en Registros Públicos no ha dado resultados, entonces el inmueble no esta registrado.
Puede hacer averiguaciones en la Municipalidad respectiva.
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Al fallecer mis padres no dejaron testamento y mis hermanos dicen que como yo tengo mas dinero del que voy a heredar ya no tengo derecho a heredar, ¿Esto es cierto?
No es cierto, la herencia se transfiere independientemente del patrimonio del heredero
mi madre murioo hace 7 años, nunca se casoo.. tengo un hermano menor de 7 añor el vive con su papa.. Tengo 18 añoos puedo hacer la escrituras a mi nombre?? sakenme de dudas porfavor.. soy de Elsalvador
Lamento no poder ayudarlo, solo puedo brindar orientación genérica gratuita en casos bajo la ley peruana.
hola yo quisiera saber si mi papa al ser el viudo, puede heredar parte de la casa que mi hermana y yo recibimos, por la muerte de mi abuela materna quien era la única dueña la casa era de ella, por que mi madre falleció cuando nosotras teníamos 8 años y solamente quedamos nosotras ya que era única hija mi madre, soy de argentina agradeceré me contesten lo mas claro posible muchas gracias por su ayiuda
Solo puedo orientarlos en casos regulados por la ley peruana. Si la causante, abuela, falleció en Argentina, es la ley de ese país la aplicable. Sugiero consultar a un abogado en ejercicio en Argentina
Tengo una amiga que esta separada del su esposo (no hay ningún documento de separación de cuerpos ni divorcio) y él recibirá una herencia al igual que sus otros 4 hermanos mediante sucesión intestada notarial y venderán todo el área a una tercera persona, mi consulta es: sus 3 hijas menores de edad como quedarían? pueden ellas reclamar su 2/3 de la herencia? si fuese así, qué tipo de trámite tienen que hacer? pueden impugnar esa venta? El temor que cuando vendan el padre se gastará el dinero y no le pasará nada. Añado al decir que él tiene un descuento del 45% de sus ingresos por alimentos mediante sentencia judicial. Gracias por su respuesta.
La herencia es de exclusiva propiedad del heredero.
Las herederas no tienen derecho a la propiedad de ese patrimonio.
Los alimentos se fijan en proporción a las posibilidades economicas del alimentante y las necesidades de los alimentistas.
Si ha un incremento en el patrimonio del alimentante, cabe solicitar que dicho incremento también beneficie a las hijas en forma extraordinaria y sin perjuicio de la pensión alimenticia ordinaria.
La solicitud puede solicitarse directamente, ante la negativa de hacerse voluntariamente se puede solicitar judicialmente
Buenas Noches, Sr, si mis padres cha an fallecido a varios anos y estamos habiendo la sucesion ahora. estamos entre tres co-herederos., solo que yo cuide de mis padres por 20 anos los por que tambiem vivia con ellos en la casa que es el unico biem que ellos an dejado., siendo que mis hermanos no cuidaron nunca de ningunos de elos dos, aparte que yo personalmente mande ampliar la casa haciendo varias mejoras! la pregunta es tengo derecho a algun porcentaje a mas que mis hermanos por el cuidado que tube com mis padres, siendo que yo fui la unica que los mantubo a ellos dos en condisiones siempre buenas de vivir.
Si tiene los documentos que prueben dichas mejoras en la casa y el mantenimiento, se puede intentar el reclamo, pero no existe obligación.
hola mi nombre es ada como esta,mi pregunta es en caso de que el padre muera y deje una herencia y unos de los hijos no esta declarado legalmente tiene derecho a la repartición de la herencia.
Si el hijo no está reconocido, no es heredero. Salvo que sea hijo de un matrimonio, en cuyo caso se presume que es hijo del marido.
