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Declaración de Predios ante SUNAT

jueves, mayo 2nd, 2013

Si usted tiene propiedades en el Perú tiene la obligación de presentar la Declaración de Predios ante la SUNAT, si al 31 de Diciembre de 2012 tiene:
– Dos o más predios cuya suma de autoavalúos a la fecha supere los S/. 150,000 (ciento cincuenta mil Nuevos Soles),
– Dos o más predios que fueron cedidos para ser destinados a cualquier actividad económica, o
– Un único predio de valor mayor a S/. 150,000 (ciento cincuenta mil Nuevos Soles), que hubiera sido subdividido y/o ampliado para cederlo a terceros, siempre que las subdivisiones y/o ampliaciones no hayan sido independizadas en Registros Públicos.
El valor de autoavalúo para el cálculo es el de 2013.
Los obligados a presentar la Declaración de Predios son:
– Las personas naturales,
– Las sociedades conyugales y
– Las sucesiones indivisas (Sucesiones)
La obligación es para todos, vivan en el Perú o en el extranjero, tengan o no RUC
El plazo de vencimiento varía según el último dígito del RUC o documento de identidad, entre el 30 de mayo y el 12 de junio de 2013.El cronograma completo se encuentra en el siguiente enlace:
http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=443:01-obligados-a-declarar&catid=75:declaraciones-de-predios&Itemid=122

Para mayor información visite la página web de SUNAT:
http://orientacion.sunat.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=443:01-obligados-a-declarar&catid=75:declaraciones-de-predios&Itemid=122