Si el hijo está reconocido, pero excluído de la herencia, puede solicitar la Petición de herencia
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HOLA TENGO 25 AÑOS Y SOMOS 5 HERMANOS DEL MISMO PADRE Y MADRE , MI MADRE FALLECIO HACE 10 AÑOS Y AHORA MI PADRE TRAE A OTRA MUJER, TIENE 35 AÑOS DE EDAD Y TIENE 7 HIJOS SOLO UNA HIJA ES DE MI PADRE PS EL DICE QUE QUIERE LA MITAD DE LA CASA ES LEGAL QUE PUEDA ADQUIRIR LA MITAD DE LA CASA , AYUDENME POR FAVOR , YO CREO QUE LE CORRESPONDE UNA SOLO % PERCENTUAL
Si sus padres estuvieron casados bajo el régimen de sociedad de gananciales y la casa fue adquirida durante el matrimonio a título oneroso, la casa es en un 50% para su padre y el otro 50% de su madre se divide entre los 6 herederos ( 5 hijos y su padre), a razón de 8.33% cada uno. Su padre consolida 58.33%
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buenas noches mi pregunta es la siguiente:estoy a punto de comprar una casa q tenia 2 dueños un hombre(el vendedor)y su hermana con un 50% cada uno esta señora fallecio con lo cual quedo el hermano(vendedor) con el 50% y 3 hijas con el otro 50%,la Sra tenia una pareja un Sr de 77 años.La pegunta es como hacemos para q salga de la casa?le corresponde a el dividir el 50% de las hijas de la Sra o nomuchas gracias
Si el señor no estuvo casado con la co-propietaria, no tiene derecho a la herencia.
Si fue casado, heredan en partes iguales el esposo y las 3 hijas.
El propietario de un inmueble puede solicitar el Desalojo a quienes lo ocupan.
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Mi tio era un ingeniero de 52 años ,era soltero y vivia con su padre. Al momento de fallecer en un accidente no ha dejado testamento pero el estaba asegurado el dinero asciende a casi un millon de soles pero como su beneficiaria en su trabajo dejo a su enamorada con quien no convivia. Mi abuelo tiene derecho a algo de lo que ha dejado, el es inavalido y solo el lo mantenia.
Si su tío no tenía hijos, su único heredero es su padre.
En cuanto a la o los beneficiaria(os) del seguro, dependerá de los términos de la póliza de seguro, si beneficia solo a la persona instituída como beneficiaria o se comparte con el padre.
Además del seguro deben haber otros bienes y derechos, como CTS, etc. que corresponden al heredero legal.
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hola tengo una consulta: mi papa compro un terreno con mi tia , en la cual estan sus firmas de los dos, ahora tenemos una casa de dos pisos y medios la reparticion de las cuartos esta desordenado ademas , la famila crese como puedo solucionar este problema hacer la modificacion en mi casa o primero reparticion de bienes no se porfavor ayudende? soy de peru
Para absolver su consulta se requiere la revisión de los antecedentes del caso para analizar la naturaleza del derecho de propiedad de la edificación, que dependerá del acuerdo entre los propietarios del terreno, sus contribuciones en la construcción etc.
HOLA :SOY HIJA UNICA DEPAP Y MAMA PERO TENGO UN MEDIO HERMANO POR CONOCIEMIENTO SE QUE AL FALLECER MI PAPA A EL LE CORRESPONDERA LA MITAD ¿ COMO PUEDO HACER PARA QUE EL NO TENGA DERECHO A NADA?¿MI PADRE TIENE QUE HACER UN TESTAMENTO DONDE DIGA QUE YO SERE LA UNICA HEREDERA DE SUS BIENES ?
No es posible excluir de la herencia a un heredero legal.
Su padre tiene la obligación de dejar 2/3 de la herencia para sus herederos legales, cónyuge e hijos. Puede disponer libremente de 1/3 de sus bienes y dejarlos a uno o varios herederos legales o a un tercero. Esta disposición debe hacerse por testamento
Hola doctora tengo una conocida q falleció y dejo un niño 7 años pero la abuela se quiere apropiar todos sus bienes que dejo la madre. Y el tutor del niño que es padre creo que no le interesa .quisira saber la respuesta.
Los herederos de la señora son su hijo y su esposo. Si no era casada, el único heredero es el niño.
Todos los bienes deben pasar a nombre del hijo, que siendo menor de edad no pueden ser transferidos por la abuela, se requiere autorización del juez.
Buenos días, tengo una consulta, mi madre murió en el 2000 (no dejó testamento, tampoco se realizó sucesión intestada), mi padre murió en el 2003 (dejó testamento cerrado), los 2 como esposos figuran en registros como dueños de una casa, en el testamento que dejó mi padre habla como si él fuera el único propietario, además somo 12 hijos y en el testamento deja de lado a diez (incluida a mi), a uno le deja 2 cuartos y al otro el resto de la casa, para colmo 2 de mis hermanos ( a los cuales no les dejo nada) están en el extranjero, y de uno de ellos no sabemos nada. ese testamento se inscribió en registro de testamento, ¿que puedo hacer? ¿quien demanda a quien? ¿que se demanda?,
1. Se debe tramitar la Sucesión intestada de su madre, que establecerá como herederos a los 12 hijos y a su padre. En Registros Públicos aparecerán como copropietarios del porcentaje de su madre.
2. El testamento cerrado de su padre se deberá protocolizar ante el Juez, pero habiendo excluido a ciertos herederos no tendrá valor en ese extremo.
Para mayor información puede solicitarnos una consulta virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
Buen día,
Tengo un tío que ya esta un poco avanzado de edad, no es casado y no tiene hijos, pero tiene a su nombre algunos bienes, de llegar su lamentable deceso, lo bienes que el poseía, ¿a quienes les corresponde?, cabe mencionar que los padres de este tío ya fallecieron y cuenta con dos hermanos en vida. ¿a estos hermanos en vida les corresponde reclamar esos bienes? ¿Puede este tío dejar una declaratoria de herederos sin que otras personas(sobrinos) o familiares reclamen posteriormente?. Muchas gracias por su tiempo y respuesta.
Al no tener padres, ni hijos, ni esposa, su tío no tiene herederos forzosos, por lo que tiene la libre disposición de sus bienes, para otorgarlos vía testamento a quien él desee, si se encuentra en pleno uso de sus facultades mentales.
Si su tío no otorgara testamento, a su fallecimiento, se deberá solicitar una sucesión intestada, que declarará como herederos a sus hermanos vivos.
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Buenas noches; la consulta es la siguiente; mi madre ha sido conviviente, fallece y deja 6 hijos; por un acuerdo de nosotros los hermanos le dimos la potestad a uno para q haga los tramites de sucesion intestada solo a su nombre ya que en las partidas variaba el nombre de mi madre, luego de realizar dicho tramite tengo entendido q ya se registro en registros publicos…pero ese hermano q algun momento confiamos tiene intenciones de quedarse con la casa SOLO, podemos hacer algo?, o es q pecamos de confiados ayudeme por favor!!
Primero, deben confirmar la información con la búsqueda respectiva y obtener las pruebas, que servirán para analizar la situación y ver qué acciones corresponden, entre ellas la petición de herencia para reclamar lo que les corresponde al haber sido excluidos.
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Cuando un señor fallece dejando una esposa pero sin hijos y deja como herencia sólo una casa que era donde vivia con su esposa, los hermanos medios (hermanos por padre) tienen derecho a la mitad de esa casa?
Gracias por su colaboracion quedaré atenta a su respuesta
Si el señor tiene padres, ellos heredan junto con la esposa.
Los hermanos o medio hermanos solo heredan si no hay ni ascendientes, ni descendientes, ni cónyuge.
buenas tardes, tengo el problema que mi mama quiere ceder su parte de la casa ami padre, pero siento que esto me perjudicaria ya que mi padre tiene un nuevo compromiso y un hijo, que debo hacer yo para poder evitar eso y o que ley me ampara al verme legitamente afectada
Su madre sólo puede ceder hasta un tercio de sus propiedades. Si ella cediera más allá del tercio, usted podría impugnar judicialmente la transferencia. Lo mejor será dialogar y hacerle ver que esa posibilidad la perjuca a usted y beneficiaría a terceros
Buenas noches; la consulta es la siguiente; mi madre ha sido conviviente, fallece y deja 6 hijos; por un acuerdo de nosotros los hermanos le dimos la potestad a uno para q haga los tramites de sucesion intestada solo a su nombre ya que en las partidas variaba el nombre de mi madre, luego de realizar dicho tramite tengo entendido q ya se registro en registros publicos…pero ese hermano q algun momento confiamos tiene intenciones de quedarse con la casa SOLO, podemos hacer algo?, o es q pecamos de confiados ayudeme por favor!!
Los herederos excluidos pueden iniciar una acción de Petición de herencia, también iniciar las gestiones extrajudiciales para que cada heredero tenga la parte de la herencia que le corresponde.
Al fallecer mi padre mi madre realizo la declaratoria de herederos la cual salio como herederos mi madre mis tres hermanos y yo pero en la declaratoria solo mencionaba un inmueble ya que el otro no tenia titulo de propiedad ahora ya tiene titulo pero ha salido ha nombre de mi madre ese inmueble lo compro mi padre e incluso el murio en esa casa como consta en el acta de defuncion que tramite se debe seguir para que ese inmueble aparezca en la declaratoria de herederos
La Sucesión intestada declara a los herederos.
La lista de los bienes que forman parte de la herencia es independiente.
Si un bien conyugal figura solo a nombre de su madre, debe conseguir pruebas de que la compra se hizo durante el matrimonio para acreditar que es propiedad de ambos.
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en caso uno de los hermanos desee hacer la sucecion y los otros no podria uno mismo hacerlo a favro de aquella persona ya q ve q los otros 2 no estan iinteresados en el terreno y ya q la persona q vivio urante años desee hacerlo ps quiere construir pero no lo hace ps luego no quiere verse afectada con alguna reclamacion de el inmuble podria ser eso factible q la misma persoan haga la sucesion intestada a su favor.
Cualquier heredero puede tramitar la Sucesión intestada pero para que se declaren a todos los herederos. Si excluye a algún heredero, los excluidos pueden demandar la Petición de la herencia.
Hola, en mi caso mi padre falleció y mi madre hizo la sucesión intestada donde sale como herederos ella y nosotros sus cuatro hijos, el problema ha venido ahora luego de dos años donde ha aparecido una hija de mi padre (la cual él la firmó como su hija, valga la redundancia) fuera del matrimonio, luego de tres años de haber fallecido. Ella tendría derecho a los bienes de la casa? mi madre tiene ahora en registros públicos la casa a su nombre y ya no se registra el nombre de mi papá..esto es porque se hizo los papeles de titulo luego de su fallecimiento. Gracias.
La hija extramatrimonial puede iniciar una acción de petición de herencia, dependiendo de las fechas y los documentos del caso.
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Hola me gustaría que me ayuden con lo siguiente, mi padre falleció hace 2 años y no dejo ningún testamento, mi madre y mi padre son casados cada vez que mis padres adquirían algún bien como por ejm. una casa, un stand de ventas, un carro todo esta a nombre de mi madre. Bueno ahora yo tengo mi familia y mi madre me ha dicho que no me va dar nada hasta que ella no exista y nunca le reclamado. ¿Que puedo hacer tengo derecho a algún bien a pesar que todo esta a nombre de mi madre?
Si sus padres eran casados bajo el régimen patrimonial de sociedad de gananciales, los bienes son de ambos esposos, aunque solo figuren a nombre de su madre
Para analizar la situación específica es necesario revisar los documentos. Puede solicitar una cita virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
tenemos un problema. mi tia fallecio hace 3 años, era casada pero no tenia hijos, y su esposo esta reclamando la herencia que dejo mi abuela. A el le corresponde algo?
Depende de las fechas de fallecimiento.
Si su tía falleció primero, los herederos son sus padres y el esposo, respecto de los bienes de su tía.
Si la abuela falleció después, el esposo no participa de esa herencia
El problema: Yo y 2 hermanos hemos heredado la casa de nuestros padres, la casa tiene dos pisos pequenos/ a la muerte de mis padres en comun acuerdo verbal el hermano menor sin mujer ni hijos, que es el mas necesitado y que ya vivia con mis padres anteriormente continuo a vivir por ser el unico sin vivienda.. Mi otro hermano tiene casa propia y yo soy viuda y vivo en departamento alquilado. Durante 5 anos no hubo problemas, pero actualmente este hermano, a metido a su hijo,, esposa et hijos sin consultarme a mi otro hermano,, Preguntandole su actitud me respondio que el va tomar lo que le corresponde a sus papa 5es decir mi hermano. Yo hice con mi dinero la declaracion de herederos, nos toca a cada uno 33.33% del total. Podria decirme si es legal que el hijo con el acuerdo del copropietario ique es su papà nvada la casa , ignorandonos a los otros dos coopropietrarios (yo y mi hermano menor)? Muchas gracias por su respuesta.
Debe haber un acuerdo entre todos los copropietarios.
Sugieron intentar llegar un arreglo o de lo contrario solicitar la división y partición extrajudicial o en su defecto la judicial si no se logra un acuerdo.
Estimada Doctora.
Antes que nada muchas gracias por su tiempo mi consulta es la siguiente. Mis padres tuvieron hijos antes de conocerse ahora ellos son mayores y viven como siempre de manera independiente. Mi padre tuvo un hijo extramatrimonial luego de 30 años de matrimonio con mi sra Madre, pero siempre tenian la idea de vendernos la casa así lo hicieron, primero se independizo y luego se vendio a cada uno de los hijos dentro del matrimonio, un año despues se reconocio al niño por la incistencia ( 6 años) y aunque mi padre le da mensualidad fija ella pide más. La venta se hizo hace 6 años desde ahí se inscribio en registros públicos y demás tramites. El contrato de compra y venta señala que no hubo pago en efectivo según la ley que lo ampará. Es posible que la madre del niño pueda reclamar, si fallacé..que pasará. Otro dato adicional es que los que compramos la casa trabajamos y fue un precio pagable. Mil gracias
Cualquier venta que fuese fraudulenta puede ser impugnada judicialmente, por ejemplo si no hubo transferencia efectiva de dinero.
Para cualquier ampliación sobre su consulta, puede solicitar una consulta a lyamamoto@servicioslegales.pe
el padre de mi madre osea mi abuelo fallecio hace años estuvo casado con una señora que no es mi abuela y tuvo hijos(4) pero estando con esa señora mi abuelo tuvo un hijo con la sirvienta , todos los hijos de la señora incluyendo mi mama se fueron a vivir a lima pero estos meses encontraron oro y plata en esas tierras pero alli se quedo el hijo de la sirvienta el cual se hizo dueño y hace 2 años fallecio la señora y no hubo testamento mi pregunta es mi mama( hija mayor) y sus hermanos tienen derecho a esas tierras?? gracias por su respuesta
Dependerá a nombre de quien están las tierras y quien hizo la explotación.
Para contestar su pregunta es necesario revisar los antecedentes del caso.
Puede solicitar una cita a lyamamoto@servicioslegales.pe
Mi tio murio sin hacer su testamento , quedaron solo 3 tios vivos y uno murio del cual solo tuvo una hija y ella fallecio dejando 3 hijas, quisiera saber si estas 3 sobrinas nietas tienen derecho a la herencia.
El tío fallecido tiene padres, esposa ó hijos?
Ellos son los herederos forzosos: padres y esposa, si no viven los padres los herederos son los hijos con la esposa.
Si no tiene padres, ni hijos, ni esposa. Heredan los hermanos vivos, no los sobrinos
Buenas tardes.
Mi consulta es esta, herede hace mas de 10 años de mis abuelos una casa, nunca hice ningun tramite ni documentacion, han pasado años, ahora tengo interes en tomar propiedad de aquella propiedad.
Que es lo que debo hacer? tengo los testamentos de uno de mis abuelos donde señala la herencia, el otro es igual pero no lo tengo.
Adonde debo ir y que tramite debo hacer?
Muchas gracias.
Puede pedir en los Registros Públicos una búsqueda sobre el testamento que no tiene. Si fue otorgado por Escritura Pública, aparecerá la información.
Ambos testamentos deben inscribirse en la partida registral del inmueble, para que aparezca a nombre de los herederos.
Puede solicitarnos una consulta virtual o presencial a lyamamoto@servicioslegales.pe
buen dia mi padrastro fallecio convivi mas de 20 años con el mi hermana y mi madre. sera que yo tengo derecho a heredar, noi dejo testamento y ami me toca cuidar a mi hermana porque tiene una especial.
gracias espero su opinion profesional.
Los herederos de su padrastro son:
-los ascendientes y la esposa
ó los descendientes y la esposa
Usted no tiene derecho a la herencia
DISCULPE MI MADRE ESTA QUERIENDO HACER LA SUCESION PERO MI TIO NOS HA MANDADO UNA CONCILIACION DE OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA ADUCIENDO Q EL REALIZO UNA COMPRA A SU MADRE DE PARTE DEL TERRENO A LA CUAL NO HEMOS IDO PS ESE DOCUMENTO ES FALSO PS MI ABUELA EN ESE TIEMPO ESTABA MAL DE SALUD MI PREGUNTA ES DEBEMOS IR A ESA CONCILIACION Y PORQUE SI NOSOTROS LO UNICO Q QUEREMOS ES Q SE DIVIDA COMO LA LEY MANDA ME PARECE Q EL MEDIANTE ESE PAPEL DESEA OBTENER MAS BENEFICOS CUAL SERIA EL CAMINO A SEGUIR